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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358628 La tolerancia establecida en el párrafo anterior no será aplicable a las primeras cuatro fi las por piso de las unidades. Regístrese, comuníquese y publíquese. LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 138409-1 RECTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 12482-2007-MTC/15 En la sumilla correspondiente a la Resolución Directoral Nº 12482-2007-MTC/15, publicada en nuestra edición del día 29 de noviembre de 2007, debe modifi carse la redacción de la misma, por lo que debe quedar redactada como sigue: Disponen inscripción de AFOSECAT - SAN MARTÍN en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito 138678-1 VIVIENDA Aprueban transferencia financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Punchao, Pachas e Incahuasi, para la ejecución de proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 607-2007-VIVIENDA Pisco, 29 de noviembre de 2007 VISTO:El Informe Nº 42-2007-VIVIENDA-VMVU-PIMBP- BBS del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de conformidad con la Ley Nº 27792 – Ley de Organización y Funciones, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; y ejerce competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2007- VIVIENDA se crea el “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos” bajo el ámbito del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo, y se aprueba la fusión de diversos Programas y Proyectos, entre los que se encuentra el Proyecto de Mejoramiento Integral de Viviendas y Pueblos Rurales- Mejorando Mi Pueblo; Que, por Resolución Ministerial N° 503-2007- VIVIENDA, se aprueba la selección de doscientos noventa y cinco (295) Centros Poblados para las intervenciones del Proyecto “Mejorando Mi Pueblo” correspondiente al Tercer y Cuarto Trimestre 2007, dentro de los cuales se encuentra el centro poblado de Punchao, distrito de Punchao, provincia de Humalíes, departamento de Huánuco; Que, mediante el Informe de Visto, el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos ha emitido opinión favorable sobre la transferencia fi nanciera a realizarse a favor de la Municipalidad Distrital de Punchao, para la ejecución del Proyecto “Construcción de pistas y cunetas de los Jirones Primavera, Marcelino Nieto y Prolong. Anacleto Criollo Ríos del Pueblo de Punchao, distrito de Punchao – Humalíes - Huánuco”; Que, estando a lo indicado, es de aplicación lo dispuesto en el inciso h) del numeral 75.4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cada por Ley Nº 28927, en tanto dispone que las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego; Que, el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que para los casos de ejecución de proyectos a través de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto para cuyo efecto deberá suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecución de proyectos por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el marco del citado literal g) del artículo 5º, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y en la página web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutarán luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cada por la Ley Nº 28927, y la Ley Nº 28979; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 176 002.52 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL DOS Y 52/100 NUEVOS SOLES) a favor de la Municipalidad distrital de Punchao, para la ejecución del Proyecto descrito en el Anexo A, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B, los mismos que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del Proyecto detallado en el Anexo A, quedando la Municipalidad Distrital de Punchao prohibida de efectuar anulaciones presupuestales con cargo a los recursos transferidos. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2007, de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3°.- Los desembolsos sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Punchao, presente el contrato de ejecución y administración de la obra del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otro documento relacionado a los proyectos aprobados. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podrá ser modifi cado, con la conformidad del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, en función de los resultados de la ejecución del proyecto, así como por factores externos no previsibles. Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico a suscribirse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Distrital de Punchao, para el financiamiento del Proyecto “Mejorando Mi Pueblo”, descrito en el Anexo A, del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. Artículo 5º.- Autorizar al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo a suscribir el “Convenio de Transferencia Financiera de Recursos” dispuesto en el artículo precedente y la documentación necesaria para la implementación de la presente Resolución. Artículo 6º.- El Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos es responsable de coordinar el cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del