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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de setiembre de 2007 354268 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 053-2007-CG/ SOA de 24.SET.2007, de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre autorización al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA a conducir directamente el proceso de selección para la designación de una Sociedad de Auditoría, que efectúe la auditoría fi nanciera del Proyecto Desarrollo Forestal de los Bosques Húmedos Tropicales de la Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas / INRENA, período AGO - DIC.2006; CONSIDERANDO:Que, con la Resolución de Contraloría Nº 208-2007-CG de 15.Jun.2007 correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 02-2007-CG, se declaró desierto el Concurso Público de Méritos por segunda vez, para el Proyecto Desarrollo Forestal de los Bosques Húmedos Tropicales de la Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas / INRENA; Que, el artículo 49º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, establece que cuando el concurso público de méritos se declare desierto respecto de una Entidad solicitante por dos (2) veces, mediante Resolución, la Contraloría General determinará si autoriza a la Entidad a conducir directamente un proceso de selección para la designación de una Sociedad, si incluye la solicitud de designación en otro concurso público de méritos o si conduce un concurso de méritos por invitación con sujeción a lo dispuesto por el artículo 52º del Reglamento; Que, el proceso de selección a cargo de la Entidad a que se re fi eren los artículos 49º y 52º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, debe sujetarse a las bases aprobadas para el Concurso Público de Méritos Nº 02-2007-CG; Que, el artículo 52º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, señala que el proceso de selección a cargo de la Entidad para la designación de una Sociedad se sujeta a lo establecido por los artículos 23º, 24º y 25º, a las limitaciones y demás disposiciones contenidas en el Reglamento, en lo que resulte aplicable; precisándose que el proceso de selección se realiza a través de un concurso de méritos por invitación, debiendo la Entidad invitar, por lo menos a tres Sociedades que cumplan los requisitos señalados en las bases y el Reglamento; Que, el artículo 53º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, establece que el proceso de selección a cargo de la entidad autorizado por la Contraloría General se sujeta a su control posterior, recayendo en el titular de la entidad y en los miembros de la Comisión Especial la responsabilidad del cumplimiento de las disposiciones del Reglamento, las bases del concurso y demás disposiciones que dicte la Contraloría sobre la materia; Que, conforme al documento de visto, se determina que corresponde autorizar al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA a conducir el proceso de selección para la designación de una sociedad de auditoría que efectúe la auditoría fi nanciera del Proyecto Desarrollo Forestal de los Bosques Húmedos Tropicales de la Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas / INRENA, período AGO - DIC.2006; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA a conducir el proceso de selección para la designación de una sociedad de auditoría que efectúe la auditoría fi nanciera del Proyecto Desarrollo Forestal de los Bosques Húmedos Tropicales de la Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas / INRENA, período AGO - DIC.2006. Artículo Segundo.- La sociedad de auditoría designada deberá encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades de la Contraloría General. El Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA presentará a la Contraloría General de la República, en un plazo no mayor de cinco días calendario de culminado el proceso de selección a su cargo, un informe exponiendo las actividades desarrolladas y los resultados, adjuntando la documentación correspondiente, así como copia de la propuesta ganadora. Artículo Tercero.- El Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y las sociedades de auditoría postoras se sujetan a lo dispuesto en las bases del proceso de selección, el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, disposiciones del Sistema Nacional de Control y demás normas que sean pertinentes. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría y al Departamento de Auditorías Financieras, órgano dependiente de la Gerencia del Sector Económico, la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 113293-1 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Provincial de Moho y de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 317-2007-CG Lima, 25 de setiembre de 2007 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 018-2007-CG/GDPC de 20.AGO.2007, los Ofi cios Nºs. 063-2007-DIRCOCOR- PNP-DIVPACGR/OPACGR-PUNO de 2.MAR.2006 y 114-2007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG de 21.MAR. 2007; el Me morando Nº 842-2007-CG/PP de 06.JUN.2007 de la Procuraduría Pública, el Atestado Nº 035-2 007- DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG-OPA-PUN de 2.MAR.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en la Municipalidad Provincial de Moho – departamento de Puno, y; CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 1804-2006-CG/DC de 27.SET.2006 la Contraloría General de la República designó una Comisión, con la fi nalidad de veri fi car denuncias presentadas sobre presuntas irregularidades cometidas por funcionarios y ex funcionarios de la Municipalidad Provincial de Moho – Departamento de Puno, durante el período comprendido entre los años 2003 al 2005; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Veri fi cación de Denuncias Nº 001-2006-CG/ ORPU de 13.NOV.2006, en el cual se ha determinado que durante los ejercicios 2003, 2004 y 2005, la Municipalidad Provincial de Moho adquirió combustibles y lubricantes por un monto de S/. 624 187,95 a proveedores de la localidad, sin haber realizado ningún proc eso de selección, pese a que por dicho importe correspondía la realización de procesos de Adjudicación Directa, conforme a las Leyes de Presupuesto de los mencionados años; además, en los contratos suscritos se consignó que los proveedores cumplían con los requisitos para brindar el suministro de combustible, pese a que no contaban con Licencia Municipal, ni autorización de las entidades pertinentes del Sector Público para realizar dicha actividad econó mica ; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad