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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (17/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de abril de 2008 370791 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA Declaran como zona rígida diversas cuadras del Jirón Independencia ORDENANZA N° 002-2008-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 9 de abril de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO POR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, en sesión ordinaria de la fecha ha aprobado la Ordenanza sobre DECLARACION DE ZONA RIGIDA – JR. INDEPENDENCIA CUADRAS 1, 2, 3, 4, 5, 6 Y 7 DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Nº HORA EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL: Nº Nº DIAS CALENDARIO Nº LUEGO DE ACREDITAR DEBIDAMENTE LOS PAGOS POR CONCEPTOS DETALLADOS A CONTINUACIÓN: Nº UNIDAD % UIT S/. M. MARCIAL S/. 01 UNIDAD 02 UNIDAD 03 DIA 0.61 04 UNIDAD * El visto es solo para el registro de salida del DOMVMGERENTE DE DESARROLLO URBANO ADMINISTRADOR DEL DOMVM(*)TASA DE INTERNAMIENTO OTROS MONTO TOTAL S/. :UIT VIGENTE CONCEPTO DE PAGO RECIBO DE PAGO POR INFRACCIÓN GASTOS POR REMOLQUE AL DOMVMS/. CANTIDADFECHA LIBERACIÓN DEL VEHÍCULO MENOR, DE PLACA DE RODAJE: TIEMPO DE INTERNAMIENTO EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL--DOMVM--DURANTE:PAPELETA DE INFRACCIÓN:ORDEN DE LIBERACIÓNMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL GERENCIA DE DESARROLLO URBANO 188592-1 Que, conforme a lo establecido por el numeral 3.6.4 inciso 1) del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función específi ca de las municipalidades, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales; Que, en la cuadra primera del jirón Independencia la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso viene construyendo la Casa de la Cultura y de la Juventud, asimismo, se encuentran ubicado el Centro Educativo Regina Pacis de nivel Primario, en la segunda cuadra se encuentra ubicado el Centro educativo Martín Lutero de nivel inicial y primario , ambos con un aproximado de 500 alumnos y en la cuadra sétima esta situada la Iglesia Católica Sagrados Corazones de Jesús y Maria lugar al que asiste la feligresía para el culto religioso, con un fl ujo diario de 300 personas. Que dentro de la política de obras de esta Corporación edil se tiene proyectado convertir dicha vía en Boulevard de la Cultura. Que, se ha constatado que en las cuadras Cuarta, Quinta y parte de la Sexta del mencionado jirón Independencia, la presencia de comercio ambulatorio, el mismo que viene incrementándose ocupando calles, veredas y accesos del mercado Reynoso, tugurizando la zona. Que, a partir de las 20:00 horas aproximadamente se retira el comercio ambulatorio, siendo reemplazado por la guardianía de vehículos particulares (automóviles), públicos (combis) y de transporte menor (mototaxis). Que, mediante Informe N° 62-07-RC-ODNYDC (D.S. N° 013-2000) la Ofi cina de Defensa Nacional y Defensa Civil del Gobierno Regional del Callao al haber realizado una Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, tanto en la parte interna como alrededores del mercado de abasto de Reynoso, ubicado en el jirón Independencia N° 576, observa que existe riesgo eléctrico, que el mercado no considera zonas seguras internas y zonas de seguridad externas, los exteriores del mercado en 150 metros a la redonda están rodeados por una paradita llamada “22 Hectáreas” que cubre las calles Independencia, José Santos Chocano, Julio C. Tello y Pariñas; las veredas se encuentran hacinadas y rotas; se puede apreciar también montículos de basura, residuos y vísceras de aves y peces en esta zona; existen un total de Descargado desde www.elperuano.com.pe