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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (19/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de abril de 2008 370922 de la presente Resolución, del 18 de abril al 22 de mayo de 2008, para asesorar en temas de seguridad a los organizadores de la V Cumbre América Latina, El Caribe y la Unión Europea. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 190908-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del PRONAMACHCS para la construcción de cobertizos para ganado ovino, vacuno y alpacas DECRETO SUPREMO N° 055-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, en prevención a las adversidades climáticas que padecen de manera estacional las Comunidades Campesinas Altoandinas, es necesario apoyar a los ganaderos de las localidades más pobres con la infraestructura de protección a la intemperie del ganado a fi n de reducir la mortandad y defi ciencias en la productividad del mismo; Que, el Ministerio de Agricultura a través del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográfi cas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS, viene contribuyendo al desarrollo pecuario en las zonas altoandinas del país, a través de la construcción de cobertizos para ganado ovino, vacuno y alpacas; Que, el Ministerio de Agricultura viene solicitando recursos para continuar con la construcción de 2,386 cobertizos a nivel nacional hasta por la cantidad de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 14 912 500,00); Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con saldos que permiten dar cobertura a los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 14 912 500,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1°.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, a favor de la Unidad Ejecutora 002 Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográfi cas y Conservación de Suelos -PRONAMACHCS del Pliego 013 Ministerio de Agricultura hasta por la suma de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 912 500,00); de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCION 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y ContableACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia 14 912 500,00 -------------------- TOTAL 14 912 500,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 013 : Ministerio de AgriculturaUNIDAD EJECUTORA 002 : Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográ fi cas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS FUNCION 04 : AgrariaPROGRAMA 012 : Promoción y Extensión Rural SUBPROGRAMA 0045 : Promoción Agraria PROYECTO 000032 : Apoyo a la Producción Agropecuaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 14 912 500,00 --------------------- TOTAL 14 912 500,00 ============ Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante resolución la desagregación de los recursos, autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Actividades/Proyectos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de abril de año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 190945-3Descargado desde www.elperuano.com.pe