Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (31/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2007 356323 se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 126793-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 878-2007-DE/SG Lima, 30 de octubre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº F-1352 de fecha 17 de octubre de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Argentina, sin armas de guerra; Que, en el marco de la XVI Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, se acordó la realización de intercambios profesionales y académicos para el año 2007, habiéndose considerado entre ellos la Pasantía de intercambio de arsenales en el Taller de Motores MTU 396 del Servicio Industrial de la Marina - Callao; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Argentina, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 3 al 23 de noviembre de 2007, para participar en la Pasantía de intercambio de arsenales en el Taller de Motores MTU 396 del Servicio Industrial de la Marina - Callao. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 126793-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 879-2007-DE/SG Lima, 30 de octubre de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 1366 de fecha 19 de octubre de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Argentina, sin armas de guerra; Que, el Comandante General de Marina, cursó invitación al Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina, para que efectúe una visita ofi cial al Perú, con la fi nalidad de intercambiar experiencias profesionales de interés mutuo, lo que a su vez contribuirá al fortalecimiento de las tradicionales relaciones de cooperación y amistad entre ambas Instituciones; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Argentina, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 al 7 de noviembre de 2007, para realizar una visita ofi cial al Perú, con la fi nalidad de intercambiar experiencias profesionales de interés mutuo con personal de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 126793-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 880-2007-DE/SG Lima, 30 de octubre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 1409 de fecha 26 de octubre de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, en el año 2005 se llevó a cabo la X Reunión del Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua y la XI Reunión Bilateral de Inteligencia Naval entre la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, suscribiendo el Acta correspondiente, en la que se estableció que la próxima Reunión del Comité de Trabajo