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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (26/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2007 356081 con su respectiva viabilidad bajo el Sistema Nacional de Inversión Pública, motivo que retrasó el inicio de ejecución de las citadas Obras, por lo que, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico en coordinación con la Dirección Regional de Agricultura, a fi n de agilizar la viabilidad de los Proyectos de Rehabilitación y Reconstrucción Fenómeno El Niño, comprometen a las Municipalidades del Distrito de Mariano Dámaso Beraún, Daniel Alomía Robles, Castillo Grande, el Agente Municipal del Caserío Las Mercedes y el Teniente Gobernador de Shiringal – Distrito de José Crespo y Castillo, para el apoyo en la elaboración de los Perfi les, en coordinación con el Administrador Técnico del Proyecto; Que, con Informe Técnico Nº 15-2007-MDPFL- OPI-JLTT de fecha 31 de julio del 2007, la OPI de la Municipalidad Distrital de Luyando, declara la viabilidad del Proyecto: “Construcción Defensa Ribereña Río Tulumayo, Sector Marona, Distrito de Luyando - Leoncio Prado – Huánuco”, Código SNIP 56594 y mediante la Resolución Administrativa Nº 089-GR-HCO-DRA/ATDR-TM se aprueba el Expediente Técnico del Proyecto. Asimismo, mediante Ofi cio Nº 1846-2007-GR-DRA-JCO/OPA de fecha 4 de septiembre del 2007, dirigido a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Dirección Regional de Agricultura, comunica que frente a los problemas hidrometerológicos en la parte de Selva Alta, donde ha sido afectada en forma considerable la actividad agraria en los años 2006 y 2007, el Coordinador del Programa de Encauzamiento de Ríos y Estructuras de Capacitación, ha realizado la Evaluación de Riesgos como una medida para determinar el riesgo existente al no ejecutar obras de protección en la zona del Valle de Tingo María, la misma que tiene como resultado: PELIGRO INMINENTE; por lo que, en atención a lo comunicado, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, a través del Memorandum Nº 754-2007-GRHCO/GRDE de fecha 24 de agosto del 2007, solicita a la Gerencia Regional de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil, para la emisión de un Informe de Evaluación de Riesgo del Cauce y Defensa Ribereña del Río Huallaga, de los siguientes lugares: Las Mercedes – Las Flores – Cotomonillo, San Miguel La Cocha, Topa, Marona, Castillo Grande (Monterrico y el Papayal), Bella Inti, ubicado en la Provincia de Leoncio Prado; quien a su vez a través del Memorándum Nº 410-2007-GRH.GR.RR.NN.GMA.DC, de fecha 12 de septiembre del 2007, remite los Informes sobre las Evaluaciones de Riesgo de los citados Proyectos, que fueron efectuados por el Evaluador, Ing. Clifor Jorge Baldeón Valladares, en la Provincia de Leoncio Prado, y de cuyos alcances del se advierte las siguientes recomendaciones: a).- Efectuar un levantamiento topográfi co detallado de la zona de cauce de transporte y del material acumulado, a fi n de conocer su potencial de almacenamiento e implicancia de la descarga, b).- Debe realizarse la limpieza del cauce del río en la parte donde existe colmatación de material conglomerado, cantonado y arena, en un tramo aproximado de 0.900 Km. c).- Efectuar labores de protección de la margen derecha del río con la construcción de un muro con gaviones, en una longitud de 0.200 Km. y la construcción de espigones en las partes críticas del muro, con la fi nalidad de direccionar el fl ujo de la corriente y proteger la margen izquierda del curso del agua, y d).- Las obras de Ingeniería que se plantean deben ser diseñadas con altos factores de seguridad a fi n de enfrentar avenidas extraordinarias; Que, estando a los argumentos vertidos en los párrafos precedentes, la Sub Gerencia de Promoción de Inversiones y Estudios, a través del Informe Nº 451-2007-GRHCO-GRDE/SGPIE de fecha 18 de septiembre del 2007, considera que los problemas hidrometerológicos del Valle de Tingo María aunados al tiempo que implica el desarrollo del Proceso de Selección y Adjudicación Directa Selectiva de Bienes, para la Adquisición de Gaviones, con cargo al Proyecto: “Construcción Defensa Ribereña Río Tulumayo, Sector Marona, Distrito de Luyando - Leoncio Prado – Huánuco”, lo conllevará a un desabastecimiento inminente, razón por la cual solicita la Exoneración del citado Proceso de Selección por la causal señalada toda vez, que la ausencia de los bienes en referencia comprometen indirectamente los servicios esenciales u operaciones productivas del Gobierno Regional Huánuco, máxime si tenemos en cuenta que la demora que lleva el Proceso de Selección incluido en el PAAC 2007 para la adquisición de 100 Unidades de colchón 5.0x2.0x0.30m Malla 10x12cm O Unid 3.4mm, 120 Unidades de gavión Caja 5.0x1.0x1.0m Malla 10x12cm O Unid 3.4mm y 40 Unidades de Gavión Caja 5.0x1m Malla 10x12cm o Unid 3.4mm, por el importe de S/. 107,507.20 (Ciento Siete Mil Quinientos Siete y 20/100 Nuevos Soles), afecta directamente las actividades para la ejecución de la citada Obra y cuya falta de atención ocasionaría daños patrimoniales como la erosión del Río Tulumayo e inundación de las áreas de cultivo de pan llevar, así como la afectación de viviendas en la margen izquierda del Río Tulumayo; Que, asimismo, con Informe Nº 579-2007-GRHCO- GRDE/SGPIE, de fecha 18 de octubre del 2007, dirigido a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Sub Gerencia de Promoción de Inversiones y Estudios se ratifi ca en cuanto a los alcances de su Informe emitido con fecha 18 de septiembre del 2007, manifestando que: “No existe negligencia de parte de ningún servidor de la Entidad, ya que cuando se incluyó al Programa de Inversiones 2007 no se contaba aún con los Perfi les viables y menos con los expedientes técnicos, lo que se puede demostrar con la Ficha del SNIP cuyo Código del Proyecto es 56594 Proyecto: “Construcción Defensa Ribereña Río Tulumayo Sector Marona, Distrito de Luyando – Leoncio Prado – Huánuco”, de fecha 23 de julio del 2007; asimismo, luego del proceso de viabilidad se tuvo que solicitar el cambio de la Unidad Ejecutora, puesto que estaba considerado como ente ejecutor la Municipalidad Distrital de Luyando (Ofi cio Nº 189-2007-GR-HCO-GRDE de fecha 6 de agosto del 2007 y el Ofi cio Nº 198-2007-GR-HCO-GRDE de fecha 21 de agosto del 2007); asimismo, señala que teniendo en cuenta el retraso en la ejecución del Proyecto como consecuencia de la demora que lleva consigo hasta el otorgamiento de la Buena Pro, afecta directamente todas las actividades para la ejecución de la Obra, la cual tiene un plazo de ejecución de 60 días calendario, viéndonos de esta manera imposibilitados de cumplir con los objetivos y metas previstas; por lo que, a efectos de determinar medidas oportunas y necesarias para la realización del Proceso de Selección nos encontramos ante la situación de “DESABASTECIMIENTO INMINENTE”, que involucra el cumplimiento de una obligación impostergable para la Entidad, ya que la falta de atención ocasionaría daños patrimoniales como la erosión del río Tulumayo e inundación de las áreas de cultivo de pan llevar, afectando viviendas en la margen izquierda del Río Tulumayo; concluyendo que habiendo transcurrido excesivamente el tiempo en todo este engorroso trámite administrativo, fi naliza que de no merecer una aprobación favorable a la presente propuesta, no se podrá ejecutar las Obras de Defensas Ribereñas en este año, corriendo el riesgo de pérdidas de vidas humanas, bienes materiales y áreas agrícolas”; Que, fi nalmente, luego del análisis realizado al presente caso, y de conformidad a lo establecido en el Inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM en concordancia con lo dispuesto en los artículos 146º y 147º del Reglamento de la Ley, resulta procedente, la solicitud de exoneración antes señalada; Que, el monto a exonerarse es por la suma de S/. 107,507.20 (Ciento Siete Mil Quinientos Siete y 20/100 Nuevos Soles), para la Adquisición de Materiales de Construcción, Gaviones y Colchón Reno, para el Proyecto: “Construcción Defensa Ribereña Río Tulumayo, Sector Marona, Distrito de Luyando-Leoncio Prado-Huánuco; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 39º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; SE ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR, la Exoneración del Proceso de Selección por situación de “…DESABASTECIMIENTO INMINENTE” para la Adquisición de Materiales de Construcción”, conforme se detalla: 100 Unidades de Colchón 5.0x2.0x0.30m Malla 10x12cm 0 unid 3.4mm. 120 Unidades Gavión Caja 5.0x1.0x1.0m Malla 10x12cm 0 unid 3.4mm. 40 Unidades Gavión caja 5.0x1.5x1.0m Malla 10x12cm 0 unid 3.4mm, para la obra: “Construcción de la