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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de octubre de 2007 355783 ACUERDA: Artículo Único.- DECLARAR LA VOLUNTAD DE COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS GENERALES , elaborando o actualizado y modifi cando lo establecido al respecto en el Articulo 7º de la Ley del Sistema de Acreditación: a.- Presentación del Plan de Desarrollo Regional Concertado a que se refi ere el inciso b) del Art. 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales aprobado conforme a Ley. b.- Presentación del Programa de Desarrollo Institucional a que se refi ere el inciso q) del Art. 15º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, incluidos los planes sectoriales respectivos, aprobado conforme a Ley. c.- Presentación del Plan Anual y Presupuesto Participativo a que se refi ere el inciso c) del Art. 15º de la Ley Nº 27867 correspondiente al año fi scal en el que se solicita la transferencia de las funciones sectoriales incluidas en el Plan Anual, aprobado conforme a Ley. d.- Presentación del Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión cuya elaboración y aprobación, en el marco del inciso s) del Art. 15 de la Ley Nº 27867, debe tener correspondencia con las funciones sectoriales materia de transferencia. e.- Presentación de las Actas de Instalación y Sesiones de los Consejos de Coordinación Regional , en las que se emita opinión consultiva con arreglo al Art. 11º-B de la Ley Nº 27867. f.- Para la sustentación documentada del cumplimiento de las normas de Responsabilidad y Transparencia Fiscal a que se refi ere el Art. 90º-A de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en concordancia con el principio de responsabilidad fi scal establecido por el Art. 5º de la Ley de Bases , y desarrolladas en la Ley Nº 27245 modifi cada por la Ley Nº 27958, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, y en el Decreto Legislativo Nº 955, Descentralización Fiscal; se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Art. 1º de la Resolución Presidencial Nº 065-CND-P-2005, por el cual “Aprueban requisitos específi cos e indicadores de cumplimiento y procedimientos de verifi cación de los requisitos generales y específi cos relativos al proceso de acreditación del año 2005”. g. Presentación del Plan de Participación Ciudadana como instrumento de la política a que se refiere el inciso p) del Art. 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, aprobado conforme a Ley. h.- Sustentación documentada de la conformación de la Agencia de Promoción de Inversiones a que se refiere el numeral 3) del Art. 7º de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, reglamentado por el Art. 10º del Decreto Supremo Nº 063-2004-PCM- En los casos de no haberse conformado Agencias de Promoción de Inversiones en razón de su inaplicabilidad, los Gobiernos Regionales cumplirán con presentar la sustentación documentada de la creación de la Agencia de Fomento de la Inversión Privada a que se refiere el Art. 8º de la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, reglamentado por el Capítulo IV, Título II del Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM. i.- Lineamientos de Políticas Sectoriales Regionales aprobados por los respectivos Consejos Regionales, Cuadro de Asignación de Personal, Presupuesto Analítico de Personal, Reglamento y Manual de Organización y Funciones, desarrollados de acuerdo a las funciones solicitadas y aprobadas conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PASTOR AMADOR DÁVILA ANCO Consejero DelegadoConsejo RegionalGobierno Regional Moquegua 122085-1GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Declaran el 8 de abril como Día de la Inmolación del General Campesino Pedro Vilcapaza Alarcón ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2007 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, en Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de marzo del 2007, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional, siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con ese propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por conmemorarse el 8 de abril del 2007, los 225 años de la inmolación del General Campesino Pedro Vilcapaza Alarcón, ocurrida en el año 1782, donde fue torturado e inmolado siendo descuartizado por ocho caballos, en la plaza principal de la ciudad de Azángaro; Que, el General Pedro Vilcapaza Alarcón, nacido en junio de 1741 en la localidad de Mororcco, distrito de Muñani, provincia de Azángaro y Región Puno, después de la batalla de Sangarará, dirigió en Azángaro una organización de Ejército Campesino de 10 mil combatientes, ubicados en los cerros, pampas en la provincia de los Aswankharis; Que, en la batalla de Condorcuyo; al tomar conocimiento los “indios azangarinos”, volvían a sublevarse en torno al Condorcanqui; el Jefe Militar de las Fuerzas Armadas Coloniales, el Mariscal De Valle partió del Cuzco al mando de 17 mil soldados en dirección a Puno, con fi nes de destruir la rebelión de los indios de Vilcapaza; Del Valle hace su presencia al pie de la fortaleza de Condorcuyo a orillas del río Khari Mayo, en donde dos mil “aswankhariz”, armados con lanzas, waracas y uno que otro mosquete, les oponen resistencia escalonada el 13 y 14 de mayo de 1781; cuando se les intimó rendición, Vilcapaza respondió que “preferián morir antes que ser indultados, y que marcharían al Qosqo a liberar a su Inca”. Luego Vilcapaza se dirigió a Sandia a fi n de levantar nuevas tropas, en esa marcha el caudillo y su escolta caen prisioneros en Muñani, es entregado al Mariscal Del Valle, donde es interrogado y torturado en la iglesia de Azángaro, y hasta le ofrecieron “perdón” si mencionaba dónde “mandó ocultar los tesoros incautados”, a lo cual Vilcapaza contestó “no quiero ser vasallo de tiranos y sólo quiero la libertad o la muerte”. El 8 de abril de 1782, se procedió a la ejecución en la plaza de Azángaro. Con la presencia del Mariscal Del Valle, en una parte de la plaza, se ha enterrado vivos a 60 guerrilleros de Vilcapaza, hasta el cuello, para que sobre sus cabezas pasara la caballería hispana. Así llegó la hora del caudillo, que estuvo masacrado, pero no rendido, con su mirada penetrante, por vez última ve a su pueblo humillado por los invasores, y consciente de la fuerza del mito, entrega su último aliento dirigiéndose en Quechua a la multitud: “AZANGARINOS POR ESTE SOL QUE NOS ALUMBRA, APRENDED A MORIR COMO YO”. Al escuchar tal frase fue descuartizado por cuatro caballos y posteriormente por ocho para despedazarlo, al fracasar sus intensiones el descuartizamiento mediante hachazos. Así acabó la vida del mártir, su cabeza en un poste de la plaza principal, una pierna fue izada en Macaya camino a Sandia, la otra en Kayrawiri camino a Lampa, un brazo en Qanqari camino a Puno y el otro en Vilquicunca camino a Asillo y el cuerpo arrojado a la hoguera convertido en ceniza y arrojado al viento;