NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 68
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de setiembre de 2007 354282 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 066 de fecha 18 de marzo de 2004, en aplicación del artículo 14º de la Ordenanza Nº 490-MML, se eligió considerando y respetando los resultados obtenidos en la consulta popular efectuada en el Centro Poblado de Santa María de Huachipa a la señora María Angélica Fonseca Espinosa como Alcaldesa y a los cinco regidores que la acompañarían en la gestión municipal; Que, mediante Ley Nº 28440 se norma el proceso de la elección democrática de Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de Centros Poblados, de acuerdo a lo previsto en el artículo 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28440 las autoridades municipales de centros poblados que hayan sido electas bajo la vigencia de la Ley Nº 23853 culminarán su mandato a los cuatro (4) años contados a partir de su designación o elección; Que, el período de las autoridades elegidas mediante Acuerdo de Concejo Nº 066 de fecha 18 de marzo de 2004 vence el 18 de marzo de 2008; Que, en ese sentido y en atención a lo dispuesto por el artículo 2º de la precitada Ley el Alcalde Provincial debe convocar a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones; y; Estando a lo expuesto y con las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Elecciones Municipales en el Centro Poblado de Santa María de Huachipa Jurisdicción de la Provincia de Lima, período 2008 – 2011, a llevarse a cabo el día 3 de febrero de 2008, por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la administración las acciones que correspondan tendientes a coadyuvar en bene fi cio del cumplimiento del presente mandato de Ley. Artículo Tercero.- Comunicar al Jurado Nacional de Elecciones lo resuelto a través de la presente resolución de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 113493-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Incluyen en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad la obra “Pavimentación de las Dos Últimas Cuadras de la Av. Los Nogales y Adyacentes - Zona D” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 173-2007-ALC/ML Lurín, 6 de setiembre de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN VISTO: El Informe Nº 465-2007-SGL/ML de fecha 6 de setiembre del 2007, respectivamente presentado por el Subgerente de Logística. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe del visto, el Subgerente de Logística, solicita la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Lurín en lo que se re fi ere al ítem Nº 63, Ejecución de Obra : “Pistas de las Dos Ultimas Cuadras de la Av. Los Ángeles y Adyacentes (4 cuadras)”, por un valor que asciende a S/. 100,000.00 (Cien mil con 00/100 Nuevos Soles), bajo la modalidad de Menor Cuantía; Que, el numeral 2) de las Disposiciones Especi fi cas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones considerará todas las adquisiciones y contrataciones cuyos procesos de selección, sea que se trate de licitaciones públicas, concursos públicos o adquisiciones directas públicas o selectivas, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía programables, se convocarán durante el correspondiente ejercicio presupuestal; Que, el numeral 7) de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, en concordancia con los artículos 27º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones puede ser modi fi cado en cualquier momento, durante el curso del Ejercicio Presupuestal, siempre que se produzca una reprogramación de las metas institucionales propuestas o una modi fi cación del presupuesto institucional y debe ser aprobado por el titular del Pliego o la máxima autoridad Administrativa de la entidad, así como, comunicado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones – CONSUCODE y a la Comisión de la Pequeña y Microempresa – PROMPYME; Que, la Gerencia de Administración, mediante Informe Nº 470-2007-GA/ML, remite el Informe Nº 465-2007-SGL/ML, de la Subgerencia de Logística, referente a la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Lurín, para su aprobación mediante Resolución de Alcaldía; En uso de las facultades que le con fi ere el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Lurín, mediante la inclusión de la Menor Cuantía, Ejecución de Obra “Pavimentación de las Dos Ultimas Cuadras de la Av. Los Nogales y Adyacentes – Zona D”, con un valor que asciende a S/. 95,985.22 (Noventa y cinco mil novecientos ochenta y cinco con 22/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- Disponer que la Subgerencia de Logística es la dependencia responsable de plani fi car los procesos de selección en armonía con las metas institucionales propuestas y respetando el Presupuesto Institucional aprobado. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE y de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa – PROMPYME, la presente Resolución dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el Artículo Primero, sea puesto a disposición del público para ser revisado y/o adquirido en la Subgerencia de Logística. Artículo Quinto.- Disponer que la Subgerencia de Informática y Telecomunicaciones publique la presente Resolución y el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2007 en el portal de la Municipalidad de Lurín. Artículo Sexto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, dentro del plazo establecido en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 113321-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Otorgan exoneración y/o fraccionamiento de pago de derecho administrativo por concepto de servicios de Cementerio-Nicho a personas que acrediten la condición de pobreza y/o situación excepcional para asumir el costo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015 -MDP/C Pachacámac, 21 de agosto de 2007