Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2008 (03/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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A partir de 51 trabajadores por turno

NORMAS LEGALES
Por cada turno: 1 (un) ingeniero residente o supervisor y 1 (un) ingeniero de seguridad (ingeniero de minas o ingeniero geologo), ambos con experiencia minima de 3 (tres) anos en seguridad e higiene minera."

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2008

Articulo 2º.- Derogacion Derogar el MORDAZA parrafo del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 005-2008-EM. Articulo 3º.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por los Ministros de Energia y Minas y de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA PASCO COSMOPOLIS Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 183475-2

con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 047-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de COMPANIA MINERA PODEROSA S.A., que se identificara con el codigo Nº 21155407, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en las futuras centrales hidroelectricas en cascada C.H. Quishuar, potencia instalada 7,8 MW; C.H. Lavasen, potencia instalada 5,0 MW; C.H. Nimpana, potencia instalada 18,4 MW; C.H. Cativen, potencia instalada 22,0 MW; C.H. Pinuto, potencia instalada 5,4 MW; C.H. Paraiso, potencia instalada 5,6 MW; haciendo una potencia instalada total de 64,2 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Condormarca y Pataz, provincias de MORDAZA y Pataz, departamento de La MORDAZA, por un plazo de quince (15) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 ESTE 217 682 219 579 219 783 212 709 207 913 208 670 204 724 204 137 NORTE 9 159 252 9 153 478 9 148 577 9 143 977 9 143 980 9 150 319 9 156 381 9 159 204

Otorgan concesion temporal a Compania Minera Poderosa S.A. para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 144-2008-MEM/DM MORDAZA, 14 de marzo de 2008 VISTO: El Expediente Nº 21155407, sobre otorgamiento de concesion temporal de generacion para desarrollar estudios de las futuras centrales hidroelectricas en cascada C.H. Quishuar, C.H. Lavasen, C.H. Nimpana, C.H. Cativen, C.H. Pinuto y C.H. Paraiso, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por COMPANIA MINERA PODEROSA S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 01204769 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede Lima; CONSIDERANDO: Que, COMPANIA MINERA PODEROSA S.A. mediante documento con registro de ingreso Nº 1743648, de fecha 13 de diciembre de 2007, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de las futuras centrales hidroelectricas en cascada C.H. Quishuar, C.H. Lavasen, C.H. Nimpana, C.H. Cativen, C.H. Pinuto y C.H. Paraiso, para una potencia instalada total de 64,2 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Condormarca y Pataz, provincias de MORDAZA y Pataz, departamento de La MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y a cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 178628-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Exoneran de MORDAZA de seleccion el suministro de alimentos para personas de comedores de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 030-2008-SBP-C/P Callao, 14 de marzo de 2008

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