NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (14/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 11
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de setiembre de 2007 353281 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 247-2007-DE/FAP Lima, 13 de setiembre de 2007Visto el O fi cio R-55-COEN-Nº 0942 de fecha 17 de julio de 2007, del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite Nº 3189-SGFA de fecha 24 de julio de 2007, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, del 7 al 13 de octubre de 2007, del personal militar FAP que realizará el entrenamiento en Simulador de Caída Libre (Túnel de Viento Vertical), de la Compañía SKYDIVE-Arizona; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, del 7 al 13 de octubre de 2007, del personal que a continuación se indica, para que realicen el entrenamiento en Simulador de Caída Libre (Túnel de Viento Vertical), de la Compañía SKYDIVE-Arizona: Mayor FAP CANO RODRIGUEZ Jerick Danny Mayor FAP BORDA PEREZ ALBELA Gonzalo EduardoMayor FAP SERSEN MORENO Juan Jorge Capitán FAP ARRASCUE AVELLANEDA Luis Alberto Alférez FAP COLLAZOS CHAVEZ Joseph Anthony Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 1.200 x 5 personas Viáticos: US$ 220 x 7 días x 5 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 5 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 108252-14Autorizan viaje de personal FAP a Uruguay para participar en el Comité A-4 Logístico del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 248-2007-DE/FAP Lima, 13 de setiembre de 2007Visto la Papeleta de Trámite Nº 2898-SGFA de fecha 6 de julio de 2007 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Oriental del Uruguay, del Coronel FAP ALEGRE PACHECO Adolfo Federico y Coronel FAP ROMERO DIAZ César Roberto, como O fi cial de Enlace FAP ante el SICOFAA y miembro integrante del Comité A-4 Logístico, respectivamente, a fi n de participar en el COMITÉ A-4 LOGISTICO del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas, el mismo que se llevará a cabo del 7 al 12 de octubre de 2007 en la ciudad Montevideo; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Oriental del Uruguay, del Coronel FAP ALEGRE PACHECO Adolfo Federico y Coronel FAP ROMERO DIAZ César Roberto, como O fi cial de Enlace FAP ante el SICOFAA y, miembro integrante del Comité A-4 Logístico, respectivamente, a fi n de participar en el COMITÉ A-4 LOGISTICO del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas, el mismo que se llevará a cabo del 7 al 12 de octubre de 2007 en la ciudad de Montevideo. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Montevideo - Lima US$ 781.91 x 2 O fi ciales Viáticos US$ 200.00 x 6 días x 2 O fi ciales Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 2 O fi ciales Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 108252-15