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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (03/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano352564 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Certifican que diversos Gobiernos Regionales han cumplido los requisitos específicos mínimos para la transferencia de determinadas funciones sectoriales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 020-2007-PCM/SD Lima, 29 de agosto de 2007VISTOS:Los Informes de Concordancia Nº 009-2007-PCM/SD- OTME, Nº 010-2007-PCM/SD-OTME, Nº 013-2007-PCM/SD-OTME y Nº 014-2007-PCM/SD-OTME, elaborados según lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, la misma que establece las normas para la transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, durante el año 2007; y, el Informe Nº 025-2007-PCM/SD-FNH; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, el mismo que incluye las funciones pendientes de los Planes Anuales 2004, 2005 y 2006; Que, en mérito a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 2º de dicha norma, se aprobó la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, a través de la cual se estableció un procedimiento simpli fi cado de transferencia de funciones sectoriales, en el marco de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 004-2007-PCM/SD, se aprobaron los requisitos especí fi cos mínimos a ser cumplidos por los Gobiernos Regionales, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 5.1.4 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, antes mencionada, los cuales fueron propuestos por los Sectores involucrados en el Proceso de Transferencia de Funciones Sectoriales 2007; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, antes mencionada, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Subsector Comunicaciones - ha elaborado los correspondientes Informes Situacionales de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali, de aptitud y cumplimiento de los requisitos especí fi cos mínimos establecidos, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones; y, de igual manera, los Gobiernos Regionales antes mencionados, han presentado sus respectivos Informes Situacionales, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales en dicha materia; los cuales fueron presentados a la Secretaría de Descentralización; Que, el Ministerio de Educación ha elaborado los correspondientes Informes Situacionales de los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Cajamarca, Loreto, San Martín y Madre de Dios, de aptitud y cumplimiento de los requisitos especí fi cos mínimos establecidos, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación; y, de igual manera, los Gobiernos Regionales antes mencionados, han elaborado sus respectivos Informes Situacionales, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales en dicha materia; los cuales fueron presentados a la Secretaría de Descentralización; Que, el Ministerio de Energía y Minas ha elaborado los correspondientes Informes Situacionales de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Arequipa, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cuzco, Huánuco, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, de aptitud y cumplimiento de los requisitos especí fi cos mínimos establecidos, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Energía, Minas e Hidrocarburos; y, de igual manera, los Gobiernos Regionales antes mencionados han elaborado sus respectivos Informes Situacionales, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales en dicha materia; los cuales fueron presentados a la Secretaría de Descentralización; Que, el Ministerio de Salud ha elaborado los correspondientes Informes Situacionales de los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Loreto y San Martín, de aptitud y cumplimiento de los requisitos especí fi cos mínimos establecidos, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Salud; y, de igual manera, los Gobiernos Regionales antes mencionados han elaborado sus respectivos Informes Situacionales, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales en dicha materia; los cuales fueron presentados a la Secretaría de Descentralización; Que, al haber cumplido el Gobierno Regional de San Martín, con los requisitos especí fi cos mínimos para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones; y, concluido, tanto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones como el Gobierno Regional, antes mencionado, en sus respectivos Informes Situacionales, que está APTO para ejercer dichas funciones sectoriales; la Secretaría de Descentralización ha emitido el Informe de Concordancia Nº 009-2007-PCM/SD-OTME, al encontrar concordancia entre las conclusiones de dichos Informes Situacionales, según lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, antes mencionada; Que, al haber cumplido los Gobiernos Regionales de Ayacucho, San Martín, Cajamarca y Madre de Dios, con los requisitos especí fi cos mínimos para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación, así como los Gobiernos Regionales antes mencionados, en sus respectivos Informes Situacionales, que están APTOS para ejercer dichas funciones sectoriales; la Secretaría de Descentralización ha emitido el Informe de Concordancia Nº 010-2007-PCM/SD-OTME, al encontrar concordancia entre las conclusiones de dichos Informes Situacionales, según lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, antes mencionada; Que, al haber cumplido los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Piura y San Martín, con los requisitos especí fi cos mínimos para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Energía, Minas e Hidrocarburos; y, concluido, tanto el Ministerio de Energía y Minas como los Gobiernos Regionales, antes mencionados, en sus respectivos Informes Situacionales, que están APTOS para ejercer dichas funciones sectoriales; la Secretaría de Descentralización ha emitido el Informe de Concordancia Nº 013-2007-PCM/SD-OTME, al encontrar concordancia entre las conclusiones de dichos Informes Situacionales, según lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, antes mencionada; Que, al haber cumplido los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Loreto y San Martín, con los requisitos especí fi cos mínimos para acceder a la transferencia de algunas de las funciones sectoriales, en materia de Salud; y, concluido, tanto el Ministerio de Salud como los Gobiernos Regionales, antes mencionados, en sus respectivos Informes Situacionales, que están APTOS para ejercer dichas funciones sectoriales; la Secretaría de Descentralización ha emitido el Informe de Concordancia Nº 014-2007-PCM/SD-OTME, al encontrar concordancia entre las conclusiones de dichos Informes Situacionales, según lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, antes mencionada; Lima, lunes 3 de setiembre de 2007