Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2007 (30/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2007

Renuevan autorizacion otorgada a favor de Compania de Radiodifusion MORDAZA S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion por television en Tacna
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 971-2007-MTC/03 MORDAZA, 27 de noviembre de 2007 VISTO, el Escrito con Registro Nº 2001-005728_2, presentado por la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., sobre renovacion de autorizacion del servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en el distrito de Ilabaya, provincia y departamento de Tacna; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 451-94-MTC/15.17 del 20 de diciembre de 1994, se autorizo por el plazo de diez (10) anos, a la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito de Ilabaya, provincia y departamento de Tacna. La misma que tenia como fecha de vencimiento el 29 de diciembre de 2000; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, si bien el Escrito con Registro Nº 2001-005728_ 2, mediante el cual la citada empresa solicita renovacion de autorizacion del servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, se presento de manera extemporanea, esta fue regularizada con el beneficio otorgado por el Decreto Supremo Nº 043-2000-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2001-MTC; Que, en virtud de lo establecido en Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television es aplicable al procedimiento de renovacion de autorizacion iniciado por la empresa COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., las disposiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; Que, el numeral 2) del articulo 5º, del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, establece que los titulares de concesiones o autorizaciones vigentes que utilicen espectro radioelectrico, deben realizar anualmente el monitoreo de sus estaciones radioelectricas de acuerdo a los protocolos que para tal efecto dicte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de garantizar que las radiaciones que sus estaciones emitan no excedan los limites establecidos en la referida norma; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 202-2004MTC/03 se aprobo el Plan de Asignacion de Frecuencias del servicio de radiodifusion por television en la banda de UHF para la localidad denominada Toquepala-Ilabaya, entre otras, la que comprende el distrito de Ilabaya, de la provincia y departamento de Tacna, ubicacion de la estacion consignada en la Resolucion Ministerial Nº 45194-MTC/15.17; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0943-2007MTC/28 de fecha 24 de octubre de 2007,opina que procede otorgar la renovacion de la autorizacion solicitada por la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C. al haber cumplido con los requisitos establecidos para la renovacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Plan de Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion

Viceministerial Nº 202-2004-MTC/03, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 451-94-MTC/15.17, a la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., para que continue prestando el servicio de radiodifusion por television en UHF en la localidad de ToquepalaIlabaya, del departamento de Tacna. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del plazo de vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 451-94MTC/15.17, en consecuencia vencera el 29 de diciembre de 2010. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C. esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 0382003-MTC, modificada mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asimismo debera efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual; en caso de incumplimiento, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente; Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 138253-1

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 977-2007-MTC/03 MORDAZA, 27 de noviembre de 2007 VISTO, el Expediente Nº 2007-015026 presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARQUIPA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en frecuencia modulada, en el distrito de Chivay, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el

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