NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (14/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 10
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de setiembre de 2007 353280 pertinentes, en las misiones de paz internacionales a que se comprometa el Estado Peruano, de acuerdo a ley; Que, conforme al inciso f) del artículo 46º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006 DE/SG de fecha 5 de junio de 2006, es función del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas promover y participar en misiones de paz; Que, es de interés institucional la veri fi cación e inspección al personal, equipos y vehículos de la Base “Chavín de Huántar” ubicada en la localidad de Shodecosa - Haití, por parte de O fi ciales representantes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, teniendo en cuenta que el actual Contingente de la Compañía Perú en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas (MINUSTAH), cumplirá más de TRES (3) meses de gestión en la fecha que los citados O fi ciales representantes llevarán a cabo las actividades de veri fi cación e inspección antes indicadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización Autorizar el viaje en Comisión de Servicio a la República de Haití, del 30 de setiembre al 3 de octubre de 2007, para los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, a los O fi ciales siguientes: - Contralmirante Jaime Eduardo NAVACH Gamio (4 días) - Capitán de Navío Luis Antonio RAMOS Vargas (4 días) Artículo 2º.- Gastos El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: LIMA - PUERTO PRINCIPE - LIMAUS$ 868.14 x 2 personas Viáticos para DOS (2) personas: US$ 240.00 x 4 días x 2 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 2 personas Artículo 3º.- Facultad El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la comisión a que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- Presentación de Informe Los citados O fi ciales deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002 y en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- Derecho de Exoneración La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 108252-12Autorizan viaje de personal de la FAP a Chile y EE.UU., en comisión de Servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 246-2007-DE/FAP Lima, 13 de setiembre de 2007Visto el O fi cio R-55-DISAR-Nº 1009 de fecha 3 de agosto de 2007, del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y Papeleta de Trámite Nº 3416-SGFA de fecha 7 de agosto de 2007, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Chile, del Capitán FAP BRACAMONTE ANDRADE Luis Fernando y del Técnico Inspector FAP HUAPAYA HIDALGO Néstor Orlando, quienes participarán en el intercambio de especialistas PARASAR FAP - FACH, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, del 8 al 12 de octubre de 2007; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio de la Institución; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Chile, del Capitán FAP BRACAMONTE ANDRADE Luis Fernando, y del Técnico Inspector FAP HUAPAYA HIDALGO Néstor Or lando, para que participen en el intercambio de especialistas PARASAR FAP - FACH, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, del 8 al 12 de octubre de 2007. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 577,15 x 2 personas Viáticos: US$ 200 x 5 días x 2 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 2 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 108252-13