Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2008 (03/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2008

Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Administracion la publicacion de la presente Resolucion y el informe tecnico - legal que la sustenta, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como la remision de una MORDAZA y los informes que la sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE y a la Contraloria General de la Republica , dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA GOSDINSKI Presidente Soc. Beneficencia Publica del Callao 182308-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion el suministro del servicio de seguridad y vigilancia de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 031-2008-SBP-C/P Callao, 14 de marzo de 2008 VISTO: El Informe Nº 199-2008-SBP-C-OA referente al peligro de inminente desabastecimiento de suministro de Servicio de Seguridad y Vigilancia; CONSIDERANDO: Que, con fecha 01 de marzo de 2007 fue convocado el Concurso Publico Nº 001-2007-SBP-CALLAO para la prestacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia; Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2007 fue adjudicada con la Buena Pro la empresa de Servicios Multiples Ica S.A. ­ SERMICA, a efectos de que brinde los servicios de seguridad y vigilancia con arreglo a las Bases Administrativas, especificaciones tecnicas y los terminos de referencia, siendo firmado el Contrato respectivo con fecha 07 de junio de 2007, cuya vigencia fue hasta el 08 de febrero de 2008; Que, con fecha 08 de febrero del presente ano se celebro una addenda al contrato por la prestacion del servicio complementario entre la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao y la empresa SERMICA en aplicacion del Art. 236º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo periodo de vigencia se extiende desde el 08 de febrero al 31 de marzo de 2008; Que, la Unidad de Abastecimiento remitio a la Oficina de Administracion el Requerimiento Nº 053-2008-SBP-COA/UA de fecha 04 de marzo de 2008, con el cual solicita la prestacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia para los locales de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, siendo remitido a la Oficina de Planificacion con fecha 05 de marzo de 2008; Que, las Bases Administrativas del Concurso Publico Nº 001-2008-SBP-CALLAO, seran pre publicadas en la pagina del SEACE y de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao cuyo periodo de prepublicacion no puede ser menor a cinco (05) dias habiles, en aplicacion del Art. 102º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Que, de conformidad con lo estipulado en el Art. 98º de la MORDAZA acotada, en los Concursos Publicos el plazo entre la fecha de convocatoria y de MORDAZA de propuestas no puede ser menor a quince (15) dias habiles, los que se computaran a partir del dia siguiente de la notificacion de la convocatoria en el SEACE; Que, de conformidad con lo senalado en el paragrafo precedente y en aplicacion de lo dispuesto en el Art. 102º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la SBPC cumplio con realizar

la Pre Publicacion de las Bases Administrativas del MORDAZA de Concurso Publico Nº 001-2008-SBPCALLAO, proyectandose como fecha de convocatoria el 26 de marzo de 2008 y como fecha del acto publico de otorgamiento de la Buena Pro el 16 de MORDAZA de 2008, sin contar el periodo que transcurriria en el caso de que los postores presentaran observaciones para ser elevadas ante el Tribunal del CONSUCODE; y sin considerar que para el consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro deben transcurrir ocho (08) dias habiles posteriores al otorgamiento de la misma, pudiendo recien contratar a partir del 28 de MORDAZA de 2008, con el postor adjudicado el suministro de Servicio de Seguridad y Vigilancia; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao quedara desabastecida del suministro del Servicio de Seguridad y Vigilancia a partir del 31 de marzo y hasta el 30 de MORDAZA de 2008; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, considera en su Art. 21º la situacion de desabastecimiento inminente, senalando que es "aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial"; dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; situacion considerada en el Inc. c) del Art. 19º de la MORDAZA en referencia; Que, por lo expuesto, resulta necesario llevar a cabo la exoneracion de MORDAZA de Seleccion por situacion de desabastecimiento inminente del suministro del Servicio de Seguridad y Vigilancia de los locales de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao; Estando al Informe Nº 199-2008-SBP-C-OA de la Oficina de Administracion, asi como al Acuerdo de Directorio Nº 013-2008-SBP-C/D adoptado en Sesion de Directorio Nº 007-2008-SBP-C/D del 13 de marzo de 2008; contando con las visaciones de la Gerencia General, Oficina de Administracion, Oficina de Planificacion, Gerencia de Produccion y Asistencia Social y Asesoria Juridica; y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 092-2007/MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de MORDAZA de seleccion para el suministro del Servicio de Seguridad y Vigilancia de la SBPC, por situacion de desabastecimiento inminente, supuesto regulado en el articulo 19º literal c) del texto unico ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Unidad de Abastecimiento de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, la adquisicion del suministro del Servicio de Seguridad y Vigilancia de los locales de la institucion, a que se contrae el articulo precitado. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Administracion la publicacion de la presente Resolucion y el informe tecnico - legal que la sustenta, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como la remision de una MORDAZA de la misma y los informes que la sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA GOSDINSKI Presidente Soc. Beneficencia Publica del Callao 182308-2

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