NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (14/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de setiembre de 2007 353284 julio de 2007, conforme al cual se establece incorporar al proceso de promoción de la inversión privada los activos del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-92-PCM, normas complementarias y reglamentarias. Artículo 2º.- Encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado, la conducción del proceso de promoción de la inversión privada referido en el Artículo 1º. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 108252-17 Designan Viceministra de Economía RESOLUCIÓN SUPREMA N° 077-2007-EF Lima, 13 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, a través de la Resolución Suprema N° 066- 2007-EF del 15 de agosto de 2007 se aceptó la renuncia del Viceministro de Economía Juan Miguel Cayo Mata y se encargó al señor José Berley Arista Arbildo, Viceministro de Hacienda, las funciones correspondientes a dicho Viceministerio; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el referido encargo y designar a la persona que ocupe el cargo de Viceministro de Economía; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27594; y, Estando a lo acordado SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido el encargo de funciones de Viceministro de Economía, efectuado al señor José Berley Arista Arbildo, Viceministro de Hacienda, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar a MARÍA SOLEDAD GUIULFO SUAREZ-DURAND en el cargo de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 108252-18 Incluyen diversas cuentas divisionarias y subdivisionarias en el nuevo Plan Contable Gubernamental RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 016-2007-EF/93.01 Lima, 5 de setiembre de 2007VISTO: El informe Nº 002-2007-EF/93.10, referente a la inclusión de Cuentas divisionarias y sub-divisionarias en el nuevo Plan Contable Gubernamental. CONSIDERANDO:Que, el artículo 40º de la Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de órganos, políticas, principios, normas y procedimientos de contabilidad de los sectores público y privado, de aceptación general y aplicados a las entidades y órganos que los conforman y que contribuyen al cumplimiento de susfi nes y objetivos; Que, el artículo 42º de la mencionada Ley establece que la Dirección Nacional de Contabilidad Pública es el órgano rector del Sistema Nacional de Contabilidad, elabora y aprueba las normas, y establece los procedimientos relacionados con su ámbito; asimismo, norma los procedimientos contables para el registro sistemático de todas las transacciones de las entidades del Sector Público, con incidencia en la situación económico-fi nanciera; Que, los artículos 7º y 16º de la Ley Nº 28708 Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad con fi ere a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública las atribuciones de: emitir resoluciones que aprueban las normas y procedimientos de Contabilidad que deben regir en el Sector Público; asimismo, establece que el registro contable es el acto que consiste en anotar los datos de una transacción en las cuentas correspondientes del Nuevo Plan Contable Gubernamental, que el registro contable o fi cial es el autorizado por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, estando las entidades del Sector Público obligadas a su total cumplimiento; Que, la Dirección de Normatividad, propone la incorporación de cuentas contables en el nuevo Plan Contable Gubernamental, para estos casos se han creado cuentas divisionarias y sub divisionarias: para el registro de las operaciones que se ejecutan con la “Cuenta Corriente Central en la administración de los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados”, establecida por la Resolución Directoral Nº 037-2007-EF/77.15, para el registro contable de las operaciones derivadas de la aplicación del Decreto Supremo Nº 188-2005-EF, mediante el endeudamiento interno, en la modalidad de arrendamiento fi nanciero; así como para llevar el control de las líneas de crédito bancario, solicitado por el Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agrícola; Que, es necesario la inclusión de Cuentas divisionarias y sub divisionarias en el nuevo Plan Contable Gubernamental; y En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 40º y 42º de la Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE:Artículo Único.- Incluir en el nuevo Plan Contable Gubernamental, las cuentas divisionarias y sub-divisionarias que se detallan a continuación: 104.16 Recursos Determinados 337. Bienes en Arrendamiento Financiero393. Depreciación Acumulada de Bienes en Arrendamiento Financiero 461.04 Arrendamiento Financiero01.07 Contratos de Arrendamiento Financiero Aprobados 02.07 Contratos de Arrendamiento Financiero en Ejecución 03.04 Línea de Crédito Bancario Aprobado04.04 Línea de Crédito Bancario por utilizar. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación 107746-1