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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (19/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de abril de 2008 370917 CONSIDERANDO: Que, durante el año 2007, se llevó a cabo en las ciudades de Bogotá y Bruselas, la Primera y Segunda Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre la Comunidad Andina de Naciones - CAN, y la Unión Europea - UE, las cuales constituyeron el inicio de reuniones de grupos técnicos orientados a establecer el marco que en el futuro regirá el intercambio comercial entre ambos bloques; Que, mediante los Facsímiles Nºs. 117 y 125-2008- MINCETUR/VMCE/DNINCI de fechas 17 y 18 de marzo de 2008 respectivamente, el Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo informó que la Tercera Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio CAN - UE se encuentra programada para llevarse a cabo en la ciudad de Quito, Ecuador, del 21 al 23 de abril del año en curso para lo cual solicita los nombres de las personas que estarán asistiendo a dicha ciudad en representación del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, mediante Ofi cio Nº 337-2008-AG-SENASA de fecha 25 de marzo de 2008, SENASA comunicó que los representantes de la institución que participarán en la reunión del Grupo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias son Glen Frederick Halze Hodgson, Director General (e) de Sanidad Animal y Jorge Cesar Rodrigo Barrenechea Cabrera, Director General de Sanidad Vegetal del SENASA; Que, la participación del SENASA en la mencionada Ronda de Negociaciones está orientada a exponer la posición del Perú en torno a las medidas fi tosanitarias y zoosanitarias para protección de la sanidad agraria de nuestro país, por lo que resulta necesaria la asistencia de sus representantes a la Tercera Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio CAN - UE; Que, de acuerdo al numeral 8.2 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2008, se encuentran exceptuados de las medidas de austeridad los viajes que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de Glen Frederick Halze Hodgson, Director General (e) de Sanidad Animal y de Jorge Cesar Rodrigo Barrenechea Cabrera, Director General de Sanidad Vegetal del SENASA, a la ciudad de Quito - Ecuador del 20 al 23 de abril de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, correspondiente al costo de participación de los funcionarios en el evento, alimentación, alojamiento, manutención, traslados aeropuerto - hotel y los gastos de transporte aéreo con los impuestos de embarque correspondientes, serán con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 160 - Servicio Nacional de Sanidad Agraria, de acuerdo al siguiente detalle: GLEN FREDERICK HALZE HODGSON Pasaje aéreo US$ 945.61 Viáticos US$ 800.00Tarifa CORPAC US$ 30.25 ----------------------- TOTAL US$ 1,775.86 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO OFICIAL Nº 003-2008-EF/77.15 A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL NIVEL GOBIERNO LOCAL 1. Durante el segundo semestre del Año Fiscal 2007 se culminó con la incorporación progresiva de los Gobiernos Locales al uso del SIAF-SP, iniciada en el Año Fiscal 2005, de manera que el registro, procesamiento y generación de la información relacionada con sus ingresos y gastos se efectúe obligatoriamente utilizando dicho sistema y, en tal razón, los pliegos presupuestarios del mencionado nivel de gobierno vienen solicitando un plazo adicional para actualizar la información presupuestal y fi nanciera correspondiente al presente Año Fiscal. 2. Asimismo, en el Comunicado Nº 006-2008-EF/93.01, se precisa que la información generada mediante la utilización del SIAF-SP es el único medio ofi cial para el registro y presentación de la información requerida por los órganos rectores del Sistema de Administración Financiera, por lo que es necesario brindar las condiciones a efectos del registro integral de dicha información para la presentación de los Estados Financieros en los plazos establecidos. 3. En consecuencia, se ha determinado, excepcionalmente y con la autorización expresa del respectivo Titular del Pliego o el Gerente Municipal, que los Gobiernos Locales podrán continuar actualizando la información presupuestal y fi nanciera correspondiente al presente Año Fiscal por las fuentes de fi nanciamiento distintas de las administradas y canalizadas por la Dirección Nacional del Tesoro Público, hasta el 30 de junio del presente año, bajo responsabilidad. Lima, 18 de abril de 2008 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA DIRECCIÓN NACIONAL DEL TESORO PÚBLICO 190942-1 Descargado desde www.elperuano.com.pe