Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (10/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370384 transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, destinadas a atender la situación de emergencia señalada, la Dirección Nacional de Logística solicita emitir la Resolución de aprobación de la exoneración a fi n de regularizar los procesos de selección correspondientes, para lo cual se cuenta con los Informes de Disponibilidad Presupuestal de vistos; Que, de otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 014-2008-INDECI de fecha 16.ENE.2008, y sus modifi catorias, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI, para el Año Fiscal 2008; Que, asimismo, en aplicación de las normas legales mencionadas, se verifi ca que la adquisición de bienes de ayuda humanitaria y la contratación de los servicios de transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, destinados a la atención de la emergencia ocurrida por el sismo del 15.AGO.2007 y las intensas precipitaciones pluviales en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, deben incluirse en el mencionado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECI para el Año Fiscal 2008; Que, en mérito a lo expuesto, de conformidad con las normas glosadas y considerando lo informado por la Dirección Nacional de Logística, y por la Ofi cina de Asesoría Jurídica en los informes técnico y legal de vistos, procede la regularización de la contratación de los servicios de transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, destinados a la atención de la emergencia derivada de las intensas precipitaciones pluviales, considerando un monto ascendente a S/. 28,392.00 (Veintiocho mil trescientos noventa y dos con 00/100 nuevos soles); Que, asimismo, en razón a lo señalado, de conformidad con las normas glosadas y considerando lo informado por la Dirección Nacional de Logística, y por la Ofi cina de Asesoría Jurídica en los informes técnico y legal de vistos, procede la regularización de la adquisición de bienes de ayuda humanitaria, destinadas a la atención de la emergencia derivada de las intensas precipitaciones pluviales, considerando un monto ascendente a S/. 16,500.00 (Dieciséis mil quinientos y 00/100 nuevos soles); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, y sus modifi catorias, respectivamente; En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modifi catorias y complementarias, el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, con las visaciones de la Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Logística, de la Unidad de Abastecimiento, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo Primero: MODIFICAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI para el Año Fiscal 2008 a fi n de incluir la adquisición de bienes de ayuda humanitaria y la contratación de los servicios de transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, destinados a la atención de la emergencia como consecuencia del sismo ocurrido el 15.AGO.2007 y como consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales, según Anexo Nº 1: Reformulación, que consta de (01) folio y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo: APROBAR la exoneración por situación de emergencia y la regularización de la contratación de los servicios de transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, destinados a la atención del sismo ocurrido el 15.AGO.07, por un monto ascendente a S/.28,392.00 (Veintiocho mil trescientos noventa y dos con 00/100 nuevos soles); cuyo detalle se consigna en el Anexo Nº 2 y que forma parte integrante de la presente Resolución; contrataciones que se realizaron contando con los Informes de Disponibilidad Presupuestal Nºs. 00197, 00250, 00262 y 00267-2008, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios y que fueron realizadas por la Dirección Nacional de Logística. Artículo Tercero: APROBAR la exoneración por situación de emergencia y la regularización de la adquisición de bienes de ayuda humanitaria para la atención de la emergencia ocurrida a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Ucayali y Huánuco, por un monto ascendente a S/.16,500.00 (Dieciséis mil quinientos y 00/100 nuevos soles); cuyo detalle se consigna en el Anexo Nº 2 y que forma parte integrante de la presente Resolución; adquisición que se realizó contando con el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00265-2008, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios y que fue efectuada por la Dirección Nacional de Logística. Artículo Cuarto: DISPONER que la Secretaría General remita copia de la presente Resolución Jefatural y de los Informes Técnico y Legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles de emitida la presente Resolución. Artículo Quinto :DISPONER que la Dirección Nacional de Logística ingrese la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE del CONSUCODE y que se encargue de su publicación a través del Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Sexto: DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y notifi que a la Sub Jefatura, Dirección Nacional de Logística, Organo de Control Institucional, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Estadística y Telemática, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe