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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370390 MDJM y con los que fueran fi jados mediante Decreto de Alcaldía. (...)” Artículo Segundo.- SUSTITÚYASE el Artículo Tercero del Decreto de Alcaldía Nº 022-2007-MDJM, por el siguiente texto: “Artículo Tercero.- OPCIONES DEL SORTEO: Los contribuyentes incluidos en el Directorio de Vecinos Puntuales tendrán las siguientes opciones: a) Sesenta (60) opciones de sorteo para los vecinos califi cados como VECINOS VIP PUNTUALES. b) Treinta (30) opciones de sorteo para los VECINOS PUNTUALES. c) Quince (15) opciones de sorteo para los contribuyentes que hayan fraccionado sus deudas de años anteriores sin haber incurrido en causal de pérdida de fraccionamiento y que hubieran cumplido con el pago al contado o con el pago oportuno de sus deudas tributarias del ejercicio vigente.” Artículo Tercero.- La selección de participantes se cerrará al concluir las labores del día 23 de abril del 2008. La Sub Gerencia de Informática procederá a determinar el listado de contribuyentes conforme a lo dispuesto en el Artículo precedente. Artículo Cuarto.- El sistema de premiación, la realización del sorteo, la adquisición de los bienes, así como los actos posteriores destinados a la comunicación a cada uno de los ganadores y difusión pública de sus resultados, observarán lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía Nº 022-2007-MDJM y las disposiciones de los Artículos Tercero y Cuarto del Decreto de Alcaldía Nº 030-2007-MDJM. Artículo Quinto.- El listado de contribuyentes seleccionados será publicado en la página web de la Municipalidad, así como en el local municipal a partir del día 21 de abril del 2008. Artículo Sexto.- El sorteo se realizará el día 25 de abril del 2008 en el Palacio Municipal, sito en Av. Francisco Javier Mariátegui Nº 850 – Jesús María. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Excepcionalmente aquellos contribuyentes que manteniendo deuda tributaria y/o administrativa de años anteriores, hubieran cumplido con el pago al contado del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2008, podrán participar en el sorteo con un total de siete (7) opciones. Segunda.- Deróguese el Artículo Noveno y la Primera Disposición Final y Complementaria del Decreto de Alcaldía Nº 022-2007-MDJM y toda disposición normativa que se oponga a la presente. Tercera.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Municipal: www.munijesusmaria.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 185612-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Otorgan beneficio tributario por arbitrios para contribuyentes que residan en zonas especiales en el distrito ORDENANZA Nº 031-2008-MDP/A Pachacámac, 7 de abril de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC POR CUANTO:Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo del 7 de abril de 2008, sobre la Ordenanza que regula los montos de Arbitrios Municipales 2008, para Contribuyentes que Residan en Zonas de Tratamiento Especial en el Distrito de Pachacámac; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con las atribuciones conferidas mediante el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680 - Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF - y sus Normas Modifi catorias, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modifi car, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar, dentro de su jurisdicción, con los límites que señala la ley; Que, el Marco Normativo del Régimen de los Arbitrios Municipales del año 2008 en la Municipalidad Distrital de Pachacámac ha sido aprobado mediante Ordenanza Nº 021-2007-MDP/A y ratifi cada por el Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 539; Que, mediante Ordenanza Nº 027-MDP/A de fecha 4 de marzo del 2008 se otorgó el Benefi cio Tributario respecto a los Arbitrios Municipales por el Ejercicio Fiscal 2008; que aumenta el 40% como máximo a lo emitido en el 2007; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Pachacámac establecer condiciones para incentivar a los contribuyentes de las Zonas Especiales que limitan con otras jurisdicciones distritales para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias. Estando a lo expuesto, y con el voto por MAYORÍA de los señores Regidores y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO TRIBUTARIO POR ARBITRIOS PARA CONTRIBUYENTES QUE RESIDAN EN ZONAS ESPECIALES EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC Primer Artículo.- FINALIDAD: La presente Ordenanza tiene por fi nalidad establecer los montos de Arbitrios Municipales del 2008, para los contribuyentes que tienen predios con uso de casa habitación en las Zonas siguientes: Asoc. Las Lomas de Conchán Asoc. Prod. Agrop. Los Lúcumos Av. María Reiche Casica - El Olivar Clubes de Playa Conchán El Platanal El Santuario Huertos de Lurín Huertos de Pachacámac Huertos de Villena Julio C. Tello La Pradera Las Palmas Residencial Villa Las Palmas Programa de Vivienda Las Flores de Pachacámac. Agrupación Vivienda Las Palmas. Los Ángeles Mamacona Olivar Pampa Grande Rinconada de Puruhuay Sector A Rinconada de Puruhuay Sector B San Antonio San Camilo Santísimo Salvador Las Palmas Descargado desde www.elperuano.com.pe