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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (10/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370394 ARTÍCULO 7º.- DEFINICIONES a)Organización de la Sociedad Civil.- Toda forma de asociación o agrupación de personas naturales, personas jurídicas u organizaciones de hecho que, en ejercicio de su libre derecho a la asociación persiguen un objeto lícito con o sin fi nes de lucro; para lo cual se organizan y reglamentan con sus propias normas internas. Estas organizaciones gozan de plena autonomía, no deben estar adscritas a ningún ente público, y deben acreditar actividad permanente y reconocida dentro de la jurisdicción del distrito de San Juan de Mirafl ores. b) Representante de la Sociedad Civil.- Persona natural que integra el CCLD en representación de la sociedad civil del distrito, elegida democráticamente por los delegados y delegadas de las organizaciones inscritas para participar en el proceso electoral regulado por la presente reglamento. c)Delegado o delegada.- persona natural designada democráticamente por su respectiva organización para participar en el proceso de elección regulado en la presente Ordenanza, en calidad de elector y eventualmente de candidato o candidata. Una misma persona natural no puede ejercer la representación de dos o más organizaciones de cualquier nivel, naturaleza o segmento durante el proceso. d)Libro de Registro.- registro habilitado por la Municipalidad con el fi n de inscribir a las organizaciones de la sociedad civil interesadas en participar en el proceso electoral regulado en la presente Ordenanza. e)Padrón Electoral.- Nómina de las organizaciones de la sociedad civil del distrito debidamente inscritas en el Libro de Registro, en el que consta la denominación social de las organizaciones, su domicilio legal, la identifi cación de su representante legal y la identifi cación del delegado o delegada que la representará en el proceso electoral regulado por a la presente Ordenanza. f)Candidato o Candidata.- Delegado o delegada que postula dentro de una lista electoral, cumpliendo con los requisitos señalados en la presente Ordenanza. g)Lista Electoral.- Relación de candidatos y candidatas que representan a las organizaciones de la sociedad civil inscritas para participar en el proceso, y que está conformada de acuerdo a lo previsto en la presente Ordenanza. TÍTULO II DEL COMITÉ ELECTORAL ARTÍCULO 8º.- COMITÉ ELECTORAL El Comité Electoral es el órgano autónomo que tiene a su cargo la organización, conducción, supervisión y ejecución del proceso electoral, garantizando su realización de manera democrática y transparente; sus decisiones son defi nitivas e inapelables. El Comité Electoral se instalará una vez culminado el proceso de inscripción de las Organizaciones de la Sociedad Civil al proceso. ARTÍCULO 9º.- FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL Son funciones y atribuciones del Comité Electoral las siguientes: a) Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del proceso electoral b) Actuar como miembros de mesa el día de las elecciones c) Preparar los diseños y los formatos de cédula y demás documentos que se requieran para el proceso electoral d) Resolver las tachas, las impugnaciones de los votos, observaciones y otras incidencias, que se produzcan durante el proceso electoral e) Realizar el Escrutinio en forma pública y suscribir el acta electoral correspondiente. f) Proclamar a los candidatos elegidos.g) Comunicar al Alcalde los resultados del proceso electoral y realizar su difusión pública ARTÍCULO 10º.- INTEGRANTES DEL COMITÉ ELECTORAL Para el cumplimiento de sus funciones, el Comité Electoral estará integrado por 5 miembros en calidad de titulares, designados de acuerdo al siguiente procedimiento: - 01 Presidente: Gerente Municipal - 01 Vocal: Funcionario designado por el Alcalde- 02 Vocales: Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, elegidos por el CCLD vigente . - 01 Vocal: Representante de los Coordinadores Generales de las Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ) ARTÍCULO 11°.- VIGENCIA DEL MANDATO La vigencia del mandato de los miembros del Comité Electoral es por el periodo que dure el proceso, culminando con la proclamación de los elegidos. El ejercicio del mandato de los representantes de la sociedad civil no es remunerado ni constituye función pública; en el caso de los funcionarios de la Municipalidad no genera incompatibilidad alguna ARTÍCULO 12°.- DE SU SEDE Y LUGAR DE FUNCIONAMIENTO Para el presente proceso de elección, el Comité Electoral, tendrá como sede la Ofi cina de la Sub - Gerencia de Participación Ciudadana, donde se le brindará las facilidades para el cabal cumplimiento de sus funciones hasta haberlas concluido. TÍTULO III DEL REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL CAPITULO I DEL REGISTRO DE DELEGADOS ELECTORES ARTÍCULO 13º DEL LIBRO DE REGISTRO El Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil, estará a cargo de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, quien se encargará de su mantenimiento y actualización. La relación de todos los inscritos hábiles constituirá el Padrón Electoral. ARTÍCULO 14º.- DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL FACULTADAS A INSCRIBIRSE Participan en el proceso todas las organizaciones de la sociedad civil del distrito de San Juan de Mirafl ores inscritas en el Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil, y que hayan acreditado sus representantes como Delegados Electores, de acuerdo al ordenamiento por títulos y segmentos establecidos en la relación siguiente: TÍTULO S E G M E N T O S Gestión del Desarrollo EconómicoOrganizaciones de la Industria Organizaciones de ComerciantesOrganizaciones de TurismoOrganizaciones de Bienes Raíces e InmobiliariasOrganizaciones de la Banca, Financieras y de InversiónOrganizaciones ExportadorasOrganizaciones de la ConstrucciónOrganizaciones de PYMESOrganizaciones de Medios de DifusiónOrganizaciones de MercadosOrganizaciones de ArtesanosOrganizaciones de TransportistasOrganizaciones LaboralesOtras Organizaciones EmpresarialesOtras Organizaciones Sociales vinculadas al tema Gestión de Educación, Recreación y DeporteOrganizaciones de Instituciones Educativas Organizaciones Cientí fi cas Organizaciones TecnológicasOrganizaciones UniversitariasInstitutos de Educación SuperiorOrganizaciones CulturalesOrganizaciones de EstudiantesOrganizaciones ArtísticasOrganizaciones DeportivasOtras Organizaciones Sociales vinculadas al temaDescargado desde www.elperuano.com.pe