Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2008 (19/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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370919

Que, mediante los documentos del visto y al MORDAZA de la legislacion sobre la materia, a efecto de garantizar que las exportaciones de la especie caoba (Swietenia macrophylla), incluida en el Apendice II de la CITES, no perjudiquen la supervivencia de la especie y desalentar su MORDAZA ilegal, se ha revisado el Cupo Nacional de Exportacion de MORDAZA Caoba para el ano 2008, procediendo a establecerlo de acuerdo a los siguientes criterios: i) las recomendaciones formuladas por la Autoridad Cientifica CITES ­ Peru en materia forestal; ii) Planes Operativos Anuales (POA) zafra 2007-2008, previamente inspeccionados y que cuenten con informe favorable de campo. En el caso de Permisos de Aprovechamiento, ademas, que hayan sido presentados en el ano 2007; iii) el cupo se establezca por numero de arboles y volumenes de MORDAZA rolliza, enmarcada dentro de la propuesta silvicultural para la recuperacion de la poblacion que se pretende extraer y tener en consideracion el coeficiente de rendimientos de MORDAZA de exportacion establecido por las Resoluciones Jefaturales que normen sobre esta materia; v) que no existan menos de cinco ejemplares de la especie caoba en el area correspondiente al plan operativo anual; vii) no elaborar su conformacion sobre la base de saldos de exportacion de anos anteriores; y, vii) no proceder de hallazgos, de subastas publicas, de bosques locales o de predios agricolas; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-INRENA2008-INRENA de fecha 18 de enero del 2008, se aprueba el Cupo Nacional de Exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia macrophylla) para el ano 2008 en un numero MORDAZA de 755 arboles; sin embargo, se hace necesario realizar la revision del cupo teniendo en cuenta las consideracion tecnicas vertidas en el Informe Nº 1192008-INRENA-IFFS-DCB y las recomendaciones de la Autoridad Cientifica CITES ­ Peru, con la finalidad de ordenar la mejor administracion del Cupo de Exportacion de Caoba 2008; Que, asimismo el INRENA en calidad de Autoridad Administrativa CITES ­ Peru, podra incluir las concesiones y permisos que se encuentran en evaluacion administrativa conforme al informe tecnico del visto de la presente Resolucion, siempre que se culmine el procedimiento administrativo y previa opinion favorable de la Autoridad Cientifica CITES ­ Peru en materia forestal; y, En uso de las facultades conferidas por el inciso j) del Articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 0022003-AG y sus modificatorias Decreto Supremo Nº 0062003-AG, Decreto Supremo Nº 018-2003-AG y Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; SE RESUELVE:

(Swietenia macrophylla) incluida en el Apendice II de la CITES se aprovechen sosteniblemente de concesiones y permisos de aprovechamiento forestal que aplican planes de manejo forestal: a) Las recomendaciones formuladas por la Autoridad Cientifica CITES ­ Peru en materia forestal; b) Planes Operativos Anuales (POA) Zafra 20072008, previamente inspeccionados y que cuenten con informe favorable de campo. En el caso de Permisos de Aprovechamiento, ademas, que hayan sido presentados en el ano 2007; c) Se establece sobre la base del numero de arboles y volumenes de MORDAZA rolliza, teniendo en consideracion el coeficiente de rendimientos de MORDAZA de exportacion establecido por las resoluciones jefaturales que normen sobre esta materia; d) No dejar menos de cinco ejemplares de la especie caoba en el area correspondiente al plan operativo anual; y, e) No elaborar su conformacion sobre la base de saldos de exportacion de anos anteriores. Articulo 3º.- A partir de la vigencia de la presente Resolucion Jefatural, el INRENA, en su calidad de Autoridad Administrativa CITES ­ PERU, expedira permisos de exportacion CITES respecto de los volumenes de MORDAZA caoba aserrada dentro de los alcances de la Resolucion Jefatural Nº 0075-2008-INRENA. El control del Cupo Nacional de Exportacion de caoba para el ano 2008, se realizara por el titular de los derechos de aprovechamiento forestal con volumenes de MORDAZA segun sus respectivos instrumentos de gestion autorizados de conformidad al tramite previsto por la Resolucion Jefatural Nº 331-2006-INRENA. Articulo 4º.- No se autorizara la exportacion de MORDAZA caoba procedente de bosques naturales en los siguientes casos: a) De subastas publicas; b) De hallazgos; c) De bosques locales; d) De predios agricolas; e) De Planes Operativos Anuales con menos de cinco arboles de caoba; y, f) De unidades que no hayan implementado las recomendaciones de la Autoridad Cientifica CITES ­ Peru en materia forestal para el presente cupo de exportacion. Articulo 5º.- El INRENA informara a la Secretaria CITES sobre el Cupo Nacional de Exportacion de MORDAZA de la especie caoba, aprobado por la Resolucion Jefatural Nº 023-2008-INRENA y sobre la presente revision del cupo de exportacion correspondiente al ano 2008, aprobado por la presente Resolucion Jefatural. Articulo 6º.- Dejar sin efecto a partir de la fecha la Resolucion Jefatural Nº 023-2008-INRENA. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA IVANISSEVICH Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales

Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Jefatural Nº 0232008-INRENA que aprobo el Cupo Nacional de Exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia macrophylla) para el ano 2008, el mismo que revisado establece, en un numero de 715 arboles de caoba, conforme al cuadro Nº 01 que corre adjunto a la presente Resolucion. Articulo 2º.- El cupo de exportacion 2008 se establece sobre la base de las siguientes consideraciones tecnicas, al MORDAZA de la legislacion sobre la materia, a efecto de garantizar que las exportaciones de la especie caoba

CUADRO Nº 01
Nº Contrato/ Permiso 25-PUC/P-MADA-016-05 17-TAH/C-J001-02 RA Aprobacion de POA 081-2007-INRENAATFFS-Pucallpa 235-2007INRENA-ATFFSTAHUAMANU 380-2007INRENA-ATFFSTAHUAMANU 236-2007INRENA-ATFFSTAHUAMANU 298-2007INRENA-ATFFSTAHUAMANU 388-2007INRENA-ATFFSTAHUAMANU Nro POA 1º Nro. Arboles Caoba 187 Vol. Caoba fuste m3 (R) Autorizado 2087.1490 Vol. Caoba fuste m3 (R) 71% MORDAZA en Troza 1481.8758 Vol. Caoba m3 (S) 52% MORDAZA Aserrada 770.5754 Vol. Caoba ramas m3 (R) 71% 148.1876 Vol. Caoba ramas m3 (S) 52% MORDAZA Aserrada 77.0575 Vol. de Caoba exportable m3 (S) (fuste y ramas) MORDAZA Aserrada 847.6330



Titular

1

EL MORDAZA

2

MADERACRE SAC



34

244.8200

173.8222

90.3875

90.3875

3

17-TAH/C-J004-02

MADERYJA SAC



121

1118.5300

992.6954

516.2016

85.7226

44.5758

560.7774

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