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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de octubre de 2007 355931 Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución al Banco Falabella Perú S.A. (antes Financiera CMR S.A.), a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVONKA HURTADO CRUZ Dirección de Emisores 119579-1 CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 171-2007-CONAM/PCD Mediante Carta Nº 2128-2007-CONAM/PCD, el Consejo Nacional del Ambiente solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Presidencial Nº 171-2007-CONAM/PCD, publicada en nuestra edición del día 16 de octubre de 2007. En el Artículo 1º;DICE:“..., Asillo, San Antón y Potoni, en la provincia de Azángaro y Crucero en la provincia de Sandia...” DEBE DECIR:“..., Asillo, San Antón, Potoni y Azángaro, en la provincia de Azángaro y Crucero en la provincia de Carabaya...” 123642-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Sancionan con destitución a ex encargado del Fondo para Pagos en Efectivo del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 681-2007-INPE/P Lima, 17 de octubre de 2007 VISTO, el Informe N° 079-2007-INPE-CPPAD, de fecha 15 de octubre de 2007, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES:Que, mediante Resolución Presidencial N° 558- 2007-INPE/P de fecha 27 de agosto de 2007, se instauró proceso administrativo disciplinario al servidor TOMAS ROLANDO PFARI SAHUARAURA, ex encargado del Fondo para Pagos en Efectivo del INPE, al haber incurrido en presunta responsabilidad de carácter administrativo disciplinario a mérito del Informe N° 060-2007-INPE-CPPAD, de fecha 21 de agosto de 2007, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Asimismo, mediante Resolución Presidencial N° 571-2007-INPE/P de fecha 3 de setiembre de 2007 se excluye a la servidora BLANCA ESTELA TAMARIZ ZEA de la Resolución Presidencial N° 558-2007-INPE/P, a merito del Informe N° 067-2007-INPE-CPPAD de fecha 29 de agosto de 2007, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, por corresponder a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el conocimiento del mismo; 2. CARGOS IMPUTADOS:Que, se imputa al servidor TOMAS ROLANDO PFARI SAHUARAURA, ex encargado del Fondo para Pagos en Efectivo, haber recibido el importe de S/. 52,000.00 nuevos soles del entonces Administrador del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, Teniente PNP Augusto Aranda Villanueva y presumiblemente haberlo entregado a la Empresa proveedora de Alimentos RIDAMACE S. A., para la provisión de víveres y posterior preparación de alimentos, sin acreditar el uso y destino de los S/. 52,000.00 nuevos soles que recibió como custodia, toda vez que la Empresa RIDAMACE S. A., no ha sido proveedora del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho durante el periodo de setiembre-diciembre de 1996, de allí que no se acredite obligación de pago del INPE hacia esa Empresa, ni tampoco obra documento alguno que pruebe que dicha empresa haya participado en algún proceso adquisitivo para ese propósito, haya emitido factura o boleta alguna o suscrito un contrato, tampoco se evidencia que exista conformidad de servicio u otro documento que pruebe que el INPE tenía que reconocerle un adeudo por supuesto servicio al citado penal en el periodo señalado, al haber incumplido con su accionar lo dispuesto en el numeral 4.5.1 de la Resolución Directoral N° 043-95-EF/77-15 del 28 de diciembre de 1995, artículo 12 de la Directiva N° 001-94-INPE/OGA-UAYRC aprobada por Resolución Directoral N° 440-94-INPE/OGA, incisos a) y b) del artículo 21° del Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”, incurriendo en presuntas faltas tipifi cadas en los incisos a) y d) del artículo 28° del acotado dispositivo legal, conforme fl uye de la Resolución de instauración de proceso administrativo disciplinario; 3. DESCARGO DEL PROCESADO:Que, el procesado TOMAS ROLANDO PFARI SAHUARAURA, ex encargado del Fondo para Pagos en Efectivo del INPE, en su descargo escrito manifi esta que, recibió de parte del Administrador del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho Teniente PNP Augusto Aranda Villanueva, la suma de S/. 52,000.00 nuevos soles en calidad de depósito hasta que el Director de Administración lo disponga y el 16 de octubre de 1996, el Director General de Administración Rolando Falcón Bornaz, dispuso la entrega de S/. 40,000.00 nuevos soles al Gerente General de la Empresa RIDAMACE S.A. con cargo a entregar factura, la misma, que según señala, debía ser entregada al administrador del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, asimismo, el dinero restante fue entregado en su totalidad a la empresa RIDAMACE S.A. conforme lo había dispuesto el Director General de Administración y la Jefe de la Unidad de Tesorería del INPE, según recibo de fecha 25 de noviembre de 1996. Asimismo, como medio de defensa plantea la prescripción de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 233° de la Ley N° 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, por cuanto la materia del presente tiene como fecha de origen el 16 de octubre de 1996, habiendo transcurrido a la fecha 10 años, 11 meses, 06 días y observa, que el Informe N° 011-2006-INPE/04 de Auditoria fue suscrito por el CPC Juan Paulino Conde Mendoza, en su condición de supervisor, el mismo que a la fecha de emisión del citado Informe tenía la condición de Inhábil, por lo que deviene en nulo. Por otra parte, solicita la suspensión del trámite del proceso administrativo disciplinario de conformidad con los numerales 1, 2, 3, 8, 10 y 13 del artículo 139° de la Constitución concordantes con los artículos 4° y 13° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, por existir por el mismo hecho un proceso contencioso administrativo pendiente de resolver, expediente N° 05472-0-1801-JR-CI-03 de fecha de inicio 10 de Publicación Digital elaborada en Editora Perú Publicada en www.elperuano .com.pe Descargue la Versión Oficial desde www.elperuano .com.pe