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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de setiembre de 2007 354269 Técnica a través del O fi cio Nº 063-2007-DIRCOCOR-PNP- DIVPACGR/OPACGR-PUNO de 02.MAR.2007 a la Fiscalía Provincial Mixta de Moho - Puno, a fi n que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de los delitos de Colusión, Peculado y Falsi fi cación de Documentos, ilícitos previstos y sancionados por los artículos 384º, 387º y 427º del Código Penal, respectivamente; Que, en el marco de la defensa oportuna de los intereses del Estado, la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República ha solicitado mediante el Memorando de Vistos se autorice su apersonamiento ante el Primer Juzgado Mixto de Moho, quien mediante Resolución Nº 01 de 16.ABR.2007 ha resuelto abrir instrucción en la vía del Proceso Ordinario (Expediente Nº 2007-0008P), por los delitos de Colusión, Peculado y Falsi fi cación de Documentos; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en los documentos de Vistos; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en los documentos de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 113293-2 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 319-2007-CG Lima, 26 de setiembre de 2007 VISTO, el Informe Especial Nº 158-2007-CG/ORCA, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, provincia de Hualgayoc – Bambamarca, Cajamarca, período 01.ENE.2003 al 31.DIC.2004, el cual fue ampliado al año 2005, relacionado con la ejecución de obras; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Control de la O fi cina Regional de Control Cajamarca, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, a fi n de veri fi car si la ejecución de obras y utilización de los recursos del FONCOMUN y Canon Minero, se han realizado de acuerdo a la normativa; Que, la Comisión Auditora ha determinado que durante los años 2003, 2004 y 2005, existieron irregularidades en los procesos de selección, contratación y ejecución de las obras “Construcción Trocha Carrozable Coymolache – Pingullo Alto”, “Construcción Plaza de Armas de Hualgayoc – Primera Etapa” y “Pistas y Veredas Jr. Sucre”, habiéndose evidenciado que, aún cuando no se han iniciado los trabajos de ejecución de las referidas obras, se han efectuado pagos por supuestos adelantos a nombre del contratista según los comprobantes de pago emitidos, siendo que los cheques correspondientes fueron girados y cobrados por funcionarios de la entidad y terceros, lo que ha originado un perjuicio a la entidad por S/. 321 718,73, S/. 303 593,54 y S/. 117 010,00 por obra respectivamente; asimismo, se ha evidenciado que un funcionario de la entidad suscribió comprobantes de pago y cheques pese a no corresponderle dicha función; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Usurpación de Funciones, Colusión Ilegal, Peculado y Falsedad Genérica, previstos y penados en los artículos 361º, 384º, 387º y 438º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituyen atributos de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal; correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de visto; y, De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 113293-4 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio económico a la Municipalidad Provincial de Talara RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 318-2007-CG Lima, 26 de setiembre de 2007 VISTO, el Informe Especial Nº 157-2007-CG/ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Talara, Piura, período 01.Ene.2004 – 31.Dic.2005; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Control de la O fi cina Regional de Control Piura, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a la mencionada entidad, a fi n de establecer entre otros aspectos, si las adquisiciones de bienes, contratación de servicios, de obras de infraestructura y otras operaciones de la entidad durante el período indicado, se ejecutaron cumpliendo con la normativa vigente, así como determinar la veracidad de las denuncias presentadas ante este Organismo Superior de Control; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control, la Comisión Auditora ha evidenciado la existencia de una serie de irregularidades en la Obra “Ampliación de Servicios Higiénicos y Remodelación Salón Posta Médica Quiñones”, consistentes en la aprobación de un Expediente Técnico sin contar con un estudio de mecánica de suelos, en el Cuaderno de Obra no se ha registrado el avance mensual y los controles diarios de ingreso y salida de materiales; asimismo, se ha evidenciado un excesivo gasto en mano de obra, sin que existan los informes técnicos pertinentes, mediante los cuales se sustente de manera cualitativa y no sólo cuantitativa los aspectos limitantes que derivaron en una aplicación en exceso de recursos destinados para dicho rubro; ocasionando con ello, un perjuicio económico a la Municipalidad por S/. 114 374,18, el mismo que debe ser resarcido de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1321º del Código Civil;