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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (24/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de octubre de 2007 355929 (seis millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles. Asimismo, se acordó delegar en el directorio de la sociedad la facultad de determinar los términos, características y condiciones de las emisiones que se efectúen, incluyendo la posibilidad de delegar tales facultades en los funcionarios o apoderados de la sociedad; Que, mediante sesión de directorio del 5 de diciembre de 2006, Cía. Industrial Nuevo Mundo S.A. acordó delegar en los señores Jacques Mayo Tepperman, Paul Fridman Rosenfeld y Ricardo Miró Quesada Varela, las facultades necesarias para que, cualesquiera dos de ellos, actuando en forma conjunta, dentro del marco de los acuerdos adoptados por la junta general de accionistas de fecha 04 de diciembre de 2006, puedan determinar todos y cada uno de los términos, características y condiciones del programa y de la o de las emisiones de valores que se efectúen dentro del marco del mismo; Que, con fecha 13 de septiembre de 2007, Cía. Industrial Nuevo Mundo S.A. completó su solicitud de aprobación del trámite anticipado, de inscripción del “Primer Programa de Papeles Comerciales de Cía. Industrial Nuevo Mundo S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 6 000 000,00 (seis millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles, y de registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Cía. Industrial Nuevo Mundo S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias, habiéndose verifi cado asimismo que el emisor cumple con la condición de entidad califi cada; Que, el artículo 2, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta pública, así como las relativas a la aprobación de trámites anticipados, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, la Resolución Gerencia General Nº 061-2007-EF/94.11, y la Resolución CONASEV Nº 034-2007-EF/94.10, así como a lo dispuesto por el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV, según el cual la Dirección de Emisores se encuentra facultada para resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias y a efectuar todo trámite vinculado a dichas ofertas, así como disponer la inscripción y registros que correspondan en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el “Primer Programa de Papeles Comerciales de Cía. Industrial Nuevo Mundo S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 6 000 000,00 (seis millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Nuevos Soles, y disponer el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto Cía. Industrial Nuevo Mundo S.A. mantenga su condición de entidad califi cada y se trate de la emisión de valores típicos, la inscripción de los valores y el registro de los prospectos a utilizar en el marco del programa al que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución, se podrán entender realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de los valores y el registro de los prospectos correspondientes se sujetarán a lo dispuesto por el artículo 14, literal b), numeral 2), del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 3º.- La oferta pública de los valores a los que refi ere los artículos 1 y 2 de la presente resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refi eren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento.Siempre y cuando los plazos del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores a los que se refi ere el presente artículo se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores o, de ser el caso, a partir de la fecha de recepción de documentos a la que se refi ere el artículo 14, literal b), numeral 1, del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 4º.- La aprobación, inscripción y el registro a que refi eren los artículos 1 y 2 de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Cía. Industrial Nuevo Mundo S.A., en su calidad de emisor; al Banco Continental, en su calidad de entidad estructuradora; a Continental Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV, y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVONKA HURTADO CRUZ Dirección de Emisores 110290-1 Disponen inscripción de la “Tercera Emisión del Programa de Instrumentos de Corto Plazo Tiendas EFE I” en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 050-2007-EF/94.06.3 Lima, 11 de octubre de 2007VISTOS:El Expediente N° 2005027903, así como el Informe Interno N° 605-2007-EF/94.06.3 del 11 de octubre de 2007 de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 304 de la Ley General de Sociedades, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares; Que, mediante Resolución Gerencia General N° 019-2006-EF/94.11 del 7 de marzo de 2006, se aprobó el trámite anticipado e inscribió el programa de emisión denominado “Programa de Instrumentos de Corto Plazo Tiendas EFE I” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 4 000 000,00 (cuatro millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otras monedas, y se dispuso el registro del prospecto marco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores. Que, Tiendas EFE S.A. presentó su solicitud de inscripción de los valores correspondientes a la emisión denominada “Tercera Emisión del Programa de Instrumentos de Corto Plazo Tiendas EFE I” hasta por un importe máximo en circulación de S/. 6 200 000,00 (seis millones doscientos mil y 00/100 Nuevos Soles), así como de registro del prospecto complementario correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha verifi cado que Tiendas EFE S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias;Publicación Digital elaborada en Editora Perú Publicada en www.elperuano .com.pe Descargue la Versión Oficial desde www.elperuano .com.pe