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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (31/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2007 356331 ÍTEM PROCEDIMIENTO REQUISITO ELIMINADO -BG11 Aprobación o Modi fi cación del Plan de Cese de Proceso/ Instalación Minera- Copia autenticada por el Fedatario Institucional o legalizada de la Partida Electrónica o Ficha Registral emitida por los Registros Públicos con una antigüedad no mayor de 30 días, por la que se acredite la Titularidad del peticionante respecto de las concesiones mineras del proyecto. -Personas naturales: Copia de su Documento de Identidad -Personas jurídicas: Copia autenticada por el Fedatario Institucional o legalizada de la Escritura de Constitución Social inscrita en el Registro correspondiente - Copia del Documento de Identidad del Representante Legal -BG12 Modi fi cación del Cronograma de reajuste de PAMA- Copia autenticada por el Fedatario Institucional o legalizada de la Partida Electrónica o Ficha Registral emitida por los Registros Públicos con una antigüedad no mayor de 30 días, por la que se acredite la Titularidad del peticionante respecto de las concesiones mineras del proyecto. -Personas naturales: Copia de su Documento de Identidad -Personas jurídicas: Copia autenticada por el Fedatario Institucional o legalizada de la Escritura de Constitución Social inscrita en el Registro correspondiente - Copia del Documento de Identidad del Representante Legal -IG01 Inscripción en el Registro de Entidades autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental- Copia autenticada por el Fedatario Institucional o legalizada del documento que acredite la Representación Legal, debidamente Inscrita en los Registros Públicos. -IG03 Modi fi cación en el Registro de Entidades autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental –Por actos modi fi catorios de la empresa. Caso A) Cambio en la empresa Caso B) Incorporación de Nuevos Profesionales- Se eliminó el procedimiento de Ampliación de Calificación, debido que la DGAAE y la DGAAM realizan el procedimiento de calificación de las empresas en el Registro de Entidades autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental de manera independiente. De la Dirección General de Minería: -CMO1 Otorgamiento de concesión de bene fi cio- Copia del cargo de presentación del Estudio de Impacto Ambiental a la DGAAM. -CM02 Otorgamiento de la concesión de transporte minero y labor general- Copia del cargo de presentación del Estudio de Impacto Ambiental a la DGAAM.-CM03 Modi fi cación a la concesión de bene fi cio- Copia del cargo de presentación del Estudio de Impacto Ambiental a la DGAAM. -B) Para ampliación de la capacidad instalada ; Copia del cargo de presentación del Estudio de Impacto Ambiental a la DGAAM, si fuera el caso. -D) Para autorización de nuevo depósito de relaves ; Copia del cargo de presentación del Estudio de Impacto Ambiental a la DGAAM, si fuera el caso.Recrecimiento ; Copia del cargo de presentación del Estudio de Impacto Ambiental a la DGAAM, si fuera el caso. -E) Nuevo PAD de lixiviación o ampliación. - Copia del cargo de presentación del Estudio de Impacto Ambiental a la DGAAM, si fuera el caso. -BM10 Transferencia de contratos de estabilidad tributaria- Copia del Convenio de Garantías y Medidas de Promoción a la Inversión. -BM03 Certi fi cado de Operación Minera (COM) / Operaciones mineras metálicas y no metálicasPara operaciones continuas: - Copia del título de la concesión o resolución jefatural de formación de UEA. - Autorización de funcionamiento de la planta de bene fi cio, si fuera el caso. - Constancia de Pequeño Productor Minero, si fuera el caso Para inicio y/o reinicio de operaciones - Se requiere presentar f: copia del título de la concesión o resolución jefatural de formación de UEA). - Se requiere presentar l: constancia de Pequeño Productor Minero, si fuera el caso). Para ampliación de COM - Se requiere presentar l: Constancia de Pequeño Productor Minero, si fuera el caso). Para operaciones de Productor Minero Artesanal - Copia del título de la concesión o resolución jefatural de formación de UEA a su favor. - Constancia de Productor Minero Artesanal. -AM01 Autorización para inicio/ reinicio actividades de explotación en concesiones mineras metálicas/ no metálicas (incluye aprobación de Plan de Minado) y modi fi caciones- En caso que el proyecto se encuentre en zona agrícola, adjuntar la opinión favorable del Ministerio de Agricultura o INRENA que se obtuvo durante la aprobación del EIA - Autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, si el proyecto de explotación a iniciar se encuentra cerca de carreteras y/o autopistas (en caso sea necesario). Autorización del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en caso que se proyecte iniciar la explotación en zonas próximas a asentamientos humanos. - Descripción de todos los equipos utilizados en operaciones mina para perforación, voladura, carguío, transporte, servicios, mantenimiento, supervisión. Artículo 4° .- Cámbiese al órgano encargado de aprobar el Procedimiento de Califi cación y Registro de Productor