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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (14/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de setiembre de 2007 353312 VISTOS: El Informe Nº 311-2007/COEN/SINADECI del 29.AGO.2007; los Informes de Disponibilidad Presupuestal Nºs. 375-2007, 376-2007, 378-2007, 380-2007, 381-2007 y 385-2007, del 29.AGO.2007; el Memorandum Nº 463-2007/INDECI/DNO/11.0 del 20.AGO.2007; el Informe Técnico Nº 063-2007-INDECI/12.0 del 31.AGO.2007; el Informe Legal Nº 118-2007-INDECI/5.0 de fecha 01.SET.2007, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, del 16.AGO.2007, se declaró en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima, por un plazo de sesenta (60) días, debido a la ocurrencia de un fuerte sismo que ocasionó la pérdida de vidas humanas, heridos y considerables daños materiales, habiéndose ampliado posteriormente dicha declaratoria de emergencia a través del Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM del 17.AGO.2007 y el Decreto Supremo Nº 075-2007-PCM del 23.AGO.2007 a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica; así como a toda la provincia de Yauyos del departamento de Lima; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 068-2007- PCM, dispone que el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, entre otras entidades estatales, ejecutará las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 120-2007- EF, se autorizó la transferencia de partidas a favor del INDECI hasta por la cantidad de S/. 3’000,000.00 (Tres millones con 00/100 nuevos soles), destinados a brindar atención de emergencia en el caso de la población afectada por el sismo. Asimismo, mediante Decreto de Urgencia Nº 024-2007 del 16.AGO.2007, se dispuso la transferencia de partidas al INDECI hasta por la cantidad de S/. 1’575,000.00 (Un millón quinientos setenta y cinco mil con 00/100 nuevos soles), también con el mismo objeto; Que, el Informe de Emergencia Nº 311-2007/COEN/ SINADECI del 29.AGO.2007, expedido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional – COEN, se informa acerca del movimiento sísmico que afectó a los departamentos de Ica, Lima y Huancavelica, el cual registró su epicentro en Sur Oeste de Lima, en la provincia de Pisco del departamento de Ica, describiendo las acciones efectuadas por el INDECI en las regiones afectadas desde la fecha de la ocurrencia del sismo hasta la fecha de emisión del Informe antes mencionado; Que, mediante Memorando Nº 463-2007/INDECI/11.0, de fecha 20.AGO.2007, la Dirección Nacional de Operaciones del INDECI, comunica a la Sub Jefatura de la institución que ha recibido el requerimiento de los diferentes Centros de Operaciones de Emergencia Regional, para efectuar la distribución de un promedio de 30,000 carpas multifamiliares destinadas a la atención de la población damni fi cada por el sismo del 15.AGO.2007, solicitando de acuerdo con ello, que se autorice a la Dirección Nacional de Logística, para adquirir 28,000 carpas que serán distribuidas en las zonas afectadas de los departamentos de Ica, Lima, Ayacucho y Huancavelica; Que, conforme a lo indicado en el Informe Técnico Nº 063-2007-INDECI/12.0, de fecha 31.AGO.2007, la Dirección Nacional de Logística del INDECI ha venido ejecutando las acciones necesarias para la adquisición de bienes de ayuda humanitaria (frazadas, carpas, cintas de embalaje, combustible, carretillas, palas y picos) y la contratación de servicios, destinados a la atención de la situación de emergencia producida por el sismo del 15.AGO.2007, siendo que dichas acciones totalizan a la fecha la cantidad de S/. 1’547,891.36 (Un millón quinientos cuarenta y siete mil ochocientos noventa y uno con 36/100 nuevos soles) con cargo a regularizar dichas acciones, en aplicación del artículo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, que de fi ne la situación de emergencia, como causal de exoneración de un proceso de selección; Que, además, el inciso c) del artículo 19º de la Ley, establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, de otro lado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días siguientes a la fi nalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad; Que, en tal sentido, siendo necesario cancelar el compromiso adquirido por la adquisición de bienes de ayuda humanitaria y la contratación de servicios para atender la situación de emergencia señalada, la Dirección Nacional de Logística solicita emitir la Resolución de aprobación de la exoneración a fi n de regularizar los procesos de selección correspondientes, para lo cual se cuenta con los Informes de Disponibilidad Presupuestal de vistos; Que, de otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 016-2007-INDECI de fecha 15.ENE.2007, y sus modi fi catorias, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI, para el Año Fiscal 2007; Que, asimismo, en aplicación de las normas legales mencionadas se veri fi ca que la adquisición de bienes de ayuda humanitaria y la contratación de servicios para la atención de la emergencia ocurrida por el sismo del 15.AGO.2007, debe incluirse en mencionado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECI para el Año 2007; Que, en mérito a lo expuesto, de conformidad con las normas glosadas y considerando lo informado por la Dirección Nacional de Logística, y por la O fi cina de Asesoría Jurídica en los informes técnico y legal de vistos, procede la regularización de la adquisición de bienes de ayuda humanitaria y la contratación de servicios requeridos para la atención de la emergencia mencionada, considerando un monto ascendente de S/. 1’547,891.36 (Un millón quinientos cuarenta y siete mil ochocientos noventa y uno con 36/100 nuevos soles); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, y sus modi fi catorias, respectivamente; Que, conforme a lo dispuesto en la Resolución Jefatural Nº 118-2007-INDECI, del 04.ABR.2007, se encarga al Sub Jefe del INDECI el Despacho de la Jefatura Institucional en el caso que el Jefe del INDECI se encuentre fuera del territorio nacional o fuera de la localidad de Lima Metropolitana, en aplicación de lo dispuesto en el inciso b) del artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y normas modi fi catorias; En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modi fi catorias y complementarias y el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, la Resolución Jefatural Nº 118-2007-INDECI, y con las visaciones de la Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Logística, de la Unidad de Abastecimiento, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI para