Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2008 (10/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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370393

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES

Aprueban Reglamento de Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
ORDENANZA N° 000063-2008-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 2 de MORDAZA del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO:

Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y Gerencia de Planificacion, la difusion de la presente Ordenanza, asi como prestar las facilidades del caso al Comite Electoral, para el normal desarrollo de sus fines. Articulo 5º.- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL (CCLD) DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1º.- DE LOS FINES Y OBJETIVOS El presente Reglamento establece y regula los mecanismos y procedimientos a traves de los cuales las organizaciones de la sociedad civil eligen democraticamente a sus representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD) de San MORDAZA de Miraflores, segun lo establecido en las normas nacionales y locales que regulan y promueven la participacion ciudadana en el desarrollo local. ARTICULO 2o.- BASE LEGAL El presente Reglamento se elabora al MORDAZA y en concordancia con las normas y disposiciones legales, siguientes: · Constitucion Politica · Ley Nº 27783.- Ley de Bases de la Descentralizacion · Ley Nº 27972.- Ley Organica de Municipalidades · Ley N° 28056.- Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo · D.S. Nº 171-2003-EF - Reglamento de la Ley Nº 28056 · Ordenanza Municipal Nº 000056-2008-MDSJM Ordenanza que aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores · Ordenanza Municipal Nº 000026-2007-MDSJM, Ordenanza MORDAZA del Sistema de Planificacion del Desarrollo y Presupuesto Participativo de San MORDAZA de Miraflores ARTICULO 3º.- ALCANCE El presente Reglamento es de cumplimiento y observacion obligatoria por parte de todos los ciudadanos organizados del distrito de San MORDAZA de Miraflores. ARTICULO 4º.- DE LA ASISTENCIA TECNICA AL MORDAZA El MORDAZA de eleccion de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil al CCLD, contara con la asistencia tecnica y supervision durante todo el MORDAZA del Organismo Nacional de Procesos Electorales ONPE, o de instituciones de la sociedad civil especializadas en la materia en calidad de observadores o veedores ARTICULO 5º.- DEL DiA DE VOTACION El MORDAZA electoral se llevara a cabo el 27 de MORDAZA del 2008 ARTICULO 6º.- DEL LOCAL DE VOTACION a) El local de votacion sera en el Auditorio del I.E.P. Maristas, ubicado en la Av. San Juan; no pudiendo autorizarse por ningun motivo mas de un local electoral. b) No se podra cambiar de local electoral durante los cinco dias anteriores a la fecha de elecciones, bajo responsabilidad de ser separado automaticamente del Comite Electoral el miembro que lo origine, sin perjuicio de efectuar la correspondiente denuncia.

VISTO, En Sesion de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal propuesto por la Sub-Gerencia de Participacion Ciudadana y la Gerencia de Planificacion, sobre la convocatoria a elecciones de representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinacion Local Distrital CCLD, del distrito de San MORDAZA de Miraflores, el Informe Nº 454-2008-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 087-2008-GP/MDSJM de la Gerencia de Planificacion; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 197º de la Constitucion Politica de 1993, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, de conformidad con el Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que establece la Constitucion en su articulo 194º, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, los articulos 102º al 105º de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece, la definicion, composicion, instalacion y funciones de los Consejos de Coordinacion Local Distrital, como organos de coordinacion y concertacion de las municipalidades y los representantes de la Sociedad Civil; teniendo como funciones principales las de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo; Que, la presente Ordenanza es producto del trabajo concertado entre el Gobierno Local y la Sociedad Civil; la misma que tiene el proposito de dinamizar y democratizar el Consejo de Coordinacion Local Distrital, en aplicacion de la politica de gestion participativa; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 73º de la citada MORDAZA, en relacion a las Competencias y Funciones Especificas Generales, el gobierno local en materia de participacion vecinal debe promover, apoyar y reglamentar la participacion vecinal en el desarrollo local y organizar los registros de las organizaciones sociales y vecinales en el desarrollo local; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, y con la dispensa del tramite de aprobacion y de lectura del Acta, y contando con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento de Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, el cual consta de cuatro (4) Titulos, cuatro (4) Capitulos, treinta y cinco (35) Articulos y dos (2) Disposicion Complementarias y Transitorias, que forman parte de la presente disposicion. Articulo 2º.- APROBAR el Cronograma de Actividades del MORDAZA de Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, que forma parte del Reglamento. Articulo 3º.- La presente Ordenanza tendra vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

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