TEXTO PAGINA: 88
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de octubre de 2007 35535 8 éstas Provinciales, Distritales y/o de Centros Poblados, sistemas administrativos entre los cuales se encuentra los de racionalización. Que, con la fi nalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración Pública y construir un Estado Descentralizado al servicio del ciudadano, se emitió la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado-Ley Nº 27658, instrumento legal que sustenta el proceso de modernización de la gestión pública a través de acciones de racionalización vinculadas a la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprobó los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro de Asignación de Personal-CAP de las entidades que comprenden la Administración Pública, con la fi nalidad de generar la aprobación de Cuadros de Asignación de Personal que contenga una correcta de fi nición de los cargos, acorde con la estructura orgánica de cada entidad y con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la precitada Ley Nº 27658. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 007-2007-MDR de fecha 26.01.07 la Administración Municipal declaró en Reorganización Administrativa y Reestructuración Orgánica a la Municipalidad Distrital del Rímac, facultándose al Despacho de Alcaldía a efectuar todas las acciones que sean necesarias para el ejercicio de la defensa y cautela de los derechos e intereses de la Municipalidad, encargando a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y a la O fi cina de Administración y fi nanzas el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo; Que, el actual Cuadro de Asignación de Personal - CAP de esta entidad municipal debe ser adecuado a la Estructura Orgánica vigente y la misma que se encuentra defi nida en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 152-MDR de fecha 29.06.07, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 08.07.07, ello para alcanzar los objetivos y metas de la presente Gestión Municipal; debiéndose tener en cuenta además lo previsto en el artículo 11º y siguientes de los precitados Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro de Asignación de Personal – CAP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. Que, mediante Informe Nº 099-2007-OPP-MDR de fecha 26.09.07 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, se ha cumplido con remitir el proyecto del nuevo Cuadro de Asignación de Personal, así como el informe técnico y legal sustentatorio debidamente elaborados y visados por dicha O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asuntos Jurídicos, respectivamente. Que, en el artículo 9º incisos 3) y 32) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 se establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de su organización interior y funcionamiento, así como el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Local; En uso de las facultades conferidas en los Numerales 3) y 32) del Artículo 9º y Numerales 3) y 5) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, el Concejo por MAYORÍA y con dispensa del trámite de de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC Artículo 1º.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Municipalidad Distrital del Rímac, el mismo que consta de doscientos treinta y siete (237) cargos, que están distribuidos en 215 cargos ocupados y 22 cargos previstos en las diferentes Unidades Operativas de la Estructura Orgánica vigente. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General, O fi cina de Administración y Finanzas y, demás unidades orgánicas, el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición municipal. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Alcaldía la aprobación del Manual de Organizaciones y Funciones (MOF) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP), en función a los documentos de gestión vigentes. Artículo 4º.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración y Finanzas su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5º.- DERÓGUESE y/o déjese sin efecto, según corresponda, a toda disposición normativa y/o administrativa que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 6º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumplaDado en el Palacio Municipal a los veintiocho días del mes de setiembre de dos mil siete. VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 118525-1 Modifican el Artículo 81º del Reglamento General de Espectáculos Taurinos ORDENANZA Nº 159 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito del Rímac visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 08.10.07; el Informe Nº 187-2007-GRDEL-MDR de fecha 13.09.07 de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local; el Informe Nº 420-2007-OAJ/MDR de fecha 14.09.07 de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; el Dictamen Comisión Mixta Nº 002-2007-MDR-SR-CEECDRT/CAR de la Comisión Mixta de Educación, Espectáculo, Cultura, Deporte, Recreación y Turismo y de Administración y Rentas; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por el artículo único de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala que los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de la revisión del Reglamento General de Espectáculos Taurinos se advierte que en el capítulo VI del Consejo Taurino, artículo 81º lo siguiente: tratándose de la Plaza de Toros de Acho de Lima, corresponderá cada año al Alcalde Distrital del Rímac conformar el Consejo Taurino que actuará bajo su presidencia, el cual estará integrado por un delegado de cada una de las siguientes entidades que se mencionan en orden alfabético: i. Asociaciones y Auxilios Mutuos de Toreros del Perú ii. Asociaciones de Criaderos de Ganado de Lidia del Perú iii. Asociaciones de Empresarios y Propietarios de Plazas de Toros del Perú iv. Capítulo Peruano de la Sociedad Internacional de Cirugía Taurina v. Círculos de Periodistas Taurinos del Perúvi. Comité Nacional de Criadores de ganado de Lidia del Perú vii. Sindicato Unión de Matadores de Toros y Novillos del Perú viii. Centro Taurino de Limaix. Dos miembros designados por el Concejo Distrital del Rímac