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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de octubre de 2007 355787 Artículo Tercero.- PELIGROS DE PÉRDIDA Y OPCIONES DE CONSERVACIÓN SEGURA DE LOS PARIENTES SILVESTRES DE LOS CULTIVOS NATIVOS DEL ALTIPLANO. Con la fi nalidad de identifi car los peligros potenciales o reales generados por la erosión y pérdida de la agro-biodiversidad altiplánica, el Equipo Técnico Multisectorial Regional, procederá a: a) Defi nir e identifi car los factores que afecta y ponen en peligro la conservación de los parientes silvestres de los cultivos nativos. b) Diseñar y formular Planes de Manejo y Mitigación Socio Ambiental para reducir los impactos adversos – potenciales o reales – para la conservación In Situ de los parientes silvestres, así como maximizar los aspectos positivos que puedan presentarse. Dichos planes deberán desarrollarse en base a los factores críticos identifi cados durante la evaluación previa. c) Los aspectos referidos en los incisos precedentes deberán ser analizados y formulados con la participación consciente de todos los grupos de interés local y regional y, contando de modo particular con la opinión de las comunidades, agricultores conservacionistas y sus instituciones de representación. d) Diseñar e implementar un Sistema Regional Integrado de Gestión de Información de la Agro-biodiversidad, como parte de los objetivos de política regional en materia de conservación In Situ de cultivos nativos y sus parientes silvestres, a fin de monitorear el estado de conservación de los parientes silvestres. La coordinación de este sistema estará a cargo de la Universidad Nacional del Altiplano – UNA, Puno. e) Diseñar e implementar el Programa de Bancos de Germoplasma Nativo del Altiplano para las especies en peligro de extinción, en las comunidades campesinas conservacionistas de la región e involucrar a la Universidad Nacional del Altiplano de Puno y otras instituciones de investigación como entes facilitadotes del proceso. Este programa se desarrollará – de manera prioritaria – en base a los conocimientos, innovaciones, prácticas y tecnologías tradicionales de las comunidades y agricultores conservacionistas del altiplano. Artículo Cuarto.- RECUPERACIÓN, REVALORACIÓN Y FOMENTO DE CONOCIMIENTOS, INNOVACIONES, PRÁCTICAS Y TECNOLOGÍAS TRADICIONALES ASOCIADAS A LA CONSERVACIÓN IN SITU DE LA AGROBIODIVERSIDAD DEL ALTIPLANO. Tomando en cuenta que existe una estrecha interrelación entre la erosión genética y la erosión de la cultura que acompaña la crianza de los cultivos nativos y sus parientes silvestres, el Equipo Técnico Multisectorial Regional, procederá a: a) Proponer desde el nivel local y regional la reglamentación de la Ley Nº 27811 – Régimen de Protección de los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas vinculados a los Recursos Biológicos y la Ley Nº 28216 – Ley de Protección al Acceso a la Biodiversidad Biológica Peruana y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas. Dicha propuesta será evaluada y formulada a través de un proceso participativo en el que estén representados todos los sectores y grupos de interés de la región. b) Diseñar e implementar un Registro Local y Regional de Conocimientos, Innovaciones, Prácticas y Tecnologías Tradicionales del Altiplano, según lo dispone la Ley Nº 27811. En el proceso de este Registro se incluirá la participación de las comunidades, agricultores conservacionistas y sus instituciones de representación; dicho Registro será administrado por la Universidad Nacional del Altiplano – UNA. Los términos de referencia y lineamientos para acceder a la información del Registro serán evaluados con las comunidades y agricultores conservacionistas e instituciones que poseen los conocimientos tradicionales que se registren. c) Diseñar e implementar un Programa de Tecnologías Tradicionales para su documentación, rescate, difusión, aplicación y práctica a nivel local y regional. d) Este programa será administrado por el Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria – INIEA Puno y deberá contar con la participación consciente de la comunidades y agricultores conservacionistas. Artículo Quinto.- FORTALECIMIENTO DE LA ORGANIZACIÓN COMUNAL PARA LA CONSERVACIÓN IN SITU DE LA AGROBIODIVERSIDAD DEL ALTIPLANO. Considerando que la conservación In Situ de la agro- biodiversidad constituye en esencia un proceso socio cultural que se fortalece en la estructura comunal, el Equipo Técnico Multisectorial Regional, procederá a: a) Establecer y actualizar periódicamente un registro de comunidades y agricultores conservacionistas existentes a nivel de la Región Puno, para implementar estudios de línea base socio ambiental que permitan defi nir sus potencialidades a partir del germoplasma nativo que poseen, así como sus conocimientos, innovaciones, prácticas y tecnologías tradicionales. b) Diseñar, formular e implementar una norma regional para el reconocimiento de las autoridades tradicionales de la chacra, en su calidad de patrimonio cultural vivo. c) Incorporar los conocimientos, innovaciones, prácticas y tecnologías tradicionales de las comunidades y agricultores conservacionistas en el diseño e implementación de los Planes de Manejo para la Conservación In Situ de la Agro-biodiversidad. d) Diseñar, formular e implementar un Módulo Educativo de la Conservación IN Situ como proceso socio cultural. Dicho Módulo deberá incorporarse en los programas de educación formal (primaria, secundaria y superior) y no formal existentes a nivel de la Región Puno. e) Este Módulo Educativo, será diseñado, formulado en coordinación con las instancias del Sector Educación y con la participación consistente de las comunidades y agricultores conservacionistas de la región. Artículo Sexto.- DEL FINANCIAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES Siendo necesario contar con los recursos fi nancieros para el diseño e implementación efectiva de la presente Ordenanza Regional, el Equipo Técnico Multisectorial Regional, procederá a: a) Evaluar las instancias de financiamiento existentes a nivel nacional e internacional, para la captación de donativos y fondos que permitan financiar la finalidad de la presente Ordenanza, del mismo modo, se le faculta la gestión, recepción y administración de los donativos y fondos con cargo a informar al Pleno del Consejo Regional de Puno y envío de la cuenta documentada y detallada a Contraloría de la República. b) Establecer las coordinaciones necesarias con el Proyecto Conservación In Situ de los Cultivos Nativos y sus Parientes Silvestres (GEF – PNUD - IIAP) a fi n de evaluar técnicamente – y de manera conjunta – la viabilidad de un proyecto complementario para la conservación de los cultivos nativos del altiplano, sus parientes silvestres y el conocimiento tradicional asociado. Artículo Sétimo.- Encargar a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Diario de mayor circulación de la Región, con el componente de dicha gerencia, una vez promulgada. POR TANTO: Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Puno, para su promulgación.