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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (14/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de setiembre de 2007 353288 Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 108252-20 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Colombia para recibir tratamiento médico quirúrgico especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 059-2007-IN/PNP Lima, 13 de setiembre de 2007VISTO, la propuesta de autorización de viaje al extranjero de personal policial para recibir tratamiento médico quirúrgico, remitida por el Director General de la Policía Nacional del Perú mediante O fi cio Nº 6016-2007- DIRGEN.PNP/SG del 20 de junio de 2007; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Acta de Junta Médica Intersanidades Nº 04-2006 HN.LNS.PNP-DIVCIR.DEP.OFT del 21 de marzo de 2006, se acordó que el Especialista Brigadier de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto VALLEJOS ALVARADO requiere tratamiento médico quirúrgico del ojo derecho, extracción de aceite de silicona y pelamiento de membranas epiretinales; por lo que se recomienda que el tratamiento sea realizado en la Clínica Barraquer - Oftalmos S.A. de Bogotá-Colombia, lugar donde le fue realizada una intervención quirúrgica previa; Que, mediante Carta del 19 de mayo de 2006, la citada clínica señala que el Especialista Brigadier de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto VALLEJOS ALVARADO, debe permanecer dos meses en el país, y que el valor aproximado en dólares para la atención es de US$ 2 792.29 (DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 29/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, mediante Devolución Nº 72-2006-SDT-FOSPOLI del 23 de agosto de 2006, el Directorio del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú informa que mediante sesión ordinaria Nº 10 del 23 de agosto de 2006, se acordó autorizar a la Dirección Ejecutiva de la Dirección de Salud de la Policía Nacional del Perú, para que realice la transferencia de US$ 2 792.29 (DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 29/100 DÓLARES AMERICANOS) a la Clínica Barraquer - Oftalmos S.A. de Bogotá-Colombia, para el tratamiento médico quirúrgico especializado del ojo derecho y extracción de aceite de silicona y pelamiento de membranas epiretinales al Especialista Brigadier de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto VALLEJOS ALVARADO; Que, mediante O fi cio Nº 264-06-FOSPOLI-GG- DTE del 29 de agosto de 2006, el Director Ejecutivo de Administración de los Servicios de Salud de la Policía Nacional del Perú solicita continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Suprema que autorice el viaje del Especialista Brigadier de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto VALLEJOS ALVARADO para su tratamiento especializado en la Clínica Barraquer - Oftalmos S.A. de Bogotá-Colombia; Que, mediante Informe Nº 407-2006-DIREJADM- DIRECFIN-PNP-DEP/DA.SDB del 17 de noviembre de 2006, el jefe de la Sección de Derechos y Bene fi cios de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, concluye que el monto que requiere ser abonado por concepto de remuneración por tratamiento médico asciende a la suma de US$ 7 392.00 (SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú remite el proyecto de Liquidación de pasajes e impuesto por la suma de US$ 444.25 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 25/100 DÓLARES AMERICANOS) a nombre del Especialista Brigadier de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto VALLEJOS ALVARADO; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se re fi ere la Ley Nº 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje del servidor de la Policía Nacional del Perú referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta viable autorizar dicho viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27238, Ley de la Policía Nacional del Perú, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN, el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, que aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero al Especialista Brigadier de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto VALLEJOS ALVARADO para recibir tratamiento médico quirúrgico especializado en la Clínica Barraquer - Oftalmos S.A. de Bogotá de la República de Colombia por el período de dos meses, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú abonará al mencionado servidor de la Policía Nacional del Perú la suma de US$ 7 392.00 (SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) por concepto de remuneración por tratamiento médico en el extranjero; así mismo sufragará el gasto por concepto de pasajes y tasas de embarque por la suma de US$ 444.25 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 25/100 DÓLARES AMERICANOS). Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú asumirá los gastos que demande el tratamiento médico quirúrgico especializado del Especialista Brigadier de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto VALLEJOS ALVARADO en la Clínica Barraquer - Oftalmos S.A. de Bogotá de la República de Colombia, por la suma de US$ 2 792.29 (DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 29/100 DÓLARES AMERICANOS). Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados