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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (13/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de octubre de 2007 355357 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICAHa dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DE HUANCAVELICA. Artículo Primero.- APRUÉBESE el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica. Artículo Segundo.- El Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba mediante la presente Ordenanza Regional que contiene Ocho (8) Títulos, Treinta y Cuatro (34) Artículos, Dos (2) Disposiciones Complementarias, Una (1) Disposición Transitoria y Dos (2) Disposiciones Finales. Artículo Tercero.- FACÚLTESE a la Presidencia Regional aprobar las normas reglamentarias y funcionales complementarias mediante Decreto Regional, dando cuenta del mismo al Consejo Regional en su oportunidad. Artículo Cuarto.- DÉJESE sin efecto las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los Cuatro días del mes de Setiembre del dos mil siete. ALFREDO BONZANO CÁRDENAS Consejero Delegado POR TANTO:Mando se Publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los 5 días del mes de Setiembre del año Dos Mil Siete. LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ PresidenteGobierno RegionalHuancavelica 118635-1 Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Huancavelica ORDENANZA REGIONAL Nº 096-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 4 de setiembre del 2007 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Artículo Primero.- APRUÉBESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Huancavelica, la misma que cuenta con 23 folios. Artículo Segundo.- DERÓGUESE en todo su contenido El Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Huancavelica aprobado mediante Ordenanza Regional N° 059-GR-HVCA/CR, de fecha 28 de diciembre del año 2005, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobados mediante Ordenanza Regional N° 076-GOB.REG.-HVCA/CR, de fecha 13 de octubre del año 2006.Artículo Tercero.- FACÚLTESE a la Presidencia Regional aprobar las normas reglamentarias y funcionales complementarias mediante Decreto Regional, dando cuenta del mismo al Consejo Regional en su oportunidad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica, a los cuatro días del mes de setiembre del dos mil siete. ALFREDO BONZANO CÁRDENAS Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los 5 días del mes de setiembre del año dos mil siete. LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente 118635-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Aprueban Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad ORDENANZA Nº 157 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito del Rímac visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28.09.07; el Informe Técnico de fecha 26.09.07 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 429-2007-OAJ-MDR de fecha 26.09.07 de la O fi cina de Asuntos Jurídicos; el Informe Nº 099-2007-OPP-MDR de fecha 26.09.07 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 115-2007-GM-MDR de fecha 26.09.07 de la Gerencia Municipal; y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y plani fi car el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos. Que, la autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administración y, normativos con sujeción al ordenamiento jurídico; es decir, que siendo un nivel de gobierno subnacional, esta obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público así como a las normas de los Sistemas Administrativos del Estado, no otra cosa se colige de lo dispuesto en el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972. Que, los Sistemas Administrativos por tanto alcanzan a todo el Estado en sus diferentes niveles de Gobierno: Nacional, Regional y Local, siendo por tanto de aplicación a todas las Municipalidades sean