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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (17/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de abril de 2008 370787 Que, se ha establecido como sanción accesoria el internamiento de los vehículos menores en el Depósito Municipal recogido en la Nomenclatura de Infracción Municipal, originada por la transgresión a la Ordenanza Nº 049-2004-MDSM, por ello, es necesario reglamentar el procedimiento de internamiento y liberación de vehículos menores, así como establecer los formularios que se utilizarán para el mejor funcionamiento y control; Que el Artículo 42° de la Ley Nº 27972, preceptúa que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente Administración Municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y los Artículos 20° inciso 6); y, 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- APRUÉBESE el REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES DEL DEPÓSITO OFICIAL MUNICIPAL DE VEHÍCULOS MENORES DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL, el cual consta de tres (03) Títulos, ocho (08) Artículos y dos (02) Disposiciones Finales, el mismo, que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- APRUÉBESE los Formularios denominados PAPELETA DE INFRACCIÓN, BOLETA DE INTERNAMIENTO Y ORDEN DE LIBERACIÓN, los mismos que, como anexo 01, 02 y 03 forman parte integrante del presente Reglamento. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES EN EL DEPÓSITO OFICIAL MUNICIPAL MENORES –DOMVM- DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL TÍTULO I OBJETIVO Artículo Primero.- El presente reglamento tiene como objetivo, establecer el procedimiento para el Internamiento y Liberación de los Vehículos Menores (DOMVM) del Distrito de San Miguel ante la sanción adicional del internamiento por la aplicación de la Papeleta de Infracción, originada por la transgresión a la Ordenanza Nº 049/2004/MDSM que regula el Servicio de Transporte Público en Vehículos Menores. TÍTULO II BASE LEGAL Artículo Segundo.- El presente Reglamento se ampara en los siguientes dispositivos legales: a) Constitución Política del Perú, inciso 4) del Artículo 192°. b) Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, inciso 6) del Artículo 20°; Artículo 42° e inciso d) numeral 2.2 del Artículo 73°.c) Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181. d) Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros y de Carga en Vehículos Menores, Ley Nº 27189. e) Ordenanza Nº 241-99/MML – Regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y de Carga en Vehículos Menores. f) Ordenanza Nº 049-2004-MDSM – Regula el Servicio de Transporte de Vehículos Menores en el Distrito de San Miguel. g) Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC.h) Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC. i) Decreto Legislativo Nº 420, Código de Tránsito y Seguridad Vial. TÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACION DE VEHICULOS MENORES Artículo Tercero.- Las infracciones contenidas en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Ordenanza Nº 140 - MDSM, signadas con los códigos: 2201, 2204, 2206, 2209, 2210, 2211, 2214, 2217 y 2220; establecen como sanción adicional, el internamiento del vehículo menor en el Depósito Ofi cial Municipal de Vehículos Menores de la Municipalidad Distrital de San Miguel. En tal sentido, en el caso que se haya sancionado con internamiento; para efectos de materializar dicha sanción, se emitirá la Boleta de Internamiento al DOMVM, debidamente suscrita por el administrador del depósito, el inspector municipal, el representante de la Policía Nacional –En caso que haya intervenido- y el infractor de no oponerse –Si lo hiciera se dejará constancia de ello-. La distribución de los respectivos ejemplares será de la siguiente manera: el origina queda con el Administrador del Depósito Ofi cial Municipal de Vehículos Menores, la primera copia será entregada al Infractor y la segunda copia se entregará a la Gerencia de Desarrollo Urbano, en el plazo perentorio de 24 horas. Artículo Cuarto.- La Liberación de los Vehículos Menores internados en el DOMVM, previamente deberán cumplir con los requisitos y plazos establecidos en el procedimiento Nº 7.19 del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA- del distrito de San Miguel, aprobado por Ordenanza Nº 74 - MDSM. Artículo Quinto.- La distribución de los ejemplares de la Orden de Liberación se efectuará de la siguiente forma: original para el propietario; la primera copia para el Administrador del DOMVM y la segunda copia para la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Sexto.- La Gerencia de Desarrollo Urbano, mantendrá el archivo de las Boletas de Internamiento y Ordenes de Liberación de los Vehículos Menores. Artículo Sétimo.- El Administrador del DOMVM informará semanalmente a la Gerencia de Desarrollo Urbano sobre la cantidad de Boletas de Internamiento y de las Ordenes de Liberación de los Vehículos menores emitidas. Artículo Octavo.- Los vehículos menores internados en el DOMVM podrán ser puestos a disposición de la DIROVE o del Juzgado competente cuando éstos lo soliciten, con arreglo a ley. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El espacio físico habilitado como área del DOMVM, deberá estar adecuadamente acondicionado y ofrecer las garantías de seguridad que el caso requiere. Sin perjuicio de ello la Municipalidad no asume responsabilidad alguna por pérdida o deterioro que pudieran sufrir las unidades internadas. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Seguridad Ciudadana, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.Descargado desde www.elperuano.com.pe