Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (19/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de abril de 2008 370930 Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56). VÉRTICE ESTE NORTE 1 258 209 8 048 340 2 270 990 8 042 1183 279 512 8 030 7824 271 276 8 030 7825 268 482 8 034 6326 252 748 8 042 7407 254 517 8 045 6528 256 919 8 045 497 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 189688-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2008-MEM/DM Lima, 14 de abril de 2008VISTO: El Expediente Nº 21157608, sobre otorgamiento de concesión temporal de central de generación para desarrollar estudios en la Central Eólica Ascope, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12097377 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1753849, de fecha 28 de enero de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Ascope, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito de Rázuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, el aviso de petición de solicitud de concesión temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolución, fue publicado en el Diario Ofi cial El Peruano los días 2 y 3 de marzo de 2008, en cumplimiento del artículo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 057-2008-DGE-DCE;De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A., que se identifi cará con el código Nº 21157608, para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Ascope, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizarán en el distrito de Rázuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, por un plazo de dos (02) años contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56). VÉRTICE ESTE NORTE 1 677 228 9 139 093 2 669 472 9 146 8403 670 753 9 147 6404 672 580 9 147 7635 674 705 9 148 2656 675 862 9 144 6717 678 081 9 140 260 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 189688-2 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Dan por concluidas designaciones y designan Jefes Zonales Ayacucho e Imacita de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 173-2008-MIMDES Lima, 18 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 034-2007- MIMDES, de fecha 25 de enero de 2007, se designó a la señora FILA TORRES GUTIERREZ, en el cargo de Jefe Zonal Ayacucho, de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Descargado desde www.elperuano.com.pe