Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2008 (10/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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370395

Gestion de Salud

Gestion de la Juventud

Gestion del Desarrollo MORDAZA

Gestion de Seguridad Ciudadana Gestion de Medio Ambiente

Comedores Populares Autogestionarios Club de Madres Comite del Vaso de Leche Comedores Parroquiales Promotoras de Salud Organizaciones de Personas con Discapacidad Organizaciones del Adulto Mayor Organizaciones de Lucha contra la Violencia Intrafamiliar Otras Organizaciones Sociales vinculadas al tema Organizaciones de Jovenes Organizaciones de Ninos Organizaciones de Proteccion al MORDAZA y al Adolescente Organizaciones de Jovenes en situacion de riesgo Otras Organizaciones Sociales vinculadas al tema Organizaciones de Asentamientos Humanos Organizaciones de Pueblos Jovenes Organizaciones de Urbanizaciones Organizaciones de Cooperativas de Vivienda Organizaciones de Asociaciones de Propietarios Otras Organizaciones Vecinales Comites de Obras Otras Organizaciones Sociales vinculadas al tema Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana Otras Organizaciones Sociales vinculadas al tema Comites de MORDAZA Organizaciones de Defensa del Medio Ambiente y Ecologia Otras Organizaciones Sociales vinculadas al tema

conocimientos de todos los interesados. Esta publicacion se realizara en el frontis de la Municipalidad Distrital, las zonas estrategicas del distrito y la web institucional ARTICULO 18.- DE LA IMPUGNACION A LA INSCRIPCION Una vez publicada la relacion de organizaciones de la sociedad civil inscritas, el Comite Electoral recepcionara las tachas o impugnaciones que se presenten, las cuales se publicaran en el frontis de la municipalidad dentro de las 24 horas de producida la misma para que dichas organizaciones tengan conocimiento. ARTICULO 19º.- DE LA SUBSANACION Las organizaciones afectadas podran subsanar las tachas presentadas en su contra, en un plazo no mayor de dos (2) dias habiles despues de la publicacion respectiva que el Comite Electoral realizo; vencido el plazo, el Comite Electoral determinara la validez o invalidez de la impugnacion. ARTICULO 20º.- DE LA PUBLICACION DE LAS ORGANIZACIONES HABILES El Padron Electoral definitivo estara conformado por el conjunto de Delegados Electores habiles de las organizaciones inscritas para el MORDAZA electoral; el mismo que sera publicado y difundido en el frontis de la Municipalidad Distrital, las zonas estrategicas del distrito y la web institucional. TITULO IV DEL MORDAZA ELECTORAL ARTICULO 21º.- LINEAMIENTOS GENERALES DEL MORDAZA ELECTORAL a) El MORDAZA Electoral se efectuara de acuerdo al cronograma aprobado por la presente ordenanza. b) La modalidad del acto electoral sera mediante la MORDAZA de Listas de Candidatos, inscritas a traves de un personero c) La eleccion se realizara, con el MORDAZA universal, voluntario, directo y secreto, de los ciudadanos inscritos como Delegados Electores en representacion de las organizaciones sociales inscritas y habilitadas en el Padron Electoral. d) Los miembros del Comite Electoral difundiran la direccion del local de votacion a traves de la radio, volantes, afiches, comunicados u otros medios que considere convenientes, con la plena colaboracion de los dirigentes. e) El Padron Electoral contendra los nombres y apellidos del Delegado Elector, numero de su DNI, espacios para la firma y la huella digital del votante. f) Cada Delegado Elector MORDAZA ejercicio de su derecho al MORDAZA, acreditandose con la MORDAZA de su DNI. Por ningun motivo se aceptara otro MORDAZA de documento para acreditarse. g) La eleccion se MORDAZA utilizando Cedulas de Votacion en la que el elector marcara con un aspa o MORDAZA dentro del MORDAZA donde figurara el numero de la lista de su preferencia. h) Los resultados de las elecciones seran remitidos obligatoriamente por el Comite Electoral, a la Sub Gerencia de Participacion Vecinal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, junto con las Actas Electorales y el Padron Electoral, para la preparacion del Informe Final del Resultado de Elecciones. CAPITULO III DE LA LISTA DE CANDIDATOS ARTICULO 22º.- DE LOS CRITERIOS PARA LA CONFORMACION E INSCRIPCION DE LAS LISTAS DE CANDIDATOS La eleccion se MORDAZA mediante Listas de Candidatos compuestas por siete1 (7) integrantes, procediendo su inscripcion solo bajo el obligatorio cumplimiento de los siguientes criterios: - Criterio de Representacion Territorial: 01 representante como minimo, por cada una de las seis (06) Zonas del distrito

ARTICULO 15º DE LOS REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION Para inscribirse en el libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil participantes al MORDAZA, se cumplira con los siguientes requisitos hasta el 19 de abril. a) Solicitud de inscripcion, indicando el nombre de la organizacion y domicilio legal; la misma que tendra valor de Declaracion Jurada sobre la veracidad de los documentos y contenidos. Debera estar debidamente firmada por el representante legal de la organizacion b) MORDAZA simple de la Resolucion expedida por la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores que acredita estar inscrita en el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS). En todos los casos la inscripcion no podra ser de una antiguedad menor a treinta (30) dias calendario MORDAZA de la convocatoria al presente MORDAZA electoral, y el mandato de la Junta directiva debera estar vigente c) Documentos (Libro de Actas, instrumentos juridicos suscritos o publicaciones, entre otros), que acrediten por lo menos tres (3) anos de actividad institucional, presencia efectiva y trabajo en el distrito d) Acta de Eleccion del Delegado(a) Elector e) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del Delegado Elector. ARTICULO 16º.APROBACION DE LA INSCRIPCION Presentada la solicitud, la Sub - Gerencia de Participacion Ciudadana se pronunciara dentro de los 8 dias Transcurrido este plazo sin que se MORDAZA pronunciado, el solicitante podra considerar que su solicitud fue aprobada. Previo a su pronunciamiento la Sub Gerencia puede requerir que el solicitante proceda a subsanar la omision de determinados requisitos. En caso de impugnacion a la solicitud, el Gerente de Desarrollo Social resolvera en MORDAZA y MORDAZA instancia. CAPITULO II DEL PADRON ELECTORAL ARTICULO 17º.- DE LA PUBLICACION DE ORGANIZACIONES INSCRITAS El Padron Electoral estara constituido por la relacion de todas las organizaciones inscritas y habilitadas; y que sera publicada por el Comite Electoral dentro de las fechas establecidas, senalando como minimo el Nombre de la Organizacion, tiempo de creacion, vigencia del reconocimiento, nombre del Delegado Elector que la representa y la MORDAZA a la que pertenece, para

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