Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2008 (03/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2008

Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a las Municipalidades autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en el articulo 195º la atribucion de planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones; Que, el numeral 3.6 del articulo 79º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, establece como funcion exclusiva de las municipalidades distritales, normar la construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles, en concordancia con la normatividad MORDAZA establecida por la propia ley. Que, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 620-MML, Reglamento del MORDAZA de Aprobacion del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de Planes Urbanos Distritales y Actualizacion de la Zonificacion de los Usos de Suelo de MORDAZA Metropolitana, de fecha 4 de MORDAZA del 2004, corresponde a las municipalidades distritales formular y aprobar su Plan MORDAZA y Normativa Especifica. Que, la Ordenanza Nº 1017-MML, de fecha 16 de MORDAZA del 2007, define el uso del suelo MORDAZA, asi como las alturas maximas a edificarse considerando el ancho de las vias y la consolidacion MORDAZA en funcion de las demandas fisicas, economicas y sociales de la poblacion, sin embargo es potestad de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA establecer las normas arquitectonicas especificas de aplicacion en cada MORDAZA del distrito. Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones de fecha 8 de junio del 2006, establecio los criterios minimos para el diseno y ejecucion de edificaciones, permitiendo de esta manera una mejor ejecucion de los Planes Urbanos. Que, la Ordenanza Nº 241-MDJM regula la adecuacion y el reajuste integral de los usos del suelo dentro de la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA donde se desarrolla una edificacion, y establece los parametros de los tramites de Licencia de Obra; asimismo aprueba los Planos de Sectorizacion de los Usos del Suelo del Distrito de MORDAZA MORDAZA, que conforma el Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana y MORDAZA las alturas maximas de edificacion, las areas construidas minimas por unidad de vivienda, el numero de estacionamientos requeridos por unidad de vivienda y de otros usos en las edificaciones que se desarrollan en el distrito; Que, es necesario modificar la Ordenanza Nº 241MJM, con la finalidad de ampliar sus alcances en lo referente a la delimitacion de los sectores comprendidos en las Zonas Predominantes del Distrito de MORDAZA MORDAZA,

las cuales necesitan contar con parametros urbanisticos y edificatorios especificos; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 2º DE LA ORDENANZA Nº 241 -MDJM QUE REGLAMENTA LOS PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- MODIFICASE el articulo 2º de la Ordenanza Nº 241-MDJM, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 2º.- Zonas Predominantes Como areas diferenciadas respecto a la dimension del lote y a diversos factores socio-economicos, segun los distintos niveles de desarrollo MORDAZA predominantes se definen en el distrito las Zonas Predominantes para el tratamiento de las edificaciones en cuanto a las unidades de vivienda minima, alturas de las edificaciones y el numero de estacionamientos que corresponden por unidad de vivienda, estableciendose cuatro (04) zonas de acuerdo a la siguiente ubicacion: MORDAZA A: Caracterizada por su lotizacion y diversos factores socio-economicos homogeneos de RDA y RDM, MORDAZA comprendida entre los siguientes limites: Interseccion de Av. Husares de MORDAZA con Av. Mello MORDAZA, continua en linea recta por la Av. Mello MORDAZA a lo largo de su cuadra 10, dobla a la izquierda en la Av. MORDAZA MORDAZA (cuadra 10), dobla a la derecha por el Jr. Pachacutec (cuadra 20) dobla a la derecha hasta llegar a la Av. Salaverry, dobla a la derecha por la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (cuadras 4 y 5), dobla a la derecha por el Jr. Caracas (cuadra 26) dobla a la izquierda circundando el MORDAZA MORDAZA La MORDAZA y regresa al Jr. Caracas (cuadras 25), luego dobla a la derecha por el Jr. MORDAZA de Almagro (cuadra 5), dobla a la izquierda por el Jr. Estados Unidos (cuadras 8 y 7), dobla a la derecha por la Av. San MORDAZA (tramo comprendido entre las cuadras 5 a la 8), dobla a la izquierda por el Jr. MORDAZA M. MORDAZA Cerro (tramo comprendido entre las cuadras 19 a la 17), dobla a la derecha por la Av. Husares de MORDAZA (tramo comprendido entre las cuadras 8 y 9) hasta la interseccion con la Av. Mello MORDAZA, lugar donde se inicio la poligonal. En los casos de las zonas comprendidas por la Residencial San MORDAZA, Ministerio de la MORDAZA, FOVIME, Conjunto Habitacional FAP, se regiran a lo establecido en la Ordenanza Nº 1017 ­ MML Para este sector regiran los criterios normativos que se especifican en el siguiente cuadro:

MORDAZA A

USOS PERMITIDOS Unifamiliar Multifamiliar

LOTE MINIMO (m2) 120 120 150 200 300 1600 300 450 2500

FRENTE MINIMO (ml) 6 6 8 10 10 20 10 10 25

AREA LIBRE MINIMA

ALTURA DE EDIFICACION 3 PISOS 3 PISOS 3 PISOS(1) 4 PISOS (2) 5 PISOS (3)

DOTACION ESTACIONAMIENTOS

AREA MINIMA UNIDAD DE VIVIENDA

35%

Residencial De Densidad Media RDM

Multifamiliar Multifamiliar Multifamiliar Conjunto Residencial

40% 50% 40% 50%

140.00 m2 (3 dormitorios) 03 Estac. X Unidad de Vivienda 120.00 m2 (2 dormitorios) 100.00 m2 (1 dormitorio)

Residencial De Densidad Alta RDA MORDAZA A Comercio Vecinal CV

Multifamiliar Multifamiliar Conjunto Residencial USOS RESIDENCIAL COMPATIBLE RDM

4 PISOS (1) 5 PISOS (2) 1.5(a+r) (3)

ALTURA DE EDIFICACION 4 PISOS (1) 5 PISOS (2)

TAMANO LOTE

AREA LIBRE

No exigible para uso comercial. Los pisos destinados a vivienda dejaran el area Existente o Segun Proyecto libre que se requiere segun el uso residencial compatible

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