Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2007 (14/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de setiembre de 2007

integracion social, economica y cultural; en tal sentido, el articulo 3º de dicha ley dispone que la persona con discapacidad tiene iguales derechos que los que asisten a la poblacion en general, sin perjuicio de aquellos derechos especiales derivados del derecho a la proteccion especial a la persona con discapacidad establecido por el articulo 7º de la Constitucion Politica; asimismo, mediante el articulo unico de la Ley Nº 27408, se dispuso que en los lugares de atencion al publico las mujeres embarazadas, las ninas, ninos, las personas adultas mayores y con discapacidad, deberan ser atendidas y atendidos preferentemente, y que, asimismo, los servicios y establecimientos de uso publico de caracter estatal o privado deberan implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado para las mismas; motivo por el cual los adultos mayores, las mujeres embarazadas y las personas con discapacidad tambien deben tener facilidades y atencion preferente al momento de ejercer su voto; Que, atendiendo a lo senalado, mediante Resolucion Jefatural Nº 080-2006-J/ONPE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de marzo de 2006, se aprobo el instrumento normativo denominado "Disposiciones sobre el MORDAZA Rapido", cuyo articulo 5º establece las competencias que tienen diversas unidades organicas o funcionarios de la ONPE, respecto al cumplimiento de tales disposiciones; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 099-2007-J/ ONPE se aprobo el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, resultando necesario adecuar las competencias senaladas por el articulo 5º de las "Disposiciones sobre el MORDAZA Rapido", a la nueva estructura organica establecida por el referido reglamento; Que, de conformidad con el inciso g) del articulo 5° de la Ley Organica de la ONPE, este organismo dicta las resoluciones y reglamentacion necesaria para su funcionamiento; en tal sentido, siendo una de sus funciones garantizar a los ciudadanos el ejercicio del derecho del sufragio, de conformidad con el inciso i) del referido articulo, le corresponde establecer las disposiciones necesarias para dicho efecto; y con el visado de la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral, de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional, de la Gerencia de Capacitacion, Investigacion y Asistencia Tecnica Electoral, de la Oficina General de Planificacion y Desarrollo Electoral, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo 5º de las "Disposiciones sobre el MORDAZA Rapido", aprobadas mediante Resolucion Jefatural Nº 080-2006-J/ONPE, en los siguientes terminos: "Articulo 5.- Competencias de las unidades organicas de la ONPE La Gerencia de Informacion y Educacion Electoral es responsable de producir las tarjetas de MORDAZA rapido, conforme al formato que esta determine, asi como de proveer de tales tarjetas a cada Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, de acuerdo a sus requerimientos. Asimismo, conserva el archivo de las solicitudes de expedicion de tarjetas de MORDAZA rapido presentadas y las constancias de su atencion. Los Jefes de las ODPE evaluaran las solicitudes recibidas y, de ser procedentes, las atenderan. Tambien informaran a la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral, a traves del Centro de Soporte, sobre las solicitudes recibidas y atendidas, adjuntando la documentacion sustentatoria; y adoptaran las medidas necesarias para que los coordinadores de local y de mesa garanticen el cumplimiento de lo establecido en estas disposiciones. El Coordinador de Local de Votacion es responsable de cumplir y hacer cumplir estas disposiciones en el local de votacion a su cargo. La Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional es responsable de monitorear el cumplimiento de estas disposiciones en cada Oficina Descentralizada de Procesos Electorales.

La Gerencia de Capacitacion, Investigacion y Asistencia Tecnica Electoral debe adoptar las medidas necesarias para que estas disposiciones se incluyan en las capacitaciones a los miembros de mesa y a los voluntarios electorales." Articulo Segundo.- Poner la presente resolucion en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional 107514-2

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA La Punta
RESOLUCION JEFATURAL Nº 763-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 4 de setiembre de 2007 VISTOS: el Informe Nº 001386-2007/SGREC/GOR/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil y el Informe Nº 1001-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por la Ley 26497 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA

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