NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (09/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de setiembre de 2007 352954 VISTO: El Informe Legal Nº 80-2007-MDSM/AL, presentado por el abogado Jaime Cesar Ñaupari Robles, Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de San Marcos, mediante el cual emite opinión referente a la Carta Nº 403 – 2007 – MSC/MDSM/GDUR-J, a través del cual el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural de esta Institución solicita declarar en emergencia el desarrollo de los trabajos del proyecto, “Mejoramiento del Sistema Básico de la Localidad de Orcosh” en el tramo Km 81+785 al Km. 82 + 330, de la carretera San Marcos – Huari, y; CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos del Gobierno Local, tienen autonomía política, económicos y administrativa en los asuntos de su competencia ; Que, en su Sesión Ordinaria Nº 018-2007-MDSM, de fecha 16 de agosto del 2007, el Concejo Municipal analizó el Informe Legal Nº 80-2007-MDSM/AL, presentado por el abogado Jaime Cesar Ñaupari Robles, Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de San Marcos, mediante el cual emite opinión referente a la Carta Nº 403-2007 – MSC/MDSM/GDUR-J, a través del cual el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural de esta Institución solicita declarar en emergencia el desarrollo de los trabajos del proyecto “Mejoramiento del Sistema Básico de la Localidad de Orcosh” en el tramo Km 81+785 al Km. 82 + 330, de la carretera San Marcos – Huari; Que, el Informe Legal Nº 80-2007-MDSM/AL, el Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de San Marcos, señala que visto la Carta Nº 403-2007-MSC/MDSM/GDUR-J, a través del cual el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural de esta Institución informa; que el Jefe de Inspección de MTC, reiteradamente mani fi esta y dispone como último plazo para culminar los trabajos en la Carretera San Marcos – Huari – Sector Orcosh en el tramo Km 81+785 al Km. 82 + 330; el viernes 18 -08-2007; Que, el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural de esta Institución advierte la necesidad de declarar en emergencia el desarrollo de los trabajos del proyecto “Mejoramiento del Sistema Básico de la Localidad de Orcosh” en el tramo Km 81+785 al Km. 82 + 330, de la carretera San Marcos – Huari. Para lo cual en el punto II de la Carta antes mencionada, se ha considerado las limitaciones que se viene suscitando, de orden funcional y logístico, como son: Desabastecimiento de materiales, asimismo para el control de calidad proceso de rea fi rmado, compactado de zanjas y eliminación del material excedente, obedece a un procedimiento riguroso y controlado de ejecución, por lo que el Municipio carece de instrumentos de control de calidad de materiales y procedimientos constructivos adecuados. De los materiales de instrumentos de control de calidad, los mismos que mancomunadamente vienen siendo proporcionadas por el Consorcio Vial Chavín y el MTC. Por lo que existen limitaciones que obligan a los responsables de la obra a cumplir con el cronograma y metas trazadas en el Expediente Técnico, asimismo ha considerado el perjuicio que existiría que el MTC abandone la Obra; Que, el Art. 6º del D.S. Nº 083-2004-PCM –Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; establece dentro de los Principios de Economía que toda Adquisición o Contratación se aplicarán los criterios de Simplicidad, Austeridad, Concentración y Ahorro en el uso de los recursos, entendiéndose que debe evitarse cualquier perjuicio que se pueda ocasionar a la Entidad; Que, mediante Informe Legal Nº 80-2007-MDSM/AL, presentado por el Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de San Marcos, señala que en los expuestos en la Carta Nº 403 – 2007 – MSC/MDSM/GDUR-J encuentra Base Legal en el Art. 19º Inc. c) del D.S. Nº 083-2004-PCM; que establece de exoneración del proceso de Selección y Contratación, las que se realizan en situación de Emergencia y Desabastecimiento Inminente, declaradas con lo prescrito en dicha ley; Que, en el Art. 22º del D.S. Nº 083-2004-PCM; establece la situación de emergencia va un campo de mayor gravedad por cuanto se suscita en acontecimientos catastró fi cos y de situaciones que supongan grave peligro, que afecten la Defensa Nacional. Siendo lo viable, aplicar lo dispuesto en el Art. 21º que establece la situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE, pues trata de situaciones extraordinarias imprevisibles, que ante la ausencia de denominados bienes, servicios u obras, comprometen en forma directa e inminente, la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones, productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, facultando la Adquisición o Contratación de Bienes, Servicios u otras, solo por el tiempo y cantidad, según sea el caso para resolver la situación, y llevar a cabo el proceso de Selección. Sin perjuicio de no dispensar la responsabilidad de los que hayan conllevado a incurrir a esta situación. Lo antes mencionado con conocimiento de Contraloría General; Que, con Informe Legal Nº 80-2007-MDSM/AL, el Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de San Marcos, opina que es viable a lo solicitado por la Carta Nº 0403 -2007-MSC/MDSM/GDUR-J; aplicar lo dispuesto en el Art 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM; que faculta declarar la situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE, previa aprobación por Acuerdo de Concejo; con copia a la Contraloría General y su respectiva publicación; Luego de una deliberación y sometido a votación los señores Regidores; Antonio Aponte Caballero; Leonardo Félix Chávez Alfaro; Yodith Olga Garay Leiva y Bonifacio Nolberto Anaya Obregón, por unanimidad acordaron declarar en situación de desabastecimiento Inminente la Obra , “Mejoramiento del Sistema Básico de la Localidad de Orcosh” en el tramo Km 81+785 al Km. 82 + 330, de la carretera San Marcos – Huari, con un monto de S/. 50 000 (cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles), bajo responsabilidad del Abogado JAIME CESAR ÑAUPARI ROBLES, Asesor Legal de esta Institución; Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los Arts. 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, por mayoría el Concejo Distrital de San Marcos; ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en situación Desabastecimiento Inminente la Obra , “Mejoramiento del Sistema Básico de la Localidad de Orcosh” en el tramo Km 81+785 al Km. 82 + 330, de la carretera San Marcos – Huari con un monto de S/ 50 000 (cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración de esta Institución, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el SEACE, el instrumento de aprobación, informes, bases y demás datos relevantes según lo establece el Art 147º del Reglamento y la Directiva Nº 001-2004/CONSUCODE/PRE. Artículo Tercero.- Remítase copia del presente acuerdo así como de los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo legal respectivo. Artículo Cuarto.- Ordenar el inicio de las acciones correspondientes a los servidores que originaron este hecho debiendo de remitirse copia de todos los antecedentes adjuntos a los informes del Visto, a la Gerencia Municipal, a fi n de determinarse si en el presente caso se con fi gura actos de responsabilidad informa, a que se contrae el Tercer Párrafo del Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Jefe de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Administración, el cumplimiento del presente acuerdo, así como las demás acciones que correspondan, con arreglo a ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FÉLIX SOLORZANO LEYVA Alcalde 105552-1