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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de octubre de 2007 355351 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Ratifican y designan a Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Junín INTENDENCIA REGIONAL JUNÍN RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 130-024-0000036/SUNAT Huancayo, 18 de septiembre de 2007. CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones de Intendencia Nºs. 080-2004/SUNAT, 0000116-2004/SUNAT, 130-024-0000025, 130-024-0000026, 002-2005/SUNAT, 130-024-0000030/SUNAT publicadas en el Diario O fi cial El Peruano con fechas 16 de julio de 2004, 10 de diciembre de 2004, 11 de marzo de 2005, 26 de abril de 2006, 17 de agosto de 2006 y 7 de julio de 2007, respectivamente, se rati fi caron, designaron y en algunos casos se dejaron sin efecto el nombramiento de Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Junín; Que desde que se publicó la primera de las Resoluciones de Intendencia antes mencionadas se han dictado otras modi fi cando, complementando o dejando sin efecto las precedentes, por lo que a fi n de evitar confusiones resulta oportuno dictar una nueva Resolución de Intendencia que compendie todas las rati fi caciones y designaciones de Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Junín que a la fecha se mantienen vigentes; Que, sin perjuicio de lo señalado, es necesario designar a un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modi fi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el articulo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Junín de los siguientes trabajadores: N° Registro Apellidos y Nombres 1 4093 MONTES TOVAR, NESTOR WILLIAMS 2 4195 MAITA ACERO, EVIN FREDY 3 6251 CARNICA VALENTIN, MIRIAM VICTORIA4 3105 CORNEJO CALAVILLI VIOLETA ROSARIO SILA 5 D158 TORALVA GONZALES, CARMEN DEL PILAR 6 2385 DE LA CRUZ ORELLANA, RICHARD FREDY Artículo Segundo.- Rati fi car como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Junín a los trabajadores que se indican a continuación: N° Registro Apellidos y Nombres 1 4059 CHAVEZ SILVA, JULIA MERCEDES 2 3793 BRAVO DE LA CRUZ LOURDES MIRIAM 3 4089 ECHAVARRIA ASTUHUAMAN WILFREDO EFRAIN 4 3789 ANCO HUARANGA RODY NILVER5 6236 ALVAREZ OLAYUNCA BERTHA Artículo Tercero.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín al trabajador que se indica a continuación : Registro Apellidos y Nombres 4119 GUILLERMO CARBAJAL CARLOS ALBERTO Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ L. CAMARENA CANCHANYA Intendente (e) RegionalIntendencia Regional Junín 118650-1Empresa Procedimiento Denominación Actividades o procesos a exonerar Coelvisa 074-2004-OS/CDProcedimiento Supervisión de la operación de los sistemas eléctricosSuspensión del procedimiento de supervisión del 15 de agosto al 15 de octubre de 2007, relacionada a la obligación de reportar a OSINERGMIN las interrupciones requeridas en el numeral 6 del Procedimiento, y a la entrega oportuna de la información requerida en el numeral 7 del Procedimiento. Esta última deberá ser entregada el 16 de octubre de 2007. La suspensión no aplica a la obligación de mantener el registro de las interrupciones durante dicho periodo. SUSPENSIÓN DE LA SUPERVISIÓN: Unidad de Medio Ambiente Electro Sur Medio245-2007-OS/CDProcedimiento de supervisión ambiental de empresas eléctricasSuspensión del procedimiento de supervisión del 15 de agosto al 15 de octubre de 2007, relacionada a la obligación de efectuar la primera entrega de información el 31 de agosto de 2007, lo cual deberá realizarse el 16 de octubre de 2007. Edecañete 245-2007-OS/CDProcedimiento de supervisión ambiental de empresas eléctricasSuspensión del procedimiento de supervisión del 15 de agosto al 15 de octubre de 2007, relacionada a la obligación de efectuar la primera entrega de información el 31 de agosto de 2007, lo cual deberá realizarse el 16 de octubre de 2007. 118819-1