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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de abril de 2008 370217 SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONVOCAR la realización del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO para el 10 de mayo del 2008, en conmemoración del “Día de la Madre”. Artículo Segundo.- Los participantes de la realización del matrimonio comunitario convocado por la Municipalidad deberán presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento 136º del TUPA vigente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General, Secretaría General y Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 184609-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LIMABAMBA Aprueban exoneración de procesos de selección la ejecución de la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Construcción del Sistema de Saneamiento Limabamba - Rodríguez de Mendoza - Amazonas” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 004-2008-MDL/A Limabamba, 28 de marzo del 2008 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LIMABAMBA POR CUANTO: Que con fecha 31-07-2007 se ha suscrito el Convenio Presidencial Regional Nº 218-2007-GRA/PR por el cual delega a la Municipalidad Distrital de Limabamba la ejecución del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación Sistema De Agua Potable y Construcción Del Sistema De Saneamiento Limabamba-Rodríguez De Mendoza-Amazonas” por un importe de S/.1’ 421, 825.00 Que se cuenta con los informes técnico legales que se pronuncian en forma favorable sobre la exoneración del proceso de selección para la ejecución de la obra en referencia: Que en sesión de regidores del 29-11-2007, ratifi cado el 28-03-2008, acordaron declarar en emergencia el Sistema de saneamiento de la capital del Distrito. En aplicación de los artículos 19º c), 22 del TUO de la Ley 26850 aprobado por DS 083-2004-PCM, y 142 de su Reglamento aprobado por DS 084-2004-PCM, 9 y 39 de la Ley 27972. ACORDÓ: Primero.- APROBAR la Exoneración del proceso de selección directa selectiva para la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema De Agua Potable y Construcción Del Sistema De Saneamiento Limabamba-Rodríguez De Mendoza-Amazonas”. Por encontrarse en situación de emergencia. Por lo que se autoriza para la ejecución inmediata del Convenio Presidencial Regional Nº 218-2007-GRA/PR del 31-07-20007, para la ejecución de la obra por un importe de S/.1’ 421, 825.00 Exonerándose de los procesos de selección que corresponda para la contratación o adquisición, bajo los parámetros del artículo 142 del Reglamento del TUO de la Ley 20580, aprobado por DS 084-2004-PCM. Segundo.- Disponer la publicación del presente Acuerdo Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los 10 días hábiles siguientes a su emisión y adicionalmente la publicación a través del SEACE. Tercero..- AUTORIZAR al Comité Especial Permanente de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Limabamba, aprobar la ejecución en forma directa, mediante acciones inmediatas, para la contratación o adquisición. Cuarto.- DISPONER que se cumpla con poner en conocimiento del presente Acuerdo Municipal y sus antecedentes a la Contraloría General de la Republica y al CONSUCODE dentro de los 10 días siguientes. POR TANTO: Mando:Se registre, notifi que y publique conforme a Ley. MANUEL A. FERNANDEZ YOPLAC Alcalde Distrital 184162-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Exoneran de procesos de selección la contratación de ejecutores de obras de los proyectos “Mejoramiento de caminos vecinales y rurales” ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2008-MDSL San Luis de Cañete, 6 de marzo del 2008 VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 6 de marzo de 2008, y aprobado el 12 de marzo del presente año, según informe Nº 004-2008-GM/MDSL, de fecha 29 de febrero del 2008 remitido por el Gerente Municipal y el Informe Nº 012-2008-MDSL-OAJ de fecha 27 de febrero del 2008 remitido por la Ofi cina de Asesoría Legal, asunto: Contratación de personas naturales o jurídicas, ejecutores de obras, para la ejecución de los proyectos de obras: “Mejoramiento de caminos vecinales y rurales”, “Pavimentación de calles”, “Construcción de Alamedas” y “Construcción de sistema de abastecimiento de agua potable”, por exoneración del proceso de selección, por la causal de Situación de Emergencia, y; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680 y concordante con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, por Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM publicado el 16/8/2007 Declaran en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima, como consecuencia de los fuertes sismos registrados el 15/08/2007, con pérdidas de vidas humanas, un número indeterminado de heridos y considerables daños materiales, en estas jurisdicciones; magnitud de la emergencia que demanda la adopción de medidas que permitan a los sectores comprometidos, así como a los gobiernos regionales y a los gobiernos locales respectivos, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población damnifi cada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas, por el plazo de sesenta días naturales; Que, la declaración del estado de emergencia en las jurisdicciones antes mencionadas fue prorrogada sucesivamente mediante Decreto Supremo Nº 084-2007-PCM. por el término de 60 días a partir del 15 de octubre; Decreto Supremo Nº 097-2007-PCM., publicada en el