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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370391 Villa Alejandro II Ampliación Villa Libertad II Etapa. Villa Poeta José Gálvez Asociación Moradores Las Lomas de José Gálvez. AA.HH. Ampliación Las Dunas Upis San José Villa Alejandro I Etapa Upis San José de Lurín Asoc. Pob. Las Brisas de Pachacámac Las Orquídeas Las Huertas de Pachacámac AA. HH. Alberto Fujimori Buena Vista Las Laderas de Pachacámac Sector A Las Viñas de José Gálvez Martha Milagros Nicolás Arturo Moreyra Quebrada Jazmín. Llanavilla - Conchan Zona Avícola Pecuaria Industrial José Gálvez Lotización Agroganadera Mamacona Alta. Agrupación Vivienda Vista Alegre Agrupación de Vivienda las Flores de Pachacámac Agrupación de Vivienda los Ángeles de Pachacámac CPR Villa Libertad. Asociación de Vivienda Villa Laureles El Olivar Artículo Segundo.- TASA ESPECIAL DE ARBITRIOS MUNICIPALES A los contribuyentes de las zonas establecidas en el artículo anterior se les aplicará la tasa semestral de S/. 9.00 (NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES) por predio. Artículo Tercero.- DERECHO DE EMISIÓN Establézcase para las Zonas detalladas en el Artículo Primero de la presente Ordenanza el derecho de emisión anual de actualización, emisión mecanizada y distribución de la tasa de Arbitrios 2008 en S/. 1.00 (Un y 00/100 Nuevos Soles) por predio. Artículo Cuarto.- En aquellos casos que el monto de los arbitrios 2008, determinado en función a las disposiciones de la presente Ordenanza resulte mayor al emitido para el año 2008, corresponderá aplicar el monto de menor valor. Artículo Quinto.- VIGENCIA. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Artículo 1º.- ENCARGAR a la Ofi cina de Rentas y la Ofi cina de Informática y Estadística el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- FACULTAR al señor Alcalde para que dicte las disposiciones complementarias necesarias para la debida aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 186149-1 Amplían plazo para pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial y de cuotas de Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2008-MDP/A Pachacámac, 7 de abril de 2008VISTO: El Informe Nº 046 - 2008/MDP-GR de la Ofi cina de Rentas referente a la ampliación del vencimiento de plazo para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, así como, del descuento por pago anual o semestral del benefi cio del buen pagador.CONSIDERANDO: Que, en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 027- MDP/A se estableció el benefi cio del Buen Pagador a favor de los contribuyentes que cancelen los arbitrios del año 2008 hasta el 31 de marzo de 2008, otorgándole un descuento del 20 % por pago anual y 10 % por pago semestral y en el Artículo Cuarto, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o ampliatorias para la debida aplicación de la Ordenanza; Que, mediante Ordenanza Nº 028-MDP/A se establecen las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2008 y en el Artículo Tercero, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o ampliatorias para la debida aplicación de la Ordenanza; Que, a la fecha se viene realizando en todo el distrito, la distribución masiva de las cuponeras a los respectivos domicilios fi scales de los contribuyentes; Que, no habiéndose culminado con la entrega de las cuponeras a todos los contribuyentes, es necesario otorgarles una ampliación del plazo para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial, de las cuotas mensuales de arbitrios de enero, febrero, marzo y del descuento por pago anual o semestral del Benefi cio del Buen Pagador, correspondientes al ejercicio fi scal del 2008; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Ampliar la vigencia del plazo para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial, de las cuotas mensuales de enero, febrero, marzo de Arbitrios Municipales y del descuento por pago anual o semestral del Benefi cio del Buen Pagador correspondientes al ejercicio fi scal 2008, prorrogándose el plazo para los pagos precitados hasta el 30 de abril de 2008. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y a las Ofi cinas de Administración, Rentas e Informática y Estadística. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 186148-1 Designan funcionarios encargados de brindar información y de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 177-2008-MDP/A Pachacámac, 8 de abril del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC. CONSIDERANDO:Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, debiendo las Entidades designar al Funcionario responsable de entregar la información solicitada, así como también al responsable de elaborar el Portal de Transparencia, los mismos que deben regir su actuar a lo prescrito en los artículos 5º y 8º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Descargado desde www.elperuano.com.pe