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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (03/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de abril de 2008 369883 VISTO: El Informe Nº 200-2008-SBP-C-OA referente al peligro inminente de desabastecimiento de suministro de Alimentos para Personas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 1 de marzo de 2007 fue convocado el Proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 001- 2007-SBP-CALLAO para el Suministro de Alimentos para Personas de los comedores de nuestra institución, suscribiéndose los contratos respectivos con las empresas adjudicadas con la Buena Pro, cuyo período de vigencia fue hasta el mes de diciembre de 2007; Que, en aplicación del Art. 236º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao celebró adendas para el suministro complementario de alimentos para personas y así cubrir las necesidades de la institución hasta el 24 de marzo de 2008; Que, con fecha 29 de enero del presenta año la Ofi cina de Administración recepcionó el Memorando Nº 089-2008-SBP-C-GPAS con el cual la Gerencia de Producción y Asistencia Social remite el requerimiento de alimentos para el período comprendido entre el 18 de febrero al 31 de diciembre de 2008, el mismo que fuera observado requiriendo modifi cación de los alimentos a ser adquiridos, sin que hasta la fecha se haya cumplido con efectuar la modifi cación dispuesta; Que, la Ofi cina de Administración mediante Memorándums Nºs. 192 y 207-2008-SBP-C-OA de fecha 7 y 11 de febrero de 2008 respectivamente, solicitó a la Gerencia de Producción y Asistencia Social de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao, la remisión del requerimiento de alimentos para el período febrero – diciembre 2008 respecto a los dos locales recientemente implementados por la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao, en cumplimiento de las metas programadas para el presente año y que son la Cuna Jardín Los Conejitos y el Comedor Nº 04, a fi n de considerarlos dentro del Plan Anual de Adquisiciones de la institución, evitando así un desabastecimiento inminente, solicitud que no fue atendida en su oportunidad por lo que debió publicarse el precitado plan de adquisiciones sin considerar los alimentos a ser suministrados por la Cuna Jardín Los Conejitos y el Comedor Nº 04; Que, con fecha 20 de febrero de 2008, se solicitó al Comité Especial para el Proceso de Licitación Pública Nº 001-2008-SBP-CALLAO, la elaboración de las bases administrativas para el suministro de alimentos acorde al plan anual de adquisiciones, siendo remitidas a la Ofi cina de Administración mediante Informe Nº 001-2008-SBP-C-CE del 25 de febrero de los corrientes y aprobadas para su publicación por la Gerencia General mediante Memorando Nº 106-2008-SBP-C-GG; Que, de conformidad con lo señalado en el Art. 102º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao cumplió con realizar la Pre Publicación de la Bases Administrativas del Proceso de Licitación Pública Nº 001-2008-SBP-CALLAO el 25 de febrero de 2008, proyectándose como fecha de convocatoria el 4 de marzo de 2008 y como fecha del acto público el 25 de marzo de 2008, sin contar el período que transcurriría en el caso de que los postores presentaran observaciones para ser elevadas ante el Tribunal del CONSUCODE; y sin considerar que para el consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro deben transcurrir ocho (8) días hábiles posteriores al otorgamiento de la misma, pudiendo recién contratar a partir del 8 de abril de 2008, con los postores adjudicados, el suministro de alimentos para los comedores de nuestra institución; Que, con fecha 29 de febrero de 2008 la Gerencia de Producción y Asistencia Social mediante Memorando Nº 195-2008-SBP-C-GPAS remite a la Ofi cina de Administración el nuevo cuadro de requerimiento de alimentos para el período abril – diciembre 2008, siendo distinto al requerimiento de alimentos bajo el cual se sustentaban las Bases Administrativas Pre Publicadas el 25 de febrero de 2008, motivo por el que se solicitó al Comité Especial designado para el Proceso de Licitación Pública Nº 001-2008-SBP-CALLAO, la elaboración de nuevas Bases Administrativas para el suministro de alimentos de acuerdo al requerimiento de la Gerencia de Producción y Asistencia Social, siendo remitidas a la Ofi cina de Administración mediante Informe Nº 003-2008-SBP-C-CE del 29 de febrero de los corrientes y aprobadas para su publicación por la Gerencia General mediante Memorando Nº 114-2008-SBP-C-GG del 29 de febrero del año en curso; Que, de conformidad con lo señalado en el parágrafo precedente y en aplicación de lo dispuesto en el Art. 102º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao cumplió con realizar la Pre Publicación de la Bases Administrativas del Proceso de Licitación Pública Nº 001-2008-SBP-CALLAO el 29 de febrero de 2008, proyectándose como fecha de convocatoria el 10 de marzo de 2008 y como fecha del acto público de otorgamiento de la Buena Pro el 1 de abril de 2008, de conformidad con lo establecido en el Art. 98º de la norma acotada, la cual señala que en Licitaciones Públicas, el plazo entre la fecha de convocatoria y de presentación de propuestas no puede ser menor a quince (15) días hábiles, a computarse a partir del día siguiente de la notifi cación de la Convocatoria en el SEACE, sin contar el período que transcurriría en el caso de que los postores presentaran observaciones para ser elevadas ante el Tribunal del CONSUCODE; y sin considerar que para el consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro deben transcurrir ocho (8) días hábiles posteriores al otorgamiento de la misma, pudiendo recién contratar a partir del 11 de abril de 2008, con los postores adjudicados, el suministro de alimentos para los comedores de nuestra institución; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao quedará desabastecida del suministro de alimentos para los comedores de la institución a partir del 24 de marzo y hasta el 11 de abril de 2008; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, considera en su Art. 21º la situación de desabastecimiento inminente, señalando que es “aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial”; dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; situación considerada en el inc. c) del Art. 19º de la norma en referencia; Que, por lo expuesto, resulta necesario llevar a cabo la exoneración de Proceso de Selección por situación de desabastecimiento inminente del suministro de alimentos para los comedores de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao; Estando al Informe Nº200-2008-SBP-C-OA de la Ofi cina de Administración, así como al Acuerdo de Directorio Nº 012-2008-SBP-C/D, adoptado en Sesión Ordinaria de Directorio Nº 007-2008-SBP-C/D del 13 de marzo de 2008; contando con las visaciones de la Gerencia General, Ofi cina de Administración, Ofi cina de Planifi cación, Gerencia de Producción y Asistencia Social y Asesoría Jurídica; y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 092-2007/MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración de proceso de selección para el suministro de alimentos para personas de los comedores de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao, por situación de desabastecimiento inminente, supuesto regulado en el artículo 19º literal c) del texto único ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Abastecimiento de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao, la adquisición del suministro de alimentos para personas de los comedores de la institución, a que se contrae el artículo precitado.