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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de abril de 2008 370913 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Acuerdo Nº 119-2008/MDB.- Autorizan viaje del alcalde distrital para asistir a evento que se realizará en Ecuador 370982 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza Nº 367-MDEA.- Prorrogan benefi cio de pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 370982 MUNICIPALIDAD DE LURIN D.A. Nº 004-2008-ALC/ML.- Crean el Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Lurín - COLFA Lurín 370983 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Acuerdo Nº 032-2008-MDP/C.- Declaran procedente solicitud de exclusión de terreno de los alcances del Acuerdo N° 029-2003-MDP/C 370986 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza Nº 169-MVES.- Aprueban el Plan Distrital Concertado de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Villa El Salvador del 2007 al 2021 370987 Acuerdo Nº 027-2008/MVES.- Ratifi can la Ordenanza N° 164-MVES 370987PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Acuerdo Nº 109-2008-CMPC.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche 370988 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Acuerdo Nº 039-2008-MPC.- Autorizan viaje de Regidor de la Municipalidad a Ecuador para participar en las Jornadas de Gobiernos Locales y Conectividad en Iberoamérica 370990 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Ordenanza Nº 011-2008-MDM.- Otorgan plazo para el pago de cuota inicial que deberán abonar los adjudicatarios del tercer y cuarto sorteo efectuado por AUTODEMA, en Módulos C, D, E y F 370990 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOROCOCHA Ordenanza Nº 004-AL-MDM/2005.- Aprueban Plan Urbano Distrital de Morococha 370991 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. Nº 051-2008-PD/OSIPTEL .- Confi rman resolución que impuso multa de 51 UIT a Telefónica del Perú S.A.A. 370892 PODER EJECUTIVO DECRETOS LEGISLATIVOS DECRETO LEGISLATIVO Nº 999 DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA LEY Nº 27261, LEY DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República por Ley Nº 29157 y de conformidad con el Artículo 104º de la Constitución Política del Perú ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre materias específi cas, con la fi nalidad de facilitar la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos y su protocolo de enmienda, y el apoyo a la competitividad económica para su aprovechamiento, siendo una de las materias la de facilitación del comercio; Que de conformidad con la Ley Nº 27261 del 10 de mayo de 2000 se aprobó la Ley de Aeronáutica Civil del Perú; Que, con la suscripción del Tratado de Libre Comercio con EE.UU. y otros países, el sistema productivo y de comercio exterior del Perú requiere ser más competitivo, contando con una adecuada infraestructura de transporte aéreo que impulse el traslado efi ciente y fl uido de pasajeros, carga y correo hacia/desde las regiones del país, así como a otros destinos internacionales;Que, resulta necesario modifi car la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, a fi n de promover la inversión privada y facilitar la competitividad de los servicios de navegación aérea, e impulsar el desarrollo ordenado de la infraestructura de transporte aéreo, aeródromos y aeropuertos, que permita a su vez garantizar la prestación efi ciente e ininterrumpida de servicios de navegación aérea, a favor de la seguridad, turismo, comercio exterior, la minería, la explotación de gas y petróleo, así como otras actividades económicas que vienen impulsando el crecimiento del país; Que, adicionalmente es conveniente uniformizar las normas que rigen la actividad aeronáutica del personal aeronáutico extranjero con residencia en el país que realiza funciones a bordo de aeronaves comerciales; Que, en concordancia con lo anterior, y a fi n de facilitar el comercio es necesario se modifi quen los artículos 9º, 29º y 75º de la Ley Nº 27261; así como, incluir el numeral 28.4 al artículo 28º de la misma norma; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA LEY Nº 27261, LEY DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ Artículo 1º.- Modifíquese los artículos 9º literales j) y l), 29º y 75º de la Ley Nº 27261, los que quedarán redactados como sigue: “Artículo 9º.- De la competencia de la Dirección General de Aeronáutica Civil La Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para: (...)j)Establecer, administrar y operar los servicios de navegación aérea en los aeródromos públicos, así como en los espacios aéreos designados para Descargado desde www.elperuano.com.pe