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El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2007 356093 Artículo 4°.- Los interesados podrán formular comentarios sobre el Proyecto de Resolución a que se refi ere el artículo anterior, en el local de la SUNASS en Av. Bernardo Monteagudo N° 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a audienciachavin@sunass.gob. pe, hasta cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la audiencia pública. Artículo 5°.- Encargar a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la audiencia pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, José Stok Capella, Manuel Burga Seoane y Víctor Antonio Maldonado Yactayo. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° XX-XXXX-SUNASS-CD Lima, XX de XXX de XXXXVISTOS:La Resolución N° 005-2007-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín Sociedad Anónima, EPS Chavín S.A., conforme a lo establecido en el artículo 20° de la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD; El Memorándum N° XXX-XXXX-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario fi nal, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS CHAVÍN S.A. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución N° 005-2007-SUNASS- GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el quinquenio 2007-2011, conforme a lo establecido en el artículo 20° de la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD; Que, mediante Memorándum N° 173-2007-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS CHAVÍN S.A. para el próximo quinquenio; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 065-2007-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Que, con fecha XX de XXXX de XXXX se realizó la audiencia pública en la cual SUNASS sustentó la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de EPS CHAVÍN S.A.; Que, mediante Memorándum N° XXX-XXX-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha presentado el Estudio Tarifario Final, el cual contiene la evaluación de los comentarios recibidos respecto al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública; así como la propuesta fi nal de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS CHAVÍN S.A. para el próximo quinquenio; Que, conforme al artículo 31º del Reglamento General de Tarifas, corresponde en esta etapa aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y las metas de gestión para la citada EPS; Estando a lo acordado en la Sesión de Consejo Directivo N° XXX-XXX-SUNASS:SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín Sociedad Anónima, EPS CHAVÍN S.A. para el próximo quinquenio, las cuales se encuentran contenidas en el anexo N° 1 de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la creación de un fondo exclusivo para fi nanciar las inversiones con recursos propios que forman parte de la fórmula tarifaria y estructuras tarifarias aprobadas por la SUNASS, que sólo podrá ser utilizado para tales fi nes y el cual se regirá por lo establecido en el artículo 31° del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento. Para constituir dicho fondo, EPS CHAVÍN S.A. deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del periodo quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y servicios colaterales señalados en el Cuadro Nº 1. CUADRO Nº 1 FONDO EXCLUSIVO DE INVERSIÓN PeríodoPorcentaje de los Ingresos (1) Año 1 7,2% Año 2 3,0% Año 3 27,0% Año 4 26,0% Año 5 18,9% (1) Por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Servicios Colaterales. Si se comprobara el uso de los recursos, que conforman el referido fondo, para fi nes distintos a los establecidos en la presente Resolución, la Superintendencia comunicará el hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República para la determinación de las respectivas responsabilidades administrativas, civiles y penales. Artículo 3°.- Aprobar los mecanismos de evaluación del cumplimiento de las metas de gestión e incrementos tarifarios de EPS CHAVÍN S.A., los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 2 de la presente Resolución. Artículo 4°.- Disponer la aplicación de las estructuras tarifarias establecida en el Anexo N° 1 a partir del siguiente ciclo de lectura, posterior a la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, José Stok Capella, Manuel Burga Seoane y Víctor Antonio Maldonado Yactayo. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo ANEXO N° 1 FÓRMULAS TARIFARIAS QUE APLICARÁ EPS CHAVÍN DURANTE EL SIGUIENTE QUINQUENIO A. Por el servicio de Agua Potable Incremento sobre las tarifas medias por volumen (S/. / m3) para los primeros cinco años, como sigue: T1 = To (1 + 0,130) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,070) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,081) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ)PROYECTO