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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de abril de 2008 369930 (1) Frente a Jirones, pasajes y Calles (2) Frente a Parques y Avenidas de 20.00 m hasta 25.00 m de sección vial (3) Frente a Parques y Avenidas con ancho mayor a 25.00 m. * Para el cálculo de las proyecciones de alturas se considerar un parapeto de 1.20 m de altura. * Las alturas máximas permitidas serán a nivel de techo terminado y no de azotea. * En todos los casos los estacionamientos en zonas comerciales se regirán por lo estipulado en los artículos 12º y 13º de la presente ordenanza. * Quedan exceptuadas de los criterios normativos del cuadro anterior, los predios comprendidos y con frente al Av. Salaverry y Campo de Marte, que estarán incluidos dentro de la normatividad del sector B. * Las actividades urbanas señaladas como compatibles en el índice de uso señaladas como RDM y RDA, deberán desarrollarse como complemento de la actividad residencial, ocupando un área máxima del 35% del área del lote. Zona D: Caracterizada por ser de uso predominante de CZ; es el sector comprendido entre los siguientes límites: Av. Brasil intersección con la Av. Santa Cruz continúa en línea recta por la Av. Santa Cruz (tramo comprendido entre las cuadras 1 a 4), dobla a la derecha por el Jr. Huascar (Cuadra 11), dobla a la derecha por la Av. José Maria Plaza, dobla a la derecha por el Jr. Huiracocha (tramo comprendido entre las cuadras 12 a 17), dobla a la derecha hasta la intersección con la Av. Cayetano Heredia (cuadras 5 a 1), dobla a la derecha por la Av. Brasil (cuadras 17 a 11) hasta llegar a la intersección con la Av. Genera Santa Cruz cerrando así la poligonal. Para este sector regirán los criterios normativos que se especifi can en el siguiente cuadro:ZONA CUSOS PERMITIDOSLOTE MÍNIMO (m2)FRENTE MÍNIMO (ml)ÁREA LIBRE MÍNIMAALTURA DE EDIFICACIÓNDOTACIÓN ESTACIONA- MIENTOSÁREA MÍNIMA UNIDAD DE VIVIENDA Residencial De Densidad Media RDMUnifamiliar Multifamiliar120 1206 630%3 PISOS (1) 4 PISOS (2)01 Estac. x Unidad de Vivienda 75.00 m2 (3 dormitorios) 70.00 m2 (2 dormitorios) 65.00 m2 (1 dormitorio)Multifamiliar 150 8 35%5 PISOS (1) 7 PISOS (2)01 Estac. x 02 Unidad de ViviendaMultifamiliar 200 10 Multifamiliar 300 10 Conjunto Residencial1600 20 40% Residencial De Densidad Alta RDAMultifamiliar 300 1035% 5 PISOS (1) 10 PISOS (2) 1.5(a+r) (3)01 Estac. x 03 Unidad de ViviendaMultifamiliar 450 10 Conjunto Residencial2500 25 40% ZONA CUSOS RESIDENCIAL COMPATIBLEALTURA DE EDIFICACIÓNTAMAÑO LOTE ÁREA LIBRE Comercio Metropolitano CMRDA5 PISOS (1) 10 PISOS (2) 1.5(a+r) (3)Existente o Según Proyecto No exigible para uso comercial. Los pisos destinados a vivienda dejarán el área libre que se requiere según el uso residencial compatibleComercio Zonal CZRDA5 PISOS (1) 10 PISOS (2) 1.5(a+r) (3) Existente o Según Proyecto RDM5 PISOS (1) 7 PISOS (2) Comercio Vecinal CVRDM5 PISOS (1) 7 PISOS (2)Existente o Según Proyecto ZONA DUSOS PERMITIDOSLOTE MÍNIMO (m2)FRENTE MÍNIMO (ml)ÁREA LIBRE MÍNIMAALTURA DE EDIFICACIÓNDOTACIÓN ESTACIONAMI- ENTOSÁREA MÍNIMA UNIDAD DE VIVIENDA Residencial De Densidad Media RDMUnifamiliar Multifamiliar120 1206 630%3 PISOS (1) 4 PISOS (2)01 Estac. x Unidad de Vivienda 75.00 m2 (3 dormitorios) 70.00 m2 (2 dormitorios) 65.00 m2 (1 dormitorio)Multifamiliar 150 8 30%5 PISOS (1) 7 PISOS (2)01 Estac. x 02 Unidad de ViviendaMultifamiliar 200 10 Multifamiliar 300 10 Conjunto Residencial1600 20 35% Residencial De Densidad Alta RDAMultifamiliar 300 1035% 5 PISOS (1) 10 PISOS (2) 1.5(a+r) (3)01 Estac. x 03 Unidad de ViviendaMultifamiliar 450 10 Conjunto Residencial2500 25 35% ZONA DUSOS RESIDENCIAL COMPATIBLEALTURA DE EDIFICACIONTAMAÑO LOTE ÁREA LIBRE Comercio Zonal CZRDM5 PISOS (1) 7 PISOS (2)Existente o Según ProyectoNo exigible para uso comercial. Los pisos destinados a vivienda dejarán el área libre que se requiere según el uso residencial compatibleRDA5 PISOS (1) 10 PISOS (2) 1.5(a+r) (3) Comercio Vecinal CVRDM5 PISOS (1) 7 PISOS (2)Existente o Según Proyecto (1) Frente a Jirones, pasajes y Calles (2) Frente a Parques y Avenidas de 20.00 m hasta 25.00 m. de sección vial(3) Frente a Parques y Avenidas con ancho mayor a 25.00 m.* Para el cálculo de las proyecciones de alturas se considerar un parapeto de 1.20 m de altura. * Las alturas máximas permitidas serán a nivel de techo terminado y no de azotea.* En todos los casos los estacionamientos en zonas comerciales se regirán por lo estipulado en los artículos 12º y 13º de la presente ordenanza * Las actividades urbanas señaladas como compatibles en el índice de uso señaladas como RDM y RDA, deberán desarrollarse como complemento de la actividad residencial, ocupando un área máxima del 35% del área del lote”.