TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358620 Bancos de Sangre de la Dirección General de Salud de las Personas. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 138489-3 Designan Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1001-2007/MINSA Lima, 29 de noviembre de 2007 Visto la renuncia presentada por la economista Pilar María Prieto Chira; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial Nº 002-2007/MINSA del 3 de enero de 2007, se designó a la economista Pilar María Prieto Chira, como Coordinadora General y al ingeniero industrial y maestro en marketing Humberto Francisco Ortiz Cornejo, como Coordinador Administrativo Financiero del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 985-2007/MINSA del 26 de noviembre de 2007, se resuelve declarar el cierre y liquidación del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD, constituido por Resolución Ministerial Nº 609-99-SA/DM y para el efecto conforma una Comisión, la misma que está integrada entre otros, por el Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD o su representante; Que, dentro de ese contexto resulta conveniente aceptar la renuncia presentada, dar término a la designación antes citada y designar al profesional propuesto como Coordinación General; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aceptar la renuncia formulada por la economista Pilar María PRIETO CHIRA, como Coordinadora General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al ingeniero industrial y maestro en marketing Humberto Francisco ORTIZ CORNEJO, como Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD, dándose término a su designación como Coordinador Administrativo Financiero. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 138489-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en el departamento de Junín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 970-2007-MTC/03 Lima, 27 de noviembre de 2007VISTO, el Expediente Nº 2005-009134 presentado por doña AMÉRICA ANAYA BAZÁN, sobre otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Acobamba, provincia de Tarma, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicha norma se detallan. Asimismo, debe acompañarse la documentación necesaria a fi n de verifi car el cumplimiento del artículo 25º del acotado Reglamento; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias aprobado por Resolución Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Acobamba ( Junín) al distrito de Acobamba, provincia de Tarma, departamento de Junín; Que, mediante Informe Nº 935-2006-MTC/17.01.ssr, ampliado mediante Informes Nº 1066-2007-MTC/17.01.ssr y Nº 0952-2007-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, se señala que la solicitud presentada por doña AMÉRICA ANAYA BAZÁN cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida administrada, la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinión favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a doña AMÉRICA ANAYA BAZÁN, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Acobamba ( Junín), departamento de Junín; de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FM Frecuencia : 93.9 MHz Finalidad : COMERCIAL