Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2008 (06/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

370211

Aprueban el Reglamento para Elecciones de Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lince
ORDENANZA Nº 207-MDL
Lince, 27 de marzo del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 112º y Numeral 6 del Articulo 113º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los gobiernos locales promueven la participacion vecinal en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestion, constituyendo un mecanismo de participacion vecinal, las Juntas Vecinales; Que, el Articulo 116º del mismo cuerpo normativo establece que los concejos municipales, a propuesta del MORDAZA, de los regidores o a peticion de los vecinos, constituyen Juntas Vecinales mediante convocatoria publica a elecciones; Que, la Resolucion Jefatural Nº 099-2007-J/ONPE, Articulo 6º, inciso a) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, establece que la ONPE brinda asistencia tecnica a las instituciones publicas que lo soliciten; Que, conforme a lo recomendado en el Dictamen Nº 02 de la Comision de Servicios a la MORDAZA y Participacion Vecinal de fecha 14.03.08, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta se aprobo la siguiente:

(1) ano, quienes tendran los cargos de Primer Delegado, MORDAZA Delegado, Tercer Delegado. En caso de ausencia, impedimento o revocatoria del Primero, suplira el MORDAZA y en ausencia, impedimento o revocatoria de este, el Tercero. Articulo 4º.- Ausencia, impedimento o revocatoria del Tercer Delegado En caso de ausencia, impedimento o revocatoria del Tercer Delegado, la Municipalidad convocara a una Asamblea General de Vecinos en donde se elegira el MORDAZA Delegado. Articulo 5º .- Definicion de la Junta de Delegados Vecinales Comunales Es un espacio de representacion de vecinos que promueven la participacion ciudadana en la gestion municipal. Esta conformado por los representantes de cada una de las Juntas Vecinales Comunales existentes en el distrito de Lince.

CAPITULO II FUNCIONES DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES
Articulo 6º.- Funciones Son funciones de las Juntas Vecinales: a) Concertar y proponer las prioridades de gasto e inversion dentro del distrito. b) Proponer las politicas de salubridad. c) Apoyar la seguridad ciudadana por ejecutarse en el distrito. d) Apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios publicos locales y la ejecucion de obras municipales. e) Organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del distrito en el ambito deportivo y en el cultural. f) Fiscalizar la ejecucion de los planes de desarrollo municipal. g) Las demas que le delegue la municipalidad distrital. Articulo 7º.- Reuniones de Juntas de Delegados Vecinales Comunales La Junta de Delegados Vecinales Comunales se reunira, en forma ordinaria, cuatro veces al ano. Podra ser convocada en forma extraordinaria por el primer regidor del distrito o por no menos del 25% (veinticinco por ciento) de los delegados vecinales comunales.

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA ELECCIONES DE JUNTAS VECINALES COMUNALES DEL DISTRITO DE LINCE TITULO I ASPECTOS GENERALES CAPITULO UNICO OBJETO DE LA ORDENANZA
Articulo 1º.- Objeto La presente ordenanza tiene como objeto regular la participacion y delimitacion de la juntas vecinales comunales, el numero de su delegados, asi como la forma de su eleccion y revocatoria.

TITULO III MORDAZA ELECTORAL DE LOS DELEGADOS DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES CAPITULO I CONVOCATORIA
Articulo 8º .- Convocatoria a Elecciones El MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia, convoca a elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, designa un Comite Electoral y establece el Cronograma Electoral, MORDAZA del vencimiento del mandato de las Juntas Vecinales Comunales. El Decreto, sera difundido en lugares visibles de la Municipalidad y en el MORDAZA municipal. La Junta Vecinal Comunal esta vigente hasta un MORDAZA MORDAZA electoral.

TITULO II PARTICIPACION, DELIMITACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES CAPITULO I PARTICIPACION, DELIMITACION DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES
Articulo 2º.- Definicion Las Juntas Vecinales Comunales son agrupaciones sociales que se constituyen como mecanismos que fomentan la participacion vecinal efectiva en el distrito de Lince y estan formadas por los vecinos y representantes de las Organizaciones Sociales que cuentan con reconocimiento municipal, agrupados en nueve (9) zonas, delimitados geograficamente segun Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Numero de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales Cada Junta Vecinal Comunal sera representada por tres (3) vecinos, elegidos democraticamente por los residentes de cada MORDAZA del distrito, por el periodo de un

CAPITULO II COMITE ELECTORAL
Articulo 9º. - Definicion El Comite Electoral es un organo conformado por tres personas: dos de ellas procedentes de la sociedad civil que cumpliran la labor de Presidente y Secretario y una de la municipalidad que cumplira la labor de vocal. Tiene por objeto velar por el correcto y transparente desarrollo de las Elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales. El Comite designado tendra competencia para actuar en el caso de MORDAZA vuelta y de revocatoria de Delegados.

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