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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370392 Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que establecen las obligaciones del funcionario de entregar la información y del funcionario responsable del Portal de Transparencia respectivamente; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 438-2007- MDP/A se designó a los funcionarios responsables de brindar la información y la elaboración y actualización del portal, designaciones que son necesarias dejar sin efecto. En el uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO a partir de la fecha la Resolución de Alcaldía Nº438-2007-MDP/A de fecha 2 de agosto del 2007 en la que se designa funcionarios como responsables de brindar la información pública que demanden los administrados a la elaboración y actualización del portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Dr. PEPE CARLOS FLORES ROQUE, Secretario General de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, como Funcionario encargado de brindar información y al Sr. EDWIN RENDÓN MARTÍNEZ Sub. Gerente de la Unidad de Imagen Institucional dependiente de la Secretaría General de la Municipalidad distrital de Pachacámac, como Responsables de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en aplicación de lo dispuesto en la normatividad de la materia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 186146-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Ordenanza que establece montos del derecho de emisión mecanizada por Tributos Municipales para el año 2008 ORDENANZA N° 285-2008-MPL Pueblo Libre, 25 de enero de 2008 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Extraordinaria Nº 01 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, señala que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo, precisa que las ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, asimismo el citado artículo menciona que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2008. De conformidad con lo establecido por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Apruébese la estructura de costos por concepto del derecho de emisión del Impuesto Predial del año 2007 que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Fíjese en S/. 4.23 (cuatro y 23/100 Nuevos Soles), el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores y determinación del tributo y Hojas de Liquidación del Impuesto Predial del 2008, incluida su distribución a domicilio. Por cada predio adicional, se abonará S/. 1.49 (uno y 49/100 nuevos soles), por el derecho mencionado. El monto del derecho se abonará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2008. Artículo Tercero.- Autorizar la emisión mecanizada conjunta de las tasas mensuales de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo 2008. Artículo Cuarto.- Autorizar la distribución domiciliaria de los Cronogramas de Pagos conteniendo los tributos mencionados. Artículo Quinto.- Fíjese en S/. 3.57 (tres y 57/100 Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de emisión mecanizada de determinación del tributo, incluyendo la distribución del cronograma de pagos de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2008. El monto del derecho se abonará conjuntamente con la primera cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2008. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia siempre que haya sido publicada conjuntamente con el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifi ca. Artículo Sétimo.- Encargar a la Subgerencia de Administración Tributaria de la Gerencia de Servicios al Vecino y a la Ofi cina de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Asimismo, encargar a la Ofi cina de Imagen Institucional su difusión. DISPOSICIONES FINALES Única.- Deróguese la Ordenanza Nº 276-2007-MPL y toda norma municipal que se oponga a la presente POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 186238-1Descargado desde www.elperuano.com.pe