Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2007 (21/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

355791

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Otorgan beneficios para el pago de costas y gastos procesales, convenios de fraccionamiento y multas administrativas
ORDENANZA Nº 246-MDJM MORDAZA MORDAZA, 16 de octubre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 3 del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE LAS COSTAS Y GASTOS PROCESALES, CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO Y MULTAS ADMINISTRATIVAS Articulo Primero.- Costas y Gastos Procesales Aquellos contribuyentes a quienes se les MORDAZA iniciado cobranza coactiva por deudas tributarias y no tributarias, y siempre que cancelen las mismas con sus respectivos intereses durante la vigencia del presente beneficio, obtendran el siguiente descuento para el pago de los gastos y costas procesales: a) Si la deuda total actualizada con intereses es menor a S/. 2,000 (Dos mil y 00/100 Nuevos Soles) le correspondera el pago unico de S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) b) Si la deuda total actualizada con intereses es mayor a S/. 2,000 (Dos mil y 00/100 Nuevos Soles) debera observarse lo siguiente: - Persona Natural: S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) por cada expediente coactivo. - Persona Juridica: 5% del tributo liquidado (por concepto de gastos procesales) mas las costas procesales que correspondieran. Articulo Segundo.- Multas Administrativas Aquellas multas administrativas emitidas hasta diciembre del ano 2006, que se encuentren en cobranza ordinaria o coactiva, que se cancelen durante la vigencia del presente beneficio, seran descontadas en 80% si se MORDAZA al contado y en 50% si se fraccionan. Ademas de la multa administrativa se debera cancelar los gastos de emision de las multas. Articulo Tercero.- Fraccionamiento de Deuda Tributaria y no Tributaria Los convenios de fraccionamiento cuyo monto fraccionado sea hasta 20 UIT (del ano 2007), siempre que se encuentren al dia en sus pagos o con una cuota vencida y/o no cuenten con Resolucion de Perdida del Fraccionamiento, se les descontara el total de los intereses del fraccionamiento por las cuotas que cancelen, siempre que el pago se produzca durante la vigencia de la presente Ordenanza.

Si los convenios de fraccionamiento tuviesen Resolucion de Perdida de Fraccionamiento, adicionalmente al descuento senalado en el parrafo anterior mantendran, de ser el caso, los beneficios que fueron otorgados en aplicacion de la Ordenanza Nº 209-MJM. En todos estos casos se procedera al descuento del 100% del interes moratorio al momento de efectuar el pago de las cuotas respectivas. Articulo Cuarto.- Vigencia Los beneficios senalados en los articulos Primero, MORDAZA y Tercero, se encontraran vigentes por un plazo de quince dias contados a partir del primer dia habil siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Deuda Tributaria Los intereses generados por concepto de Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales, como resultado de los procesos de fiscalizacion y/o verificacion (dentro de la competencia de la Sub Gerencia de Control MORDAZA y Catastro y/o de la Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion Tributaria) realizados a personas naturales, seran descontados en un 100%, siempre que se cumpla con el pago al contado del monto insoluto de la deuda total generada en los procesos de fiscalizacion y/o verificacion. El descuento sera del 80% cuando se fraccione la misma. El descuento de los intereses devengados sera del 80% cuando se realicen los procesos de fiscalizacion y/o verificacion senalados en el parrafo precedente a personas juridicas, siempre que cancelen al contado el monto insoluto de la deuda total resultante de los procesos indicados. El descuento sera del 60% cuando se opte por el fraccionamiento de la deuda total, el cual no podra exceder de cuatro cuotas. Para la aplicacion de dichos beneficios, el pago al contado o fraccionado debe realizarse dentro de los 10 dias habiles de notificada la Resolucion de Determinacion. Transcurrido dicho plazo se debera cancelar el insoluto de la deuda mas el 100% de los intereses devengados. Las Resoluciones de Determinacion notificadas MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza seran incluidos en los beneficios MORDAZA referidos, siempre que el pago al contado o fraccionado se realice dentro del plazo fijado en el Articulo Cuarto. Segunda.- Multas Tributarias Se extinguiran las multas tributarias generadas como consecuencia de los procesos de fiscalizacion senaladas en la disposicion anterior, siempre que se cumpla con el pago al contado o fraccionado de la deuda resultante de los procesos de fiscalizacion con los beneficios referidos en la Primera Disposicion. Tercera.- Devolucion Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no se encuentran sujetos a devolucion y/o compensacion. Cuarta.- Facultades del MORDAZA Facultese al MORDAZA a prorrogar la vigencia establecida en el articulo precedente conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, asi como a dictar las medidas complementarias para su debida aplicacion. Quinta.- Cumplimiento Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva, Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion Tributaria, Sub Gerencia de Recaudacion y Sub Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza,

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