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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370398 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan plazo de beneficio administrativo establecido mediante la Ordenanza Nº 149-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2008-MDSM EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELSan Miguel, 3 de abril de 2008VISTOS, el Informe Nº 028-2008-GDU/MDSM, de fecha 2 de abril de 2008, emitido por Gerencia de Desarrollo Urbano y el Memorando Nº 211-2008/MDSM, de fecha 2 de abril de 2008, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal mediante Ordenanza Nº 149-MDSM, aprobó el benefi cio administrativo para el trámite de regularización de licencias para construcciones, ampliaciones, remodelaciones y obra nueva de inmuebles, publicado el 24 de enero de 2008, en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en dicha Ordenanza se faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación, así como también para establecer la prórroga de la misma; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 149-MDSM y el inciso 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 30 de abril de 2008, el vencimiento del benefi cio establecido en la Ordenanza Nº 149-MDSM. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub de Obras Privadas y Sub Gerencia de Fiscalización Urbana y Catastro. Regístrese, publíquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 186023-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2008 DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2008-MDS Surquillo, 2 de abril de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO;VISTO el informe N° 031-08/GR-MDS del 02.ABR.2008 emitido por la Gerencia de Rentas mediante el cual solicita se prorrogue la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2008; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo la primera cuota pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero; Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el tercer párrafo del artículo 8º de dicho cuerpo legal, que asigna a esta Municipalidad Distrital la recaudación, administración y fi scalización del impuesto predial, resulta conveniente disponer la prórroga del plazo descrito en el párrafo anterior; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 192-MDS se estableció el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de Surquillo para el Ejercicio Fiscal 2008, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 504 del 20 de diciembre de 2007, ambos publicados el 31/12/08 en el Diario Ofi cial, señalándose en el artículo 14º que la obligación de pago del primer bimestre vence el 29 de febrero de 2008, disponiendo al Alcalde, en su Primera Disposición Complementaria y Final, extender las fechas de vencimiento mediante Decreto de Alcaldía; Que, en atención a dichas disposiciones, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2008-MDS se prorrogó hasta el 31 de marzo de 2008, el pago al contado o el pago de la primera cuota, en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial 2008 así como el pago del primer bimestre de los Arbitrios Municipales aprobados por la Ordenanza Nº 192-MDS; Que, conforme al Informe de Vistos, resulta conveniente seguir brindando al contribuyente surquillano las facilidades del caso para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias evitándoles así mayores recargas impositivas; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: PRORROGA FECHAS DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2008 Artículo 1º.- Prórroga del pago del Impuesto Predial.- Prorróguese hasta el 15 de abril del 2008 el pago al contado o el pago de la primera cuota, en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio 2008 Artículo 2º.- Prórroga del pago del Primer Bimestre de los Arbitrios Municipales 2008.- Prorróguese hasta el 15 de abril del 2008 el pago del primer bimestre de los Arbitrios Municipales 2008 aprobados por la Ordenanza Nº 192-MDS. Artículo 3º.- Órganos Competentes.- La Gerencia de Rentas y la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional quedan encargadas del adecuado cumplimiento y difusión del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 185526-1Descargado desde www.elperuano.com.pe