Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2008 (06/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

370208
CAPITULO III

NORMAS LEGALES
DE LAS FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2008

Articulo 10º. - Funciones Son funciones de las Juntas Vecinales Comunales: a) Velar por el cumplimiento de las normas municipales. b) Supervisar la ejecucion de obras municipales en el ambito geografico de sus zonas. c) Supervisar la prestacion de servicios publicos locales en la MORDAZA correspondiente. d) Supervisar y colaborar con el cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado. e) Fomentar la organizacion de eventos deportivos, culturales y recreativos en su zona. f) Promover la participacion e integracion vecinal en su zona. g) Hacer de conocimiento de la municipalidad las propuestas de interes comun vecinal planteada por integrantes de su zona. h) Cumplir con los acuerdos de la Junta de Delegados Vecinales Comunales a nivel Distrital. i) Otros que le encargue o solicite el Concejo Municipal.

y en los actos publicos a los que sea invitado. 4. Presentar el Plan de Trabajo de su gestion ante la Municipalidad. 5. Velar por el cumplimiento de las funciones que competen a su Junta Vecinal Comunal. 6. Informar a la Asamblea General, Consejo Directivo y a los vecinos de su MORDAZA, sobre las gestiones que realice a favor del vecindario, incluyendo los informes, pedidos, propuestas, y su posicion y participacion en los acuerdos que se realicen ante la Junta de Delegados Vecinales 7. Comunales. Asimismo, acerca de todo documento suscrito en representacion de la Junta Vecinal Comunal. 8. Suscribir las actas de sesiones y asambleas conjuntamente con su Secretario. Articulo 16º.Vicepresidente Deberes y obligaciones del

1. Representar o suplir al Presidente como Delegado Vecinal Primer Suplente ante la Junta de Delegados Vecinales Comunales y por delegacion en actos oficiales, reuniones o comisiones. 2. Convocar y presidir las Asambleas Generales, sesiones del Consejo Directivo por licencia o en caso de impedimento o ausencia del Presidente. 3. Reemplazar al Presidente en caso de vacancia. 4. Otras que la Asamblea General o el Consejo Directivo le asigne. Articulo Secretario 17º. Deberes y obligaciones del

CAPITULO IV FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES
Articulo 11º. - Sesiones Las Sesiones del Consejo Directivo de la Junta Vecinal Comunal deberan convocarse ordinariamente una (1) vez al mes, y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Presidente o cuando lo soliciten tres de sus integrantes, debiendose tratar exclusivamente el tema motivo de la citacion. Articulo 12º. - El quorum El quorum para las sesiones del consejo directivo lo constituye el cincuenta (50) por ciento mas uno de sus miembros. Articulo 13º. - Los acuerdos Los acuerdos se aprobaran por mayoria simple. El Consejo Directivo de la Junta Vecinal Comunal a traves de su secretaria remitira a la Gerencia de Desarrollo Social los acuerdos respectivos de las Sesiones realizadas, adjuntando MORDAZA fedateada del Acta de cada sesion que figure en el Libro de Actas, dentro de los ocho dias habiles de haberse realizado las mismas. El incumplimiento de esta MORDAZA sera observado por la Municipalidad.

1. Recibir y tramitar toda la documentacion que llega a la Junta Vecinal Comunal o al Consejo Directivo, dandole el tramite correspondiente. 2. Mantener actualizados los libros que lleve la Junta Vecinal Comunal y su Consejo Directivo. 3. Actuar como relator en las Asambleas y Sesiones. 4. Representar al Presidente como Delegado Vecinal MORDAZA Suplente ante la Junta de Delegados Vecinales Comunales de distrito.

TITULO IV REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES CAPITULO I ORGANIZACION DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES
Articulo 18º. - Definicion La Junta de Delegados Vecinales Comunales es el organo de coordinacion entre la Autoridad Municipal y la Sociedad Civil organizada. Esta integrado por nueve (9) Delegados Vecinales Comunales quienes representan a cada una de las Juntas Vecinales Comunales. Esta presidida por el Primer Regidor de la Municipalidad de Lince, quien la convoca y preside. El MORDAZA podra asistir a las sesiones, en cuyo caso las presidira.

CAPITULO V FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES
Articulo 14º. ­ Del Consejo Directivo Son funciones de los miembros del Consejo Directivo de las Juntas Vecinales Comunales: a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias. b) Cumplir y hacer cumplir los objetivos de las Juntas Vecinales Comunales. c) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados en la Asamblea General, en las sesiones de la Directiva y en la Junta de Delegados Vecinales Comunales. d) Asistir a las sesiones del Concejo Municipal con derecho a voz cuando sea requerido. Articulo Presidente 15º. Deberes y obligaciones del

CAPITULO II FUNCIONES DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES
Articulo 19º. - Funciones Son funciones de las Juntas Vecinales Comunales: a) Concertar y proponer las prioridades de gasto e inversion dentro del distrito. b) Proponer las politicas de salubridad. c) Apoyar la seguridad ciudadana por ejecutarse en el distrito. d) Apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios publicos locales y la ejecucion de obras municipales. e) Organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del distrito en el ambito deportivo y en el cultural. f) Fiscalizar la ejecucion de los planes de desarrollo municipal. g) Las demas que le delegue la municipalidad Distrital. (Art.107° de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972).

1. Convocar y presidir la Asamblea General de su Junta Vecinal Comunal, conforme a lo dispuesto en la presente ordenanza. 2. Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo. 3. Representar a los vecinos de su Junta Vecinal Comunal ante la Junta de Delegados Vecinales Comunales

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