Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2007 (14/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

353281

RESOLUCION SUPREMA Nº 247-2007-DE/FAP MORDAZA, 13 de setiembre de 2007 Visto el Oficio R-55-COEN-Nº 0942 de fecha 17 de MORDAZA de 2007, del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aerea del Peru y la Papeleta de Tramite Nº 3189SGFA de fecha 24 de MORDAZA de 2007, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a los Estados Unidos de MORDAZA, del 7 al 13 de octubre de 2007, del personal militar FAP que realizara el entrenamiento en Simulador de Caida Libre (Tunel de Viento Vertical), de la Compania SKYDIVE-Arizona; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a los Estados Unidos de MORDAZA, del 7 al 13 de octubre de 2007, del personal que a continuacion se indica, para que realicen el entrenamiento en Simulador de Caida Libre (Tunel de Viento Vertical), de la Compania SKYDIVE-Arizona:
Mayor Mayor Mayor Capitan MORDAZA FAP FAP FAP FAP FAP MORDAZA MORDAZA Jerick MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBELA MORDAZA MORDAZA SERSEN MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARRASCUE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Autorizan viaje de personal FAP a Uruguay para participar en el Comite A4 Logistico del Sistema de Cooperacion de las Fuerzas Aereas Americanas
RESOLUCION SUPREMA Nº 248-2007-DE/FAP MORDAZA, 13 de setiembre de 2007 Visto la Papeleta de Tramite Nº 2898-SGFA de fecha 6 de MORDAZA de 2007 del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica Oriental del Uruguay, del MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Oficial de Enlace FAP ante el SICOFAA y miembro integrante del Comite A-4 Logistico, respectivamente, a fin de participar en el COMITE A-4 LOGISTICO del Sistema de Cooperacion de las Fuerzas Aereas Americanas, el mismo que se llevara a cabo del 7 al 12 de octubre de 2007 en la MORDAZA Montevideo; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica Oriental del Uruguay, del MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Oficial de Enlace FAP ante el SICOFAA y, miembro integrante del Comite A-4 Logistico, respectivamente, a fin de participar en el COMITE A-4 LOGISTICO del Sistema de Cooperacion de las Fuerzas Aereas Americanas, el mismo que se llevara a cabo del 7 al 12 de octubre de 2007 en la MORDAZA de Montevideo. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - Montevideo - MORDAZA US$ 781.91 x 2 Oficiales Viaticos US$ 200.00 x 6 dias x 2 Oficiales Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 2 Oficiales Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 108252-15

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 1.200 x 5 personas Viaticos: US$ 220 x 7 dias x 5 personas Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 5 personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado Personal, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 108252-14

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