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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2007 356080 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen la concordancia de políticas y funciones del Gobierno Regional y políticas sectoriales, asimismo señala las funciones del Gobierno Regional se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico, establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás leyes de la República; asimismo, señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboración y aprobación de normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; Que, el inciso 38.1) del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala que la aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos, se realiza por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo Ayacucho - 2007, que consta de veintisiete (27) Procedimientos Administrativos, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 006-05-GRA/CR de fecha 29 de marzo del año 2006. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 22 días del mes de junio del año dos mil siete. JUSTO C. RODRÍGUEZ VERA Consejero DelegadoConsejo Regional de Ayacucho POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 22 días del mes de junio del año dos mil siete. ERNESTO MOLINA CHÁVEZ PresidenteGobierno Regional de Ayacucho 123911-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Exoneran de proceso de selección la adquisición de materiales de construcción para obras de defensa ribereña del Río Tulumayo ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 067-2007-CR-GRH. Huánuco, 19 de octubre de 2007 Visto, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 19 de Octubre del año 2007, el INFORME Nº 0178-2007-GRH/GGR, el asunto relacionado a la “…Exoneración del Proceso de Selección para la adquisición de materiales de construcción, Gaviones y Colchón Reno”, para la Construcción de la Defensa Ribereña del Río Tulumayo, Sector Marona, Distrito de Luyando – Leoncio Prado, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º, 5º de la Ley Nº 27867 – Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, encontrándose plasmadas sus atribuciones, derechos y obligaciones en los artículos, 15º, 16 y 17º de la Ley 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo expresan su decisión sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional mediante Acuerdos de Consejo Regional; Que, mediante Informe Nº 514-2007-GR-HUANUCO/ ORA, de fecha 25 de septiembre del 2007, dirigido al Gerente General Regional, el Director Regional de Administración, en atención al Proveído S/N de fecha 18 de septiembre del 2007, de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, solicita la Exoneración del Proceso de Selección Adjudicación Directa Selectiva de Bienes, por el monto de S/. 107,507.20 (Ciento Siete Mil Quinientos Siete y 20/100 Nuevos Soles), para la Adquisición de Materiales de Construcción, Gaviones y Colchón Reno, para el Proyecto: “Construcción Defensa Ribereña Río Tulumayo, Sector Marona, Distrito de Luyando - Leoncio Prado – Huánuco”, por Causal de Desabastecimiento Inminente. Proceso de Selección que se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Regional Huánuco para el Ejercicio Presupuestal 2007, aprobado con Resolución Ejecutiva Regional Nº 712-2007-GRH/PR de fecha 7 de septiembre del 2007. Que, con Memorandum Nº 1039-2007-GRH-GRDE, de fecha 18 de octubre del 2007, dirigido al Director Regional de Administración, el Gerente Regional de Desarrollo Económico, remite el Informe Nº 579-2007-GRHCO-GRDE/SGPIE proveniente de la Sub Gerencia de Promoción de Inversiones y Estudios, conteniendo el sustento de reconsideración e informe adicional solicitado sobre Exoneración de Procesos de Selección por Desabastecimiento Inminente, para el Proyecto: “Construcción Defensa Ribereña Río Tulumayo, Sector Marona, Distrito de Luyando - Leoncio Prado – Huánuco”; Que, del análisis y revisión de los recaudos que se acompañan al presente expediente, se advierte que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 451-2007-GRH/PR de fecha 27 de junio del 2007, se Aprueba la Tercera Modifi catoria del Programa de Inversiones del Ejercicio Fiscal 2007 a cargo de la Unidad Ejecutora 001 Sede Huánuco, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, y a través del cual se incorpora al Proyecto: “Rehabilitación y Reconstrucción – Fenómeno El Niño”, con un presupuesto de S/. 2’114,008.00 Nuevos Soles, para la ejecución de Obras: a) Rehabilitación de la Defensa Ribereña Sector Monterrico – Papayal, Centro Poblado Castillo Grande, b) Construcción de Defensa Ribereña río San Juan de Topa, Caserío de Topa, c) Rehabilitación de Defensa Ribereña del río Monzón Bella, d) Rehabilitación de Defensa Ribereña la Cocha III, e) Rehabilitación de Defensa Ribereña río Huallaga sector las Mercedes – Cotomonillo, f) rehabilitación de la Defensa Ribereña y limpieza del cauce del río Huallaga, Bocatoma y Canal de riego en el tramo puente Huayapampa, Santa Zeffora, Distrito de Amarilis, g) Construcción de Defensa Ribereña Río Tulumayo, entre ellas Sector Marona, Distrito de Luyando – Leoncio Prado – Huánuco; Que, es preciso indicar que, cuando se asignó dicho presupuesto a través de un Crédito Suplementario para ser incorporado a nuestro Programa de Inversiones 2007, el conglomerado de Proyectos aún no contaban